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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 121

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G33/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de setiembre de 2005 Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y Ordenanza Nº 776, resolver el presente procedimiento Ratificando la Resolución de Alcaldía Nº 781-2003-AL/MDSM de fecha 21 de noviembre de 2003, emitida por la MunicipalidadDistrital de San Martín de Porres; así como también que al amparo de la Resolución de Alcaldía Nº 1816 de fecha 21 de junio de 2005, la Dirección Municipal de DesarrolloUrbano está facultada para emitir la presente Resolución. Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de laUnidad Técnico Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878, OrdenanzasMetropolitanas Nº 292, Nº 341, Nº 273, Nº 776-MML, Reglamento Nacional de Construcciones, Edicto Metropolitano Nº 021 y Resolución de Alcaldía Nº 1816. RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución de Alcaldía Nº 781-2003-AL/MDSM del 21 de noviembre de2003 la cual declara procedente la petición de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno para Uso Residencial de Densidad Media “R-3”de 5,017.50 m² constituido por el Lote 7 de la Manzana “E” de la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, denominado Programa de Vivienda “Santa María II”,ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al SR. VICTORINO JESÚS QUISPE YACTAYO Y ESPOSA y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conforme a Ley. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima, a la División Técnica de la Dirección de Tierras Eriazas de la DirecciónMunicipal de Desarrollo Urbano, al Servicio de Parques de Lima - SERPAR, y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados dentro de los 30 días siguientes de la fecha de notificaciónde la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GISELLE ZEGARRA FLORES Directora MunicipalDirección Municipal de Desarrollo Urbano 16613 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G54/G65/G6E/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G73/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 044-2005-MDL Lince, 23 de setiembre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE VISTO: En la Sesión de la fecha, la Carta del señor Alcalde César Darío González Arribasplata de fecha 16 desetiembre del 2005 solicitando al Concejo autorización para asistir a la II Reunión Anual de la RED 14 "Seguridad Ciudadana en la Ciudad" en la ciudad de Valparaíso, Chile; CONSIDERANDO: Que, el coordinador de la Red 14 "Seguridad Ciudadana en la Ciudad" Programa Urb-Al mediante Carta del 9 de agosto del 2005, extiende su invitación al señor Alcalde del distrito de Lince, a participar a la II ReuniónAnual de la RED 14 a desarrollarse en la ciudad de Valparaíso, Chile, del 5 al 7 de octubre del presente año; De conformidad con lo establecido en los numerales 11 y 27 del artículo 9º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº NOMBRES Y APELLIDOS 311 YOVERA SILVA JOSE PORFIRIO 312 ZAPATA VALENCIA SANTOS 16579 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G37/G38/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G41/G4C/G2F /G4D/G44/G53/G4D/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G53/G61/G6E/G20 /G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G50/G6F/G72/G72/G65/G73/G2C/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65 /G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61 /G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 82-2005-MML-DMDU Lima, 21 de julio de 2005LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Codificado Nº 20062-2004, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, solicitala Ratificación de la Resolución de Alcaldía Nº 781-2003- AL/MDSM del 21 de noviembre de 2003, promovida por don VICTORINO JESÚS QUISPE YACTAYO Y ESPOSA;y, CONSIDERANDO:Que, con Resolución de Alcaldía Nº 781-2003-AL/ MDSM del 21 de noviembre de 2003 (fs. 44 al 48), seresuelve, de conformidad con el plano signado con el Nº 001-2003-DHU-GDU-MDSMP, declarar procedente la petición de Regularización de Habilitación UrbanaEjecutada del terreno para Uso Residencial de Densidad Media “R-3” del terreno de 5,017.50 m² constituido por el Lote 7 de la Manzana “E” de la Habilitación Pre-UrbanaHuertos de Naranjal, denominado Programa de Vivienda “Santa María II”, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Que, el terreno materia de la presente Habilitación Urbana, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 447172 que continúa en la Partida Electrónica Nº 43960490 delRegistro de Predios de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima de la Oficina Registral de Lima (fs. 2 al 7). Que, mediante los Informes Nº 125-2004-MML-DMDU- DHU-DRD de fecha 23 de abril de 2004 (fs. 58 y 59), y Nº 273-2004-MML-DMDU-DHU-DRD de fecha 30 de setiembre de 2004 (fs.72), se manifiesta que existenobservaciones que no constituyen incumplimiento a los Planes Urbanos ya que estos se encuentran enmarcados en la zonificación, vías y aportes, los cuales están siendorespetados de conformidad a la normatividad vigente. Que, mediante Informe Nº 290-2005-MML-DMDU- DHU-AL de fecha 4 de julio de 2005 (fs. 75 y 76), el ÁreaLegal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, opinó que el día 26 de mayo del presente año, en el Diario Oficial El Peruano se publicó la Ordenanza Nº 776 emitida porla Municipalidad de Lima, precisando que esta Corporación es la entidad competente para aprobar y normar los distintos Procesos de Habilitación Urbana,estableciéndose en su Articulo Segundo la no aplicabilidad para los procesos de habilitación urbana que se desarrollen en la provincia de Lima, del Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto Supremo Nº 010-2005- VIVIENDA, quedando en plena vigencia las OrdenanzasMunicipales Nºs. 292 y 375 expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima; en consecuencia al haberse determinado la competencia de esta Corporación y alestablecerse técnicamente que en el presente caso se están cumpliendo los planes urbanos, corresponde en arreglo a las facultades dispuestas en la Ley General de