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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de diciembre de 2006 334664 mil cien con 00/100 nuevos soles (S/. 46 100.00), a fi n de continuar con el reordenamiento, organización, selección y descripción documental – III etapa; Que, mediante O fi cio N° 1203-2006-AGN/J de fecha 21 de noviembre de 2006, la Jefa del Archivo General de la Nación remite su Propuesta Económica, por un valor de cuarenta y un mil seiscientos con 00/100 nuevos soles (S/. 41 600), para la ejecución de trescientos metros lineales (300 ML), de documentos del Archivo de la Sede Central y por el período de tres (3) meses, el mismo que se realizará bajo la causal de Servicios Personalísimos, debido a las características particulares y especiales que cuenta el locador; Que, este tipo de contratación se adecúa a las necesidades institucionales, por la capacidad y e fi ciencia con la que cuenta el Archivo General de la Nación para culminar el proceso de reordenamiento y clasi fi cación del acervo documental de nuestra Institución; Que, mediante Informe Técnico N° 019-2006-INPE/10 de fecha 21 de noviembre de 2006, la O fi cina General de Administración, señala que, la primera y segunda fase del proceso de organización, selección y descripción documental del acervo documentario del Instituto Nacional Penitenciario existentes en el Archivo Central con Sede en Surquillo, se llevó a cabo satisfactoriamente, por lo que a fi n de culminar el proceso de reordenamiento y clasi fi cación del acervo documental de la Sede Central de nuestra Institución, solicita seguir contando con los servicios del Archivo General de la Nación; Que, cabe señalar que la institución más experimentada y adecuada para brindar el servicio de defensa, conservación y organización de la documentación que existe en la entidad, es el Archivo General de la Nación, debido al servicio especializado, experiencia y conocimientos en materia de almacenar y archivar toda la documentación generada por las diversas instituciones y organismos públicos pertenecientes al Estado; Que, los servicios que el Archivo General de la Nación brindará al INPE, destinados a la culminación del proceso de reordenamiento y clasi fi cación del acervo documental, por la alta cali fi cación de su trabajo, genera la garantía de e fi ciencia y e fi cacia, siendo éstas condiciones aval sufi ciente para que en aplicación del artículo 145° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, por lo que corresponde su contratación a través de la causal de Servicios Personalísimos, máxime si la entidad ya ha contratado los servicios de este organismo para llevar a cabo el ordenamiento de la documentación existente en el local de Surquillo y su traslado al CENECP, cuya primera y segunda fase la realizó satisfactoriamente; Que, mediante O fi cio Nº 568-2006-INPE/05 de fecha 29 de agosto de 2006, la O fi cina General de Plani fi cación señala que se cuenta con un marco presupuestal para llevar a cabo el referido proceso de selección; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que legalmente es viable la autorización de exoneración de dicho proceso, por cuanto técnicamente se requiere seguir contando con los servicios del Archivo General de la Nación, afi n culminar con el proceso de archivo de la documentación existente en el Instituto Nacional Penitenciario; Que, estando a lo solicitado por la O fi cina General de Administración y a lo informado por las O fi cinas Generales de Plani fi cación y Asesoría Jurídica, así como de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo, contándose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y O fi cinas Generales de Asesoría Jurídica y Administración; y, De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del INPE, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- CALIFICAR, como Servicios Personalísimos, los servicios del Archivo General de la Nación, destinados a la organización, selección y descripción documental del Archivo Central del Instituto Nacional Penitenciario, ubicado en el distrito de Surquillo. Artículo 2º.- EXONERAR, del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva, la contratación de los servicios especializados del Archivo General de la Nación, la misma que deberá efectuarse bajo la modalidad de Servicios Personalísimos, aplicando el procedimiento establecido en la Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3°.- AUTORIZAR, a la O fi cina General de Administración a contratar el servicio mencionado en el artículo precedente, el mismo que será brindado por el Archivo General de la Nación de acuerdo al siguiente cuadro: UNIDAD EJECUTORA MONTO TOTAL S/. 1 001-Sede Central-Administración Lima 41 600.00 Dicha autorización es por el período de tres (3) meses, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendo contratarse en forma directa mediante acciones inmediatas, bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administración comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, y adicionalmente, debe publicarse a través del SEACE. Artículo 5°.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA DELSA MAVILA LEÓN Presidenta 6838-1 Imponen sanción disciplinaria de destitución a servidor de la Sede Regional Oriente Pucallpa RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 726-2006-INPE/P Lima, 14 de diciembre de 2006 VISTO, el Informe N° 057-2006-INPE-CPPAD, de fecha 28 de octubre de 2006, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial N° 392-2006- INPE/P de fecha 14 de junio de 2006, se instauró proceso administrativo disciplinario al servidor de la Sede Regional Oriente Pucallpa JOSÉ LUIS MIRANDA TAVARA, a mérito del Informe N° 020-2006-INPE-CPPAD de fecha 19 de mayo de 2006, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, se imputa al procesado JOSÉ LUIS MIRANDA TAVARA, haber hecho abandono laboral, toda vez que luego de hacer uso de su periodo vacacional de treinta (30) días, el cual culminó el 30 de marzo de 2006, no habiéndose reincorporado hasta la fecha a su centro laboral de la Sede Regional Oriente Pucallpa; Que, de la revisión de los documentos que obran en autos, se advierte que el citado procesado, no obstante haber sido noti fi cado, debidamente, conforme fl uye del cargo de noti fi cación que corre en autos a fojas (24), no ha cumplido con presentar su descargo al proceso instaurado en su contra, por consiguiente subsiste la imputación que se le atribuye, máxime si continua en situación de abandono laboral desde el 31 de marzo de 2006; Que, en tal sentido, se encuentra acreditado, que