Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 16 de setiembre de 2006 328269REPUBLICADELPERU Determinados los casos excepcionales de coacción y los ceses colectivos con irregularidades en su procedimiento a que se refiere el Artículo 5 de la presente Ley, la relación será remitida al Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente. Ley Nº 28299 Artículo 1.- Inclusión de párrafos en artículo 5 (...) de la Ley Nº 27803 (...) Artículo 5.- Comisión Ejecutiva (...) La calificación efectuada por la Comisión Ejecutiva o la ejecución de los beneficios a favor de los ex trabajadores cuyos ceses sean calificados como irregulares, es de carácter excepcional, en atención a ello, no generarábeneficios distintos a los establecidos en la presente Ley. (...) Artículo 2.- Modificación del (...) numeral 2 del artículo 19 (...) (...)Artículo 19.- De los plazos (...) 2. Por resolución suprema se fijará el plazo para que la Comisión Ejecutiva remita la relación de ex trabajadorescorrespondiente al Registro Nacional, cuyo plazo máximo vencerá indefectiblemente el 26 de julio de 2004. IV. ANTECEDENTES 1. Argumentos de la demanda Con fecha 15 de marzo de 2005, Hilso Cladio Ramos Cosme y más de cinco mil ciudadanos interponen demandade inconstitucionalidad contra algunas disposiciones de las Leyes Nºs. 27487, 27586, 27803 y 28299. Manifiestan que el Decreto Ley Nº 26093, que posibilitó los ceses colectivos, era inconstitucional. Por ello a partir de junio del año 2001 el Congreso de la República dictó un grupo de leyes con el objeto de revisar los ceses colectivosen el sector público producidos en la década de los noventa a fin de restituir los derechos laborales de las personas afectadas; que, sin embargo, algunas de las disposicionesde ese grupo de leyes vulneran el derecho al trabajo y el derecho a la adecuada protección contra el despido arbitrario reconocidos en los artículos 22º, y 27º de la Constitución. En ese sentido, manifiestan que las disposiciones que a continuación se indican vulneran los artículos constitucionales citados conforme a los siguientesargumentos: a) Estiman que la expresión condicional “si los hubiera” del segundo párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 27487 predetermina una interpretación contrario sensu de que hubieron trabajadores regularmente cesados al amparodel Decreto Ley Nº 26093, que, aunque derogado por la Ley Nº 27487, era inconstitucional. Añaden que, aprovechando tal expresión, el Ejecutivo reglamentórestrictivamente la ley, que por lo demás no promulgó. b) Consideran, asimismo, que la frase “revisar las razones que motivaron los despidos” del segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 27586, Ley que regula complementariamente la Ley Nº 27487 y que creó la Comisión Multisectorial, permite que se pudieran dar por válidas esas razones. Enese sentido estiman que dicha frase es contraria a la Constitución, pues las razones del despido masivo eran inconstitucionales y no podía el Parlamento delegar en una Comisión del Ejecutivo la interpretación de esas razones como si fueran ajustadas a la Carta Magna. c) Sostienen que el artículo 1º de la Ley Nº 27803 da fuerza de ley a las conclusiones de la Comisión Multisectorial creada por la Ley Nº 27586. Del mismo modo, el segundo párrafo del artículo 6º de la Ley Nº 27803, que establece elplazo de cinco días, desde su promulgación, para la presentación de solicitudes y pruebas, también vulnera la Constitución. d) Refieren que la Ley Nº 28299, que modificó la Ley Nº 27803, estableció en su artículo 1º la modificación del artículo 5º de la Ley Nº 27803 y dispuso que los beneficiosa favor de los ex trabajadores cuyos ceses sean calificados como irregulares, es de carácter excepcional y afecta los derechos constitucionales invocados. Igualmente el artículo2º, que fija un plazo para el cierre del Registro de Trabajadores Irregularmente Despedidos sin que se hubiera solucionado el problema social, incumpliéndose con evaluarverdaderamente los expedientes de la mayoría de trabajadores, también resulta lesiva de la Constitución. 2. Argumentos de la contestación de la demanda El apoderado del Congreso solicita que la demanda sea declarada infundada, alegando que las disposicionesimpugnadas no contravienen la Constitución total o parcialmente, por el fondo o por la forma, directa ni indirectamente. Manifiesta que los demandantes incurren en error, ya que el Decreto Ley Nº 26093 en ningún momento fue declarado inconstitucional, y que estuvo vigente hasta el23 de junio del año 2001, en que recién fue derogado por la Ley Nº 27487. En ese sentido, estima que si los actos de ejecución llevados a su amparo vulneraron derechos de ex trabajadores, ello no significa que tal norma fuera inconstitucional, puesto que en virtud de dicha norma solo se creó una nueva causal de despido, la de excedencia dequien no calificaba en los programas de evaluación semestral. En ese sentido sostiene que: a) La expresión “si los hubiera” del segundo párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 27487 debe entenderse en el sentido de que los despidos fueron llevados a cabo en el marco de una norma que siempre estuvo vigente y que no fue declarada inconstitucional. Si es que hubo despidosarbitrarios las Comisiones Especiales que se crearon para evaluar si hubo ceses o destituciones arbitrarias tenían el deber de identificarlos y encontrar una forma de reparación si se desconocieron sus derechos. b) En cuanto a la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 27586, ya que permitiría a la Comisión Multisectorial revisar las razones que motivaron los despidos, indica que mediante el proceso de inconstitucionalidad no pueden cuestionarse los actosadministrativos de una Comisión. Afirma que los demandantes pretenden que se declare la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas para que se permita incorporarlos en las listas de ex trabajadores beneficiados con las normas cuestionadas. c) La supuesta inconstitucionalidad del artículo 1º de la Ley Nº 27803, que daría fuerza de ley a las conclusiones de la Comisión Multisectorial creada por la Ley Nº 27586, se funda en apreciaciones subjetivas de los demandantesy no en las conclusiones de la Comisión Multisectorial. Manifiesta, además, que no se ha declarado la caducidad del derecho, y que las comisiones fueron creadas por un plazo determinado y, una vez cumplido, éstas dejaron de tener competencia administrativa y de producir consecuencias jurídicas. d) Sobre la supuesta inconstitucionalidad de las disposiciones de Ley Nº 28299 que, por un lado, declaró excepcionales los beneficios de la misma y, por otro, cerróel registro de los ex trabajadores irregularmente despedidos, alega que las comisiones tenían como competencia pronunciarse sobre la situación de los ex trabajadores que en su debida oportunidad no cumplieron con interponer en sede administrativa o jurisdiccional los recursos que la ley prevé. Por esta razón, las comisiones tenían un plazoprovisional y temporal, cumplido el cual ya no se tenía posibilidad de presentar solicitudes. V. FUNDAMENTOS 1. Petitorio 1. La demanda tiene por objeto que se declare la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 3º dela Ley Nº 27487, del segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 27586, del primer párrafo del artículo 1º y del segundo párrafo del artículo 6º de la Ley Nº 27803, del artículo 1º de la Ley Nº 28299, que incluye un párrafo en el artículo 5º de la Ley Nº 27803, y del artículo 2º de la Ley Nº 28299, que modifica el numeral 2º del artículo 19º de laLey Nº 27803. Los demandantes alegan que las disposiciones impugnadas vulneran los artículos 22º y 27º de laConstitución. Por tanto, en el presente caso, cada una de las disposiciones será evaluada con relación al conjunto de los artículos constitucionales mencionados. 2. Control de constitucionalidad del artículo 3º de la Ley Nº 27487