Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2006 (06/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Organica de Elecciones, es la MORDAZA que establece las causales de nulidad de actas electorales, no habiendose contemplado lo sostenido por la resolucion impugnada como causal para ello, de modo que dado que la sancion de nulidad no puede ser jamas MORDAZA sino expresa, debe validarse la votacion contenida en el acta electoral observada; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto en el inciso a) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar Fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la alianza electoral "Unidad Nacional" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro contra la Resolucion Nº 942-2006-JEE/LC, en el extremo que solicita la declaracion de validez del acta electoral de formula presidencial Nº 201073-13-A de la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos. Articulo Segundo.- Anular la Resolucion Nº 9422006-JEE/LC y considerar en el acta indicada en el articulo anterior la siguiente votacion:
Acta Electoral Nº 201073-13-A Organizaciones politicas Partido Socialista Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso Unidad Nacional Partido Reconstruccion Democratica Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Progresemos Peru Partido Renacimiento MORDAZA Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Nacional Y se llama Peru Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de ciudadanos que votaron Votos 02 08 53 01 08 11 06 89

2006-JEE/LC de fecha 20 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 871-2006-JEE/LC, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro Anula el acta electoral Nº 226982-07-E de la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA de Estados Unidos de MORDAZA, continente de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, pues se consigna 121 como el "total de ciudadanos que votaron", siendo esta menor al total de votos consignados por cada agrupacion politica mas los votos blancos, nulos e impugnados que es de 221, la cual fue resuelta de acuerdo a ley; Que, el apelante solicita se declare valida el Acta Nº 226982-07-E, en razon a que, no se ha considerado revisar el padron de electores para determinar el numero de personas que sufragaron en la mesa en cuestion, violando con dicha Resolucion los principios constitucionales del sistema Electoral que tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos, y que un simple error material no puede declarar la nulidad de los votos emitidos por los ciudadanos; Que, al cotejar las actas del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro y del MORDAZA Nacional de Elecciones, se corrobora que se ha registrado la cantidad de 121 como el "total de ciudadanos que votaron", siendo esta cifra menor que la suma obtenida de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 221, que conforme al Articulo Tercero, Acapite II, numeral 3) del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, dicha Acta se anula; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Dr. MORDAZA MORDAZA Calvimontes MORDAZA, Personero Legal Titular de la Alianza Electoral "Unidad Nacional"; en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Nº 871-2006-JEE/LC, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, que anula el Acta Electoral Nº 226982-07-E de la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA de Estados Unidos de MORDAZA, continente de America. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07992 RESOLUCION Nº 672-2006-JNE Expediente Nº 554-2006-APEL MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006

Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07991 RESOLUCION Nº 671-2006-JNE Expediente Nº 553-2006-APEL MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 28 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el Dr. MORDAZA MORDAZA Calvimontes MORDAZA, Personero Legal Titular de la Alianza Electoral "Unidad Nacional", contra la Resolucion Nº 871-

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