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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de diciembre de 2006 334666 CONSIDERANDO: Que, en materia de licitación de suministros de energía, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, es responsabilidad de OSINERG, entre otros, aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de Licitación, fórmulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 28832, para efectos de cada Licitación OSINERG establecerá un precio máximo para la adjudicación de los contratos respectivos, el cual deberá incentivar inversiones e fi cientes en generación. Dicho precio máximo se mantendrá en reserva y en custodia de un Notario Público durante el proceso de Licitación, haciéndose público únicamente en caso de que no se obtuvieran ofertas su fi cientes para cubrir toda la demanda licitada a un precio inferior o igual al precio máximo; Que, la empresa Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA, ha convocado a una licitación de suministros de energía eléctrica para satisfacer sus propias necesidades de potencia y energía, así como las necesidades de las empresas Electronoroeste S.A., Electronorte S.A., y Electrosur S.A., habiéndose aprobado sus Bases Integradas mediante Resolución OSINERG Nº 654-2006-OS/CD; Que, asimismo, la empresa Luz del Sur S.A.A. ha convocado a una licitación de suministros de energía eléctrica para satisfacer sus propias necesidades de potencia y energía, así como las necesidades de la empresa Electro Sur Medio S.A.A., habiéndose aprobado sus Bases Integradas mediante Resolución OSINERG Nº 653-2006-OS/CD; Que, para efectos de las licitaciones de suministros de energía y potencia indicados en los considerandos precedentes, es necesario nombrar a los funcionarios que representarán a OSINERG en los actos públicos de ambas licitaciones de suministros, siendo conveniente designar tres titulares y tres suplentes; Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe Legal OSINERG-GART/AL-140-2006 de la Asesoría Legal de la GART, que sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3º, numeral 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General; De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y el Artículo 52º inciso n) del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar como representantes de OSINERG en los actos públicos de las licitaciones de suministros de energía convocadas por las empresas Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA y Luz del Sur S.A.A., cuyas Bases Integradas han sido aprobadas mediante Resolución OSINERG Nº 654-2006-OS/ CD y Resolución OSINERG Nº 653-2006-OS/CD, respectivamente, a los siguientes funcionarios como titulares y suplentes: Titulares: Victor Manuel Ormeño Salcedo Daniel Javier Cámac GutierrezJosé Luis Luna Campodónico Suplentes: Jaime Raúl Mendoza Gacon Manuel Arturo Uribe GonzálezMaría del Rosario Castillo Silva ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 6829-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban documento denominado “Nuevos Lineamientos Resolutivos del TRASS 2006” TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN N° 001-2006-SUNASS-TRASS/ LINEAMIENTOS Lima, 31 de octubre de 2006 VISTO: El proyecto fi nal del documento denominado “Nuevos Lineamientos Resolutivos del TRASS, 2006” presentado por el Presidente (e) del Tribunal y vocal José Augusto Chirinos Cubas. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento, hoy denominado Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos, se crea mediante Decreto Supremo N° 009-2000-EF, como órgano contencioso administrativo al interior de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, SUNASS, con la fi nalidad de resolver los reclamos de los usuarios de los servicios de saneamiento; Que, de manera complementaria, el artículo 73º del Reglamento General de la SUNASS aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 023-2002-PCM, señala que el TRASS podrá aprobar pautas o lineamientos, que sin tener carácter vinculante, orienten a los agentes económicos sobre los alcances y criterios de interpretación de las normas cuya aplicación tiene encomendada; Que, bajo el contexto señalado, que es el de dar a conocer los criterios de interpretación utilizados al momento de aplicar las normas, con fecha 23.01.2006 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución Nº 001-2005-SUNASS- TRASS/Lineamientos, emitida por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos, aprobando el documento denominado “Lineamientos Resolutivos del TRASS”; Que, el documento publicado comprende tanto criterios de interpretación referidos al procedimiento de reclamo como de disposiciones relativas a aspectos sustantivos o de fondo, como son el consumo y la tarifa, así como otros conceptos facturables, como el servicio de alcantarillado y los servicios colaterales; Que, desde la publicación del referido documento, el TRASS ha venido desarrollando nuevos criterios de interpretación, a la luz de resoluciones y casos distintos a los incluidos en el documento original, siguiendo la clasi fi cación utilizada en el citado documento de trabajo; De conformidad con la Ley N° 27332 y el Decreto Supremo N° 017-2001-PCM; De conformidad con el acuerdo adoptado en la sesión del TRASS de fecha 31 de octubre de 2006; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el documento denominado “Nuevos Lineamientos Resolutivos del TRASS, 2006” JOSÉ CHIRINOS CUBAS Presidente (e) JUAN C. ZEVILLANOS Vocal (e) JOHNNY MARCHÁN PEÑA Vocal NUEVOS LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS DEL TRASS 2006 1. INTRODUCCIÓN Con fecha 23.01.2006 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Resolución Nº 001-2005-SUNASS-TRASS/