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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (31/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de diciembre de 2006 336726 electrónica del SEACE toda la información enviada por el proveedor, lo que garantiza las condiciones de seguridad de la misma durante todas las etapas de la Subasta Inversa Electrónica. Artículo 6.- Bienes que pueden ser materia de Subasta Inversa Electrónica Los bienes objeto de Subasta Inversa Electrónica son los que se encuentran incluidos en el Listado de Bienes Comunes que obra en el SEACE, conforme a lo establecido por el Título II del Reglamento de Subasta Inversa Presencial. TÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I: DE LA FASE DE ACTOS PREPARATORIOS Artículo 7.- Uso de la modalidad de Subasta Inversa Electrónica Para la adquisición de un bien que se encuentre incluido en el Listado de Bienes Comunes, la Entidad utilizará obligatoriamente la modalidad de selección por Subasta Inversa, ya sea presencial o electrónica, siempre que dicho bien no se encuentre incluido en el Catálogo de Convenios Marco, en cuyo caso deberá adquirirlo empleando tal modalidad. Previa aprobación de CONSUCODE, la Entidad podrá utilizar otro procedimiento o modalidad que considere más efi ciente para el caso especí fi co, siempre que tal decisión sea sustentada en el expediente de contratación, bajo responsabilidad del funcionario encargado de aprobar dicho instrumento de gestión. Artículo 8.- Nomenclatura de un proceso de selección por Subasta Inversa Electrónica Al tipo de proceso de selección que corresponde convocar dentro de los márgenes establecidos por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público, deberá agregarse la frase “por Subasta Inversa Electrónica”, seguida del número correlativo, año y siglas de la Entidad convocante. Tal precisión no es necesaria hacerla en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad. Artículo 9º.- Comité Especial El Comité Especial estará integrado por dos miembros: el Presidente y el Secretario, debiendo designarse un suplente para cada uno de ellos. El Comité Especial estará encargado de elaborar las Bases, veri fi car la documentación exigida por las Bases, otorgar la Buena Pro a través del Sistema y elaborar el Acta respectiva. De preferencia, los miembros del Comité Especial deben pertenecer al área de administración de la Entidad, por lo que no existe necesidad de cumplir lo señalado en el artículo 41º del Reglamento de la Ley. Artículo 10º.- Bases Las Bases de un proceso de selección por Subasta Inversa Electrónica estarán conformadas por la convocatoria, la fi cha técnica del bien requerido, la misma que se obtendrá del Listado de Bienes Comunes, y la pro forma del contrato a suscribirse con el ganador de la Buena Pro. Asimismo, contendrán un recuento de las reglas que la normativa establece para el procedimiento y para efectos de la suscripción del contrato, entre otras que la Entidad considere pertinentes. A su vez, la pro forma de contrato deberá consignar: a) El (los) plazo(s) o fecha(s), lugar(es) y forma(s) de entrega del objeto de la adquisición, y demás condiciones que deben ser cumplidas por el contratista, las cuales se establecerán de manera razonable de acuerdo a las necesidades reales de la Entidad. b) Las cláusulas obligatorias señaladas en el artículo 41º de la Ley. c) El sistema y/o modalidad de contratación adoptados en base a lo establecido en los artículos 56º, 57º y 58º del Reglamento de la Ley, y las fórmulas de reajuste aplicables, de ser el caso. La Gerencia de Normas y Procesos de CONSUCODE tendrá a su cargo la supervisión y monitoreo de los procesos de Subasta Inversa Electrónica, velando por su debida adecuación a la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, al presente Reglamento y a cualquier otra norma relacionada con el objeto del proceso de selección. CAPÍTULO II: DE LA FASE DE SELECCIÓN Artículo 11º.- Etapas del proceso de selección Los procesos de selección por Subasta Inversa Electrónica se desarrollarán a través de las siguientes etapas: 1. Convocatoria. 2. Inscripción de Participantes, Registro y Presentación de Propuestas. 3. Apertura de Propuestas y Período de Lances.4. Otorgamiento de la Buena Pro. Artículo 12º.- Publicación en el SEACE El desarrollo de las etapas correspondientes a la fase de selección se efectuará y difundirá a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE). Artículo 13º.- Convocatoria La convocatoria se efectuará a través de su publicación en el SEACE, junto con las Bases, bajo sanción de nulidad de todos los actos desarrollados con posterioridad. Los requisitos mínimos que deberá cumplir la convocatoria son: a) Identi fi cación, domicilio y RUC de la Entidad que convoca. b) Identi fi cación del proceso de selección. c) Indicación de que la modalidad de selección es por Subasta Inversa Electrónica. d) Código asignado al bien por CONSUCODE y que obra en el Listado de Bienes Comunes. e) Descripción básica del objeto del proceso. En caso lafi cha técnica considere variedades del bien, la Entidad deberá de fi nir cuál de ellas requiere. f) Valor referencial total del proceso de selección y, de ser el caso, de cada uno de los ítems. g) Costo del derecho de participación, de ser el caso.h) Indicación de la entidad bancaria o entidades bancarias donde el proveedor deberá pagar el costo del derecho de participación, de ser el caso. i) Calendario del proceso de selección. j) Condiciones básicas de cumplimiento contractual: cantidad, plazo(s) o fecha(s), lugar(es) y forma(s) de entrega, entre otros. k) Valor monetario que representa el decremento mínimo para los Lances con Agentes Electrónicos (no menor al 0.1% ni superior al 3% del valor referencial total del ítem). l) Los requisitos que tienen estricta relación con la habilitación de un postor para cumplir con el objeto de la adquisición. Artículo 14º.- Calendario El calendario del proceso de selección debe contemplar las fechas correspondientes a todas las etapas del desarrollo del proceso de selección, y atender a las siguientes pautas: 1. En los procesos de selección que correspondan a licitaciones públicas y adjudicaciones directas, la etapa de Inscripción de Participantes, Registro y Presentación de Propuestas no podrá tener un plazo menor a cinco (05) días hábiles. Para los procesos de selección que correspondan a adjudicaciones de menor cuantía, la etapa de Inscripción de Participantes, Registro y Presentación de Propuestas no podrá tener un plazo menor a dos (02) días hábiles.