NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G33/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de setiembre de 2005 Nº 27972, Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM, y según el Informe Nº 074-2005-MDL-GII de Imagen Institucional eInforme Nº 087-2005-MDL/GPP de la Gerencia dePresupuesto y Planificación, por Mayoría, con dispensa deltrámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Conceder licencia y autorizar el viaje del señor Alcalde César Darío González Arribasplata, del 2 al 9 de octubre del 2005, a efectos de participar enla II Reunión Anual de la RED 14 "Seguridad Ciudadanaen la Ciudad" en la ciudad de Valparaíso, Chile. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de Alcaldía a la Teniente Alcaldesa, señora Regidora Carmen Dolores Gondolías Pastor de Wong, mientras dure la ausencia del señor Alcalde, con las facultades y atribucionesinherentes a dicho cargo. Artículo Tercero.- El egreso derivado del viaje autorizado, se afectará con cargo al Presupuesto 2005de la Municipalidad de Lince, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 385.00 Viáticos US$ 1,130.00 Impuesto Corpac US$ 54.30Movilidad Local US$ 500.00 -------------------- TOTAL US$ 2,069.30 Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Presupuesto y Planificacióny Unidad de Tesorería el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 16608 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61/G73 /G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G49/G73/G69/G64/G72/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2005-ALC/MSI San Isidro, 28 de setiembre de 2005 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: La Ordenanza Nº 125-MSI publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 24 de setiembre del 2005,que aprobó la constitución y reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales del distrito; CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 125-MSI establece que mediante Decreto de Alcaldía, se convocará a elecciones de los delegados vecinales y se designará a los integrantes del Comité Electoral que conducirándichas elecciones; todo ello con una anticipación no menorde 90 días calendario a la fecha de vencimiento delmandato de los delegados vecinales en ejercicio almomento de la convocatoria; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a elecciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, para el 20 denoviembre del 2005 desde 10 a.m. hasta las 3:00 p.m., para lo cual se deberá cumplir con el siguiente cronograma electoral:CRONOGRAMA ELECTORAL PADRON ELECTORAL PROVISIONAL Publicación de Padrón Electoral Provisional Del 03/10/05 al 17/10/05 Presentación de impugnaciones Del 03/10/05 al 17/10/05(tachas e inclusiones) Resolución de impugnaciones 18/10/05 al 20/10/05 Publicación de Padrón Electoral Definitivo Desde el 21/10/2005 CARTEL DE CANDIDATOS Fecha y lugar de inscripción de las listas Del 24/10/05 al 27/10/05 de candidatos Av. Los Incas 270 San IsidroFecha de subsanación de las listas de Subgerencia de Participación candidatos presentadas Vecinal 28/10/2005 Publicación de lista provisional de candidatos Del 03/11/05 al 07/11/05Presentación de tachas a los candidatos inscritos Del 03/11/05 al 07/11/05 Resolución de tachas Del 08/11/05 al 10/11/05 Publicación de la relación definitiva de candidatos Desde el 11/11/2005 ACTO ELECTORAL 20/11/2005 ( De 10:00 am a 3:00 pm) PUBLICACIÓN DE RESULTADOS EN LUGARES VISIBLES DE LA MSI Y LA PÁGINA WEB 23/11/2005 Artículo Segundo.- Designar a los miembros del Comité Electoral, conforme al siguiente detalle: 1. Sr. Álvaro Becerra Sotero Presidente 2. Sra. Inés Am elia Pazos Fabián Vicepresidente 3. Sr. Enrique Javier Merino Cáceres Vocal Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE SALMON JORDAN Alcalde 16719 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 /G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79/G2F/G6F/G20/G61/G6E/G75/G6E/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 074 San Juan de Lurigancho, 13 de setiembre de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional,Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras, y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, asimismo, el Artículo 195º de la norma constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestaciónde los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario,promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materiade sus competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en al estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacióninterna, la regulación, administración y supervisión de los