Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2006 (26/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325040El Peruano miércoles 26 de julio de 2006 Que, en tal sentido es necesario aceptar su renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594; y,Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Waldo Mendoza Bellido, al cargo de Viceministro deHacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00465-15 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G73/G70/G61/G73/G6F/G20/G64/G65 /G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20 /G61/G20 /G73/G65/G72/G20 /G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20 /G65/G6E/G74/G72/G65/G20 /G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G46/G4F/G4E/G41/G4E/G50/G45/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E/G4E/GBA/G20/G30/G35/G37/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2006-EF/75 Lima, 24 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 057-2004- EF , se aceptó el aporte financiero no reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt für Wiederaufbau -KFW- ala República del Perú hasta por la suma de EUR 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 EUROS), destinados a financiar el “Programa Áreas Naturales - FaseII”, a ser ejecutado por Pro Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado - PROFONANPE-; Que, de conformidad con el artículo 3º de la referida Resolución Suprema, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (antes Dirección General de Crédito Público), trasladará aPROFONANPE los recursos provenientes del aporte financiero no reembolsable mencionado, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado porResolución Ministerial de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Resolución Suprema Nº 057-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía yFinanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (antes Dirección General de Crédito Público), y el Pro Fondo Nacional para Áreas NaturalesProtegidas por el Estado - PROFONANPE- mediante el cual se trasladan los recursos del aporte financiero no reembolsable aceptado por la Resolución Suprema Nº 057-2004-EF . Artículo 2º.- Autorizar al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribiren representación del Ministerio de Economía y Finanzas el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba por la presente Resolución Ministerial, así como todadocumentación que permita su ejecución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00421-1/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G41/G63/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G20/G79/G20/G52/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G20/G79/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65/G2C /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G72/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2006-EF/10 Lima, 24 de julio de 2006 Visto: el Oficio Nº 144-2006-CND/P del Presidente del Consejo Nacional de Descentralización mediante el cual solicita al Ministerio de Economía y Finanzas que expida una Resolución Ministerial con la finalidad de dara conocer a la ciudadanía en general sobre la transferencia de funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estadoefectuada a favor de los Gobiernos Regionales de Tacna y Lambayeque. CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Ley Nº 25554, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, dispone que las acciones referidas a las primerasinscripciones de dominio, afectaciones en uso, así como las relativas a los demás actos de administración, adquisición y disposición de propiedad estatal a su cargo,serán aprobadas mediante Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), salvo en lo referente a las ventas directas de inmuebles depropiedad estatal que serán aprobadas mediante Resolución Suprema, con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN); Que, la Ley Nº 27395 adscribió a la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) al Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de enero del año 2001; Que, el inciso j) del artículo 35º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el inciso j) del numeral 1) del artículo 10º y el artículo 62º de la LeyNº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que es competencia de los Gobiernos Regionales administrar y adjudicar los terrenos urbanosy eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004” el cual contempla la transferenciaa los Gobiernos Regionales de las funciones específicas que permitan el ejercicio de las competencias exclusivas indicadas en los incisos g), h) y j) del artículo 35º de laLey de Bases de la Descentralización y en el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, una vez cumplidas las disposiciones que establezca la Ley delSistema Nacional de Acreditación; Que, el Consejo Nacional de Descentralización mediante Resolución Presidencial Nº 015-CND-P-2005aprobó los requisitos específicos, indicadores y procedimientos de verificación de requisitos generales aplicables dentro del ciclo del proceso de acreditacióndel año 2004; Que, mediante Resoluciones Gerenciales Nºs. 019- CND-GTA-2005 y 026-CND-GTA-2005 expedidas porla Gerencia de Transferencia y Acreditación del Consejo Nacional de Descentralización se acreditó a los Gobiernos Regionales de Tacna y Lambayeque,respectivamente, para la transferencia de funciones sectoriales en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado; Que, el Consejo Nacional de Descentralización mediante Resolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005 aprobó la Directiva “Procedimiento para Efectivizar laTransferencia de Funciones Específicas de los Sectores