NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 57
NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 16 de setiembre de 2006 328267REPUBLICADELPERU nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Agrega además que se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, cabe precisar que, de acuerdo con las normas vigentes de contratación pública, se trataría de laexoneración de un proceso de selección por Adjudicación Directa Pública, el cual se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad y cuenta con la debida disponibilidad presupuestal; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y a lo expuesto en el Acta Nº 08-2006 del ComitéTécnico Económico del RENIEC, de fecha 11 de septiembre de 2006; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública por configurarse la causal de servicio que no admite sustituto frente a la existencia de proveedor único, por un valor referencial deUS$ 53,752.30 (Cincuenta y tres mil setecientos cincuenta y dos con 30/100 Dólares Americanos), incluidos los impuestos de ley, para la contratación del servicio de soporte integral de software Microsoft con la empresa Microsoft Perú S.R.L. por un plazo de 12 meses, siendo financiado dicho monto con Recursos Directamente Recaudados. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que proceda a la contratación indicada mediante acciones inmediatas y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer a la Gerencia de Administración para que efectúe la publicación de la presente Resolución en el SEACE, así como en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y remita una copia de la misma y de los informes que lasustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 02174-2 S B S /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G54/G65/G61/G6D/G20/G4D/G61/G74/G65 RESOLUCIÓN SBS Nº 1173-2006 San Isidro, 14 de setiembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTO: El Informe Técnico Nº 002-2006-ST emitido por la Gerencia de Tecnologías de Información; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1149-2005, de fecha 4 de agosto de 2005, se exoneró el proceso de Adjudicación Directa Pública que le correspondía en función a su cuantía, la adquisición de las licencias informáticas del softwarede auditoría Team Mate a la empresa Price WaterhouseCoopers S.C.R.L., por tratarse de un bien que no admite sustitutos y que es proveído por un soloproveedor dentro del territorio nacional, conforme lo señala el literal e) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 144ºde la acotada norma legal;Que, mediante Memorándum Nº 008-2006-PSI de fecha 28 de junio de 2006, el Comité de Plataforma de Supervisión solicita a la Gerencia de Tecnologías de Información la adquisición de 50 licencias adicionales del software deauditoría Team Mate de acuerdo al pedido efectuado por las diversas áreas usuarias de este Superintendencia; Que, a fin de dar cumplimiento a lo señalado por el Decreto Supremo Nº 024-2006-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28612, Ley que norma el uso, adquisición y adecuación del software en la Administración Pública, laGerencia de Tecnologías de Información emite el Informe Técnico Nº 002-2006-ST el cual sustenta técnicamente la adquisición de las licencias adicionales del software de auditoría Team Mate que fuera adquirido anteriormente por esta Superintendencia, conforme se mencionó en el primer considerando; Que, se debe precisar además que la empresa Price WaterhouseCoopers, mediante carta de fecha 10 de agosto de 2006 remitida al Departamento de Logística, señala que dicha empresa ha sido designada por PwC Product Sales LLC, propietaria de todos los derechos y licencias del software de auditoría Team Mate, como la única entidaden el Perú autorizada a sub-licenciar el software en mención y brindar soporte a los clientes locales, de acuerdo con los términos establecidos en el acuerdo de licencia emitido por PwC Product Sales LLC; Que, de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Tecnologías de Información, el costo de adquisición de la totalidad de licencias a adquirir asciende a la suma de US$ 49 980,00 (Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Ochenta y 00/100 Dólares Americanos) por lo que de acuerdo a lacuantía antes señalada, correspondería convocar una Adjudicación Directa Selectiva, proceso del que se exoneraría por tratarse de bienes que no admiten sustitutos y que existe un proveedor único en el mercado local; Que, en mérito a lo anteriormente expuesto, se debe señalar que la adquisición que se propone se enmarca en lo dispuesto en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece que las adquisiciones de bienes y las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y existe un proveedor único, se encuentran exoneradas de los procesos de selección de Licitación, Concurso Público o Adjudicación Directa que le correspondan en función a su cuantía; Que, en concordancia con la precitada norma legal, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S.Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podrá contratar éstos directamente. Establece además que se considerará que existe proveedor único en los supuestos que por razones técnicas o relacionadascon la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad de un proveedor, como ocurre en el presente caso; Que, de acuerdo a lo expuesto, para optar por la figura de exoneración por la causal de adquisición de bien que no admite sustitutos, se debe cumplir con los siguientes requisitos: que dentro del territorio de la República no exista otro bien que se ajuste a los requerimientos previamente establecidos por la Entidad y que sólo pueda ser proveídopor un solo proveedor, dentro del territorio nacional, además de considerarse que en función de lo dispuesto por las normas existe un único proveedor cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos de autor o patentes, se haya establecido la exclusividad de un proveedor; Que, en este orden de ideas y en mérito a lo expuesto por el Comité de Plataforma de Supervisión en su Memorándum Nº 008-2006-PSI; a lo señalado por la Gerencia de Tecnologías de Información mediante su Informe Técnico Nº 002-2006-ST y a lo señalado por el propio proveedor en su carta de fecha 10 de agosto de2006, se puede concluir que el software de auditoría Team Mate es comercializado exclusivamente en el Perú por la empresa Price WaterhouseCoopers S.C.R.L., por lo que sehabría configurado la causal de exoneración; Que hay que mencionar que la exoneración, concebida como una excepción al principio que precisa que todaadquisición que realice una Entidad del Estado debe efectuarse a través de un proceso de selección, busca evitar la realización de un proceso de selección de manera