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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2007 351195 Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley No 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regulen mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos; Que, mediante Ley No 28056 - “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su Reglamento - Decreto Supremo No 171-2003-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, de acuerdo a lo normado en el Instructivo No 001-2007-EF.76 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008”, aprobado por Resolución Directoral No 008-2007-EF/76.01, se establecen disposiciones reglamentarias sobre el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2008; Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 7º de la Ley No 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Consejo de Coordinación Local Distrital, es el órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, estableciéndose en su artículo 104º las funciones de coordinación y concertación en la Programación del Presupuesto Participativo y la Plani fi cación del Desarrollo Concertado; Que, mediante Ordenanza No 055-2003-MDI, se aprobó el “Reglamento de Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Independencia”; Que, conforme a lo señalado en el artículo 9º numeral 14) de la Ley No 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal; Que, en este contexto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, estableciendo el cronograma mínimo para el desarrollo de las acciones del proceso de Programación y Concertación del Presupuesto Participativo para el Año 2008; Que, estando a la propuesta de Ordenanza que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo 2008 presentada por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, que ha merecido la opinión favorable de la División de Participación Vecinal de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social y de la Unidad de Asesoría Legal; Con el voto aprobatorio de los señores Regidores, con la dispensa del trámite de comisión, lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Estado y en los artículos 9º numerales 8) y 14), 39º y 40º de la Ley Nº 29792 - “Ley Orgánica de Municipalidades”; APROBÓ LA SIGUIENTE ORDENANZA:Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA, que consta de VEINTINUEVE (29) artículos y CINCO (05) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Forma parte de la presente Ordenanza el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008. Artículo Tercero.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Administración de Recursos, Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, Gerencia de Gestión Urbana, Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos y O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA” TÍTULO I GENERALIDADES Capítulo I Finalidad, Objetivos, Alcance, Base Legal y Defi niciones Básicas Artículo 1º.- Finalidad La Presente Ordenanza tiene por fi nalidad normar el proceso del desarrollo de la programación y concertación mediante el sistema de organización y dinámicas del proceso de interacción entre la Municipalidad Distrital de Independencia y la Sociedad Civil de la jurisdicción distrital, promoviendo una verdadera democracia participativa, con relación al proceso del Presupuesto Participativo 2008, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20º de la Ley No 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, artículo 32º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo 53º de la Ley No 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y Ley No 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo No 171-2003-EF; poniendo a disposición de todos los Agentes Participantes del Proceso Participativo el presente Reglamento, que contiene orientaciones para el desarrollo articulado del Proceso Participativo para el año Fiscal 2008. Articulo 2º.- Objetivos El proceso del Presupuesto Participativo, al igual que el de Planeamiento del Desarrollo Concertado, tiene como objetivo general: Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utiliza los mecanismos de democracia directa y democracia representativa, generando compromisos y responsabilidades compartidas. Para ello deberá tenerse en cuenta los Principios Rectores que señalan la Ley y en especial los mencionados en el Artículo 6º del presente Reglamento. El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos especí fi cos: a) Mejorar la e fi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Independencia y los planes sectoriales y nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fi scal, concertación y paz en la sociedad. b) Promover la democracia participativa y la descentralización de las decisiones de la gestión municipal en la inversión. c) Recoger las demandas de los vecinos de Independencia y plasmarlas en forma prioritaria, dentro del programa de Inversión Municipal para su consiguiente ejecución. d) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y actores en la implementación de las acciones del estado y la sociedad en su conjunto. e) Fijar prioridades en la inversión pública, estableciendo un orden de prelación para la ejecución