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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G33/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de setiembre de 2005 Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para elEjercicio 2005, estableciéndose en el Numeral 4.1.1. que se autorizarán viajes al exterior únicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temasvinculados con negociaciones bilaterales o multilaterales o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia,como en el presente caso; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, sólo por el tiempo necesariopara el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC serán cubiertos con recursos del presupuesto de laSuperintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones correspondiente al ejercicio 2005; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto parael ejercicio 2005, Nº SBS-DIR-ADM-085-06; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Yvonka Hurtado Cruz, Analista Principal delDepartamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile del 27 de setiembre al 1 deoctubre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de estaSuperintendencia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 519,39 Viáticos 800,00 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de lafuncionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 16583 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1463-2005 Lima, 26 de setiembre de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria la Ley Nº 27927, medianteResolución SBS Nº 960-2003 de fecha 27 de junio de 2003, se designó al Secretario General como el funcionario responsable de brindar la información a los ciudadanos que lo soliciten y al Gerente de Organizacióny Sistemas como el funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Internet; Que, mediante Resolución SBS Nº 484-2005 de fecha 21 de marzo de 2005, se modificó la denominación de la Gerencia de Organización y Sistemas por Gerencia de Tecnologías de Información, denominación que fueratificada en la Resolución SBS Nº 1380-2005 de fecha 6 de septiembre de 2005 y que actualiza la estructura orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, como consecuencia de lo descrito en los considerandos anteriores, resulta necesario modificar elartículo segundo de la Resolución SBS Nº 960-2003, respecto de la denominación del área correspondiente al funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portalde Internet; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada mediante Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Gerente de Tecnologías de Información, como el funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Internet de la Superintendencia de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus normasmodificatorias y reglamentarias. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el artículo segundo de la Resolución SBS Nº 960-2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 16586 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G56/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G64/G69/G6F /G64/G65/G20 /G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20 /G64/G65/G20 /G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G6E/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1465-2005 Lima, 26 de setiembre de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, con la dación de la Ley Nº 27988 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 182-2003-EF, se han introducido modificaciones al Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones (SPP), a efectos de implementar un sistema de fondos múltiples que provea a los afiliados diversas alternativas para la administración de sus aportesobligatorios y voluntarios a su fondo de pensiones, en función a los criterios de rentabilidad y riesgo asociado a cada fondo; Que, el Subcapítulo IV del Capítulo II del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Aportes, aprobadomediante Resolución Nº 080-98-EF/SAFP y sus modificatorias, establece las disposiciones relativas a la provisión de la información que periódicamente debensuministrar las AFP a los afiliados a través del Estado de Cuentas del Afiliado, a efectos de mantenerlo adecuadamente informado con relación a los aportesrealizados, del saldo con que cuenta, así como de la rentabilidad que le provee la administración de sus recursos previsionales;