Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2006 (02/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 2 de octubre de 2006

atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico "Partido Nacionalista Peruano"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 071-2006JEE-Cusco de fecha 2 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial MORDAZA, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion, la lista de candidatos de dicha organizacion politica, para el Concejo Distrital de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-35

Compromiso Peru"; por consiguiente dicho candidato no satisface lo previsto en el articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a los candidatos que incumplan los requisitos legales; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico "Partido Nacionalista Peruano"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 065-2006JEE-Cusco de fecha 2 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y REFORMANDOLA se dispone la admision a tramite de inscripcion la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y Regidores para el Concejo Provincial de Anta, departamento de MORDAZA, presentada por la citada agrupacion politica, excluyendo de la misma al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin afectar la participacion del resto de los candidatos de la lista, para las Elecciones Municipales del 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

RESOLUCION Nº 2098-2006-JNE Exp. Nº 1863-2006 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 VISTO: En audiencia publica de fecha 20 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Partido Nacionalista Peruano", contra la Resolucion Nº 065-2006-JEE-Cusco de fecha 2 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 065-2006-JEE-Cusco, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resuelve denegar la admision a tramite de inscripcion, de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Anta, presentada por el partido politico "Partido Nacionalista Peruano", senalando que dicha lista esta integrada por candidato afiliado a otra agrupacion politica sin adjuntar su renuncia o permiso para postular que senala la legislacion de la materia; de la verificacion de los documentos se observa que los candidatos MORDAZA Cusirimay MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentran afiliados a los partidos politicos "Partido Justicia Nacional" y"Partido por la Democracia Social - Compromiso Peru" respectivamente; Que, el recurrente expone que el candidato MORDAZA Cusirimay MORDAZA presento su renuncia al partido politico "Partido Justicia Nacional", acreditandolo con la carta de fecha 11 de MORDAZA de 2005, y; el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento cartas renuncia al partido politico "Partido Solidaridad Nacional" el 18 de diciembre de 2005 y al movimiento regional "Juntos por el Progreso" el 25 de octubre de 2005; Que, con la carta de fojas 155 presentada con el recurso impugnatorio, se demuestra la desafiliacion partidaria del candidato MORDAZA Cusirimay MORDAZA, con la anticipacion prevista en el articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, las cartas de fojas 158 y 159 no acreditan la desafiliacion partidaria del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en razon que segun la informacion de OROP de fojas 145 este esta afiliado al partido politico "Partido por la Democracia Social -

S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-36

Declaran fundadas apelaciones interpuestas contra resoluciones expedidas por los Jurados Electorales Especiales de Urubamba, Utcubamba y MORDAZA
RESOLUCION Nº 2109-2006-JNE Exp. Nº 1874-2006 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 20 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano", don MORDAZA MORDAZA Haller, contra la Resolucion Nº 213 de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Urubamba; CONSIDERANDO: Que, mediante la apelada, el MORDAZA Electoral Especial de Urubamba denego la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, por el partido politico "Partido Aprista Peruano", de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ocobamba, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, debido a que del reporte de OROP se aprecia que el ciudadano MORDAZA Matto Pantigozo, candidato a regidor del mencionado Concejo, esta afiliado al partido politico "Union por el Peru", no habiendose adjuntado documento alguno que acredite su renuncia o autorizacion expresa para participar por otra organizacion politica en este MORDAZA electoral;

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