Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2006 (02/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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UB

LICA DEL P E

RU

329308

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

El Peruano lunes 2 de octubre de 2006

Peru"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 113-2006-JEE-Hz, de fecha 31 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huaraz; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del citado partido politico para el Concejo Provincial de Carhuaz, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02631-28 RESOLUCION Nº 2080-2006-JNE Exp. Nº 1842-2006

Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del movimiento independiente "Fuerza Constructora"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 081-2006-JEE-H, de fecha 1 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del citado partido politico para el Concejo el Concejo Distrital de Pucara, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02631-30

MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 20 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del movimiento independiente "Fuerza Constructora", contra la Resolucion Nº 081-2006-JEE-H, de fecha 1 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Nº 081-2006-JEE-H, el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de Pucara, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales 2006, presentada por el movimiento independiente "Fuerza Constructora"; debido a que la candidata al cargo de Regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no cumple con el requisito de presentar el documento que acredite haber solicitado licencia sin goce de haber al cargo de Contadora del Hospital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MINSA - DIRESA; Que, el recurrente sostiene que, la candidata al cargo de Regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia sin goce de haber el 29 de agosto de 2006, conforme se puede apreciar de la MORDAZA que adjunta a su escrito de apelacion; Que, a fojas 08 obra la Declaracion Jurada de MORDAZA de la candidata al cargo de Regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la que consigna laborar como Contadora en el Hospital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MINSA - DIRESA, constatandose sin embargo, que con la apelacion se adjunta el original del cargo de la carta, de fecha 28 de agosto de 2006, obrante a fojas 85, mediante el cual solicita licencia sin goce de haber desde el 20 de octubre al 18 de noviembre de 2006, en tal sentido, al haberse desvirtuado el impedimento establecido en el literal e) del numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, que establece que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales, ente otros, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) dias naturales MORDAZA de la eleccion, deviene en fundado el recurso de apelacion interpuesto; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESOLUCION Nº 2082-2006-JNE Expediente Nº 1844-2006 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 VISTO: en Audiencia Publica del 20 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del movimiento regional "Fuerza Constructora", contra la Resolucion Nº 85-2006-JEE/H, de fecha 4 de setiembre de 2006, que denego la admision a tramite de inscripcion la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, la apelada denego la admision a tramite de inscripcion la lista referida en el visto, en atencion a que Jhon MORDAZA Huaire MORDAZA no presento la MORDAZA de estar tramitando su licencia sin goce de haber al cargo de Coordinador Regional de la U.E. CAPLABJUVENIL PRO-JOVEN; Que, el recurrente expresa como agravio que el referido ciudadano presento su solicitud de licencia sin goce de haber el 28 de agosto de 2006, adjuntando a su recurso, en original dicha solicitud, asi como la MORDAZA de fecha 29 del mismo mes y ano, emitida por la asistente administrativa de PROJOVEN-Sede Huancayo; Que, el articulo 8º inciso e) de la Ley de Elecciones Municipales - Nº 26864, establece que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) dias naturales MORDAZA de la eleccion; precisando la Resolucion Nº 860-2006-JNE que la mencionada solicitud debe realizarse con la suficiente anticipacion, a fin de acreditar que MORDAZA fue otorgada como fecha limite el 20 de octubre de 2006 para quedar expeditos para postular; Que, del cargo de la solicitud que en original corre a fojas 197 y de la MORDAZA corriente a fojas 196, se advierte que Jhon MORDAZA Huaire MORDAZA, cumplio con presentar la solicitud de licencia al organismo publico para el cual labora, dentro del plazo de ley, encontrandose en tramite, por lo que se entiende por satisfecho el requisito establecido por la MORDAZA MORDAZA citada; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral,

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