Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2006 (16/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2006

Que, en materia de licitacion de suministros de energia, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 6º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, es responsabilidad de OSINERG, entre otros, aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de Licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 7º de la Ley Nº 28832, para efectos de cada Licitacion OSINERG establecera un precio MORDAZA para la adjudicacion de los contratos respectivos, el cual debera incentivar inversiones eficientes en generacion. Dicho precio MORDAZA se mantendra en reserva y en custodia de un Notario Publico durante el MORDAZA de Licitacion, haciendose publico unicamente en caso de que no se obtuvieran ofertas suficientes para cubrir toda la demanda licitada a un precio inferior o igual al precio maximo; Que, la empresa Electronorte Medio S.A. HIDRANDINA, ha convocado a una licitacion de suministros de energia electrica para satisfacer sus propias necesidades de potencia y energia, asi como las necesidades de las empresas Electronoroeste S.A., Electronorte S.A., y Electrosur S.A., habiendose aprobado sus Bases Integradas mediante Resolucion OSINERG Nº 654-2006-OS/CD; Que, asimismo, la empresa Luz del Sur S.A.A. ha convocado a una licitacion de suministros de energia electrica para satisfacer sus propias necesidades de potencia y energia, asi como las necesidades de la empresa Electro Sur Medio S.A.A., habiendose aprobado sus Bases Integradas mediante Resolucion OSINERG Nº 653-2006-OS/CD; Que, para efectos de las licitaciones de suministros de energia y potencia indicados en los considerandos precedentes, es necesario nombrar a los funcionarios que representaran a OSINERG en los actos publicos de MORDAZA licitaciones de suministros, siendo conveniente designar tres titulares y tres suplentes; Que, finalmente, se ha expedido el Informe Legal OSINERG-GART/AL-140-2006 de la Asesoria Legal de la GART, que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General; De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y el Articulo 52º inciso n) del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar como representantes de OSINERG en los actos publicos de las licitaciones de suministros de energia convocadas por las empresas Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA y Luz del Sur S.A.A., cuyas Bases Integradas han sido aprobadas mediante Resolucion OSINERG Nº 654-2006-OS/ CD y Resolucion OSINERG Nº 653-2006-OS/CD, respectivamente, a los siguientes funcionarios como titulares y suplentes: Titulares: MORDAZA MORDAZA Ormeno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campodonico Suplentes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gacon MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 6829-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban documento denominado "Nuevos Lineamientos Resolutivos del TRASS 2006"
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCION DE RECLAMOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCION N° 001-2006-SUNASS-TRASS/ LINEAMIENTOS MORDAZA, 31 de octubre de 2006 VISTO: El proyecto final del documento denominado "Nuevos Lineamientos Resolutivos del TRASS, 2006" presentado por el Presidente (e) del Tribunal y vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cubas. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento, hoy denominado Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos, se crea mediante Decreto Supremo N° 009-2000-EF, como organo contencioso administrativo al interior de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, SUNASS, con la finalidad de resolver los reclamos de los usuarios de los servicios de saneamiento; Que, de manera complementaria, el articulo 73º del Reglamento General de la SUNASS aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 023-2002-PCM, senala que el TRASS podra aprobar pautas o lineamientos, que sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada; Que, bajo el contexto senalado, que es el de dar a conocer los criterios de interpretacion utilizados al momento de aplicar las normas, con fecha 23.01.2006 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Nº 001-2005-SUNASSTRASS/Lineamientos, emitida por el Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos, aprobando el documento denominado "Lineamientos Resolutivos del TRASS"; Que, el documento publicado comprende tanto criterios de interpretacion referidos al procedimiento de reclamo como de disposiciones relativas a aspectos sustantivos o de fondo, como son el consumo y la tarifa, asi como otros conceptos facturables, como el servicio de alcantarillado y los servicios colaterales; Que, desde la publicacion del referido documento, el TRASS ha venido desarrollando nuevos criterios de interpretacion, a la luz de resoluciones y casos distintos a los incluidos en el documento original, siguiendo la clasificacion utilizada en el citado documento de trabajo; De conformidad con la Ley N° 27332 y el Decreto Supremo N° 017-2001-PCM; De conformidad con el acuerdo adoptado en la sesion del TRASS de fecha 31 de octubre de 2006; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el documento denominado "Nuevos Lineamientos Resolutivos del TRASS, 2006" MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) MORDAZA C. ZEVILLANOS Vocal (e) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal NUEVOS LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS DEL TRASS 2006 1. INTRODUCCION Con fecha 23.01.2006 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Nº 001-2005-SUNASS-TRASS/

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