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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 336012 documentos con los que acredita ser Distribuidor Exclusivo de algunas Editoriales como Reverté S.A. y Alfa Omega, Grupo Editor S.A, de C.V, de las cuales hay libros requeridos por las unidades usuarias, igualmente, sostiene que a la fecha es imposible la realización de un proceso de selección porque rebasaría el tiempo que queda para concluir el presente ejercicio presupuestal y encontrándose esta adquisición programada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2006 ha surgido la necesidad de abastecer la totalidad de estos libros en un solo acto, es decir que un solo proveedor abastezca todos los bienes, esto en concordancia con lo dispuesto en el artículo 18º del Texto Único Ordenado y Artículo 36º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que señala la prohibición de fraccionar la adquisición de bienes, aparte de ello, el suscribir contratos con diferentes proveedores signi fi caría un mayor gasto para la Universidad, lo cual estaría en contraposición con las normas de austeridad dictadas por el Gobierno Central; Que, al acreditar LIBUN que tiene la exclusividad para el Perú de algunas editoriales, signi fi ca que no existe la posibilidad que otro proveedor cubra ese requerimiento, situación enmarcada en la causal de exoneración de proceso de selección prescrita en el artículo 144º del D.S. N° 084-2004-PCM del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que señala lo siguiente: “Se considerará que existe proveedor único en los casos en que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor”; Que, fi nalmente la referida O fi cina Técnica sostiene que no se ha realizado un proceso de selección anterior, debido a que el estudio de mercado y especí fi camente las cotizaciones no han sido remitidas por los proveedores en su oportunidad, debido a la cantidad de libros requeridos y a la especialidad de los mismos; Que, con Informe Legal Nº 1480-2006.OAJ/UNT, la O fi cina de Asuntos Jurídicos sostiene que el pedido de exoneración es sobre la base de lo que prescribe el artículo 144º del D.S. N° 084-2004-PCM, mencionado líneas arriba; del artículo 7º de la Ley 28652, Ley de Presupuesto para el año 2006 que con respecto al ahorro prescribe: que todas las entidades están obligadas a ejecutar una revisión de sus procesos y procedimientos operativos que procuren la mayor congruencia de sus acciones con las funciones que les corresponde legalmente, para el cumplimiento de la misión de la Entidad al mínimo costo posible, en el marco de una simpli fi cación administrativa, evitando asimismo la duplicidad de funciones; lo que para el presente caso del estudio de mercado realizado por la O fi cina Técnica de Abastecimiento se aprecia que LIBUN es el proveedor que ofrece los mejores precios del mercado, debido a que no se encuentra afecta al Impuesto a la Renta, lo que nos permite como institución cumplir con nuestra misión educativa al mínimo costo posible, como lo prescribe la norma antes citada. También sustenta su informe en lo previsto en el artículo 18º del D.S. N° 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que prescribe la prohibición de fraccionar la adquisición de bienes. Concluye opinando que dado los documentos que se aprecia en el expediente procede exonerar el proceso exonerar del procesos de selección para la adquisición de material bibliográ fi co, por la causal de bien con proveedor sin sustituto, autorizando la contratación directa con la Fundación del Libro Universitario LIBUN; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector en virtud del artículo 33º de la Ley N° 23733 concordante con el inciso c) del artículo 196º del Estatuto vigente; SE RESUELVE: 1º) EXONERAR del proceso de selección para la adquisición de Material Bibliográ fi co, por la causal de bien con proveedor sin sustitutos, de conformidad con lo previsto en el artículo 144º del D.S. N° 084-2004-PCM. 2º) CONSIDERAR como parte de la presente resolución las especi fi caciones contenidas en el anexo.3º) AUTORIZAR la contratación directa con la Fundación del Libro Universitario - LIBUN, por tener la exclusividad de proveedor en el Perú de algunas editoriales y ser la única entidad que ha cotizado la integridad del pedido formulado por las diferentes unidades académicas de la UNT. 4°) REMITIR copia de la presente resolución con los informes que sustenten la exoneración a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo, DISPONER que dentro del mismo plazo indicado se efectúe la publicación o fi cial en el Diario El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y en la página WEB de la UNT. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARLOS SABANA GAMARRA Rector ANEXO DE R.R. Nº 1401-2006/UNT 1. Descripción Básica del bien: Adquisición de libros para actualizar bibliografía en las facultades de la Universidad Nacional de Trujillo, Escuela de Post Grado, Sistema de Bibliotecas y Sub Sedes. 2. Valor Referencial: S/. 606, 961.20 3. Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados. 4. Cantidad: Unidades Usuarias Monto S/. Facultad de CC. FF y M. M 45,885.30 Facultad de CC. EE 40,005.00 Facultad de Ingeniería 53,537.10 Facultad de Medicina 60,000.00Facultad de Ciencias Sociales 20,518.00 Facultad de Ingeniería Química 42,014.10 Facultad de Ciencias Biológicas 40,048.50 Facultad de Farmacia 24,998.40 Facultad de Derecho y CCPP 42,962.90 Facultad de Enfermería 42,672.60 Facultad de Ciencias Agropecuarias 39,987.70Facultad de Educación y CC.CC 42,447.50 Subsede de Tayabamba 11,675.60 Subsede de Jequetepeque 19,028.40 Subsede de Cascas 7,386.30 Subsede de Huamachuco 28,906.00Sistema de Bibliotecas 15,205.40 Escuela de Post Grado 29,681.80 TOTAL 606,961.20 5. Plazo de Exoneración: Ejercicio Presupuestal 2006. 6. Órgano encargado de la adquisición exonerada: Ofi cina General de Servicios Económicos y Financieros, a través de la O fi cina Técnica de Abastecimiento. 7. Dependencia usuaria. Bibliotecas de las diversas Facultades, Escuela de Post Grado y Sistema de Biblioteca. 11121-2