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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (10/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2007 351193 y rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertado; Que de acuerdo a la Ley Marco del Presupuesto Participativo, la cual regula en forma genérica el proceso y lo de fi ne como un mecanismo de asignación e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, para lo cual los Gobiernos Regionales y Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de sus presupuestos, así como la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. Que, el Decreto Supremo N° 171-2003-EF., Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, señala de fi niciones del Presupuesto Participativo, el plan de Desarrollo Concertado y sus principales actores, además de desarrollar cada una de las fases del proceso y regular aspectos no contemplados en forma expresa por Ley, como es el caso de los Comités de Vigilancia y Control del Presupuesto y Gestión de los Gobiernos Regionales y Locales. Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, establece los lineamientos para el desarrollo del proceso a través de un instructivo de emisión anual y de carácter referencial, en el que se propone una secuencia metodológica y se reconoce el carácter fl exible del proceso, en tanto debe tener la capacidad de adaptarse a la realidad y características propias de cada jurisdicción. Que, la Ordenanza Regional Nº 060-2007-GRJ/ CR, Aprueba El Reglamento para Normar la Mejora o Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2008. Que, el Artículo 84° del Reglamento Interno del Consejo Regional, dispone que las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo cuya fi nalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue. Así mismo dispone en su Artículo 109° literal. n), es su competencia pronunciarse sobre la aprobación de los Documentos de Gestión; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias Leyes Nºs 27902, 28961 y 28968, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONFORMACIÓN Y ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL DE JUNÍN” Primero.- APROBAR El Proyecto de Ordenanza Regional, que Aprueba el Reglamento de Conformación y Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional de Junín; que consta de cinco (5) Títulos, catorce (14) Capítulos, cuarenta y nueve (49) Artículos y cinco (5) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y un (1) Anexo, el mismo que se anexa y forma parte del presente dictamen. Segundo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional de lectura y Aprobación de Actas. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional Junín, a los 13 días del mes junio del año 2007. MOISÉS R. VASQUEZ CAICEDO AYRAS DelegadoConsejo RegionalPOR TANTO: Mando se regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la sede del Gobierno Regional Junín, a los 13 días del mes junio del año 2007. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO Presidente 94355-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Autorizan viaje del Alcalde a la ciudad de Arica, Chile, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 267-2007/MDB Breña, 6 de agosto del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑAVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de Agosto del 2007, C-7428-2007, referido a invitación de la Ilustre Municipalidad de Arica . CONSIDERANDO: Que mediante C-7428-2007 el Señor Carlos Valcarce Medina Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Arica hace una invitación al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña con el fi n de poner en práctica el Convenio de Hermanamiento fi rmado en Lima y de realizar las coordinaciones e intercambiar experiencias en materia de educación municipalizada, entre otros ámbitos en función al desarrollo de nuestras Ciudades. Que el Concejo Municipal ha visto por conveniente autorizar al Señor Alcalde a participar de tan importante evento a fi n de intercambiar experiencias para el fortalecimiento de los Gobiernos Locales. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, Inciso 11) de la Ley Nº. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Autorización al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, Señor JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD, a fi n realice el viaje a la Ciudad de Arica, respecto a la invitación y participación por parte de la Ilustre Municipalidad de Arica representado por su Alcalde el Señor Carlos Valcarce Medina, con el objeto de realizar las coordinaciones e intercambiar experiencias en materia de educación municipalizada, entre otros ámbitos en función al desarrollo de nuestras Ciudades, a celebrarse en Arica del 10 al 12 de Agosto del 2007 . Artículo Segundo.- Los gastos de representación y viáticos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo, serán sufragados por parte del Señor Alcalde José Antonio Gordillo Abad, no irrogando gasto alguno .a la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase.JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 94428-1