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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2007 351194 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Exoneran de pago de derecho de trámite de matrimonio civil para la realización de Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2007 ORDENANZA Nº 140-2007-MDI Independencia, 31 de julio de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 308-2007-UAL de fecha 26 de julio de 2007 sobre Exoneración del Pago por Derecho de trámite de Matrimonio Civil a las parejas contrayentes que participen en el Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2007 en el distrito de Independencia, y; CONSIDERANDO: Que los derechos de pago por trámite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado por Ordenanza Nº 117- MDI de fecha 22 de marzo de 2006; Que de conformidad con el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a través de la Ordenanza crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; Que dentro de los derechos sociales y económicos que regula el Capítulo II del Título I de la Constitución Política del Perú, se señalan en el artículo 4º que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndolo como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población de acuerdo a lo regulado en el artículo 73º numeral 6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, esto es, plenas facultades para decidir con autonomía la regulación de sus propios mecanismos administrativos para implementar las decisiones de gestión; Que, la municipalidad tiene prevista la realización de una ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, denominada “III Matrimonio Civil Comunitario 2007” programado para el domingo 23 de setiembre de 2007; Que la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe Nº 308-2007-UAL señala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones a las tasas aprobadas mediante sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPAS), conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento jurídico, por tal razón resulta PROCEDENTE la aprobación de la exoneración del pago de la tasa por derecho de trámite de Matrimonio Civil, a efectos de brindar a la población mayor acceso a la participación en el “III Matrimonio Civil Comunitario 2007”; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal por unanimidad, con dispensa del trámite de comisión, lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA EXONERACION DE PAGO DE DERECHO DE TRÁMITE DE MATRIMONIO CIVIL PARA LA REALIZACION DEL TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007 Artículo Primero.- ESTABLECER la EXONERACIÓN del Pago por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil para el Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2007 a realizarse el 23 de setiembre del presente año en el distrito de Independencia, disponiéndose un pago único reducido de S/.80.00 (OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General a través del Área de Registro Civil, Área de Trámite Documentario y Unidad de Imagen Institucional, Gerencia Municipal y Gerencia de Administración de Recursos el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ESTABLECER que mediante Decreto de Alcaldía se dicten las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 94612-1 Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 de la Municipalidad ORDENANZA Nº 141-MDI Independencia, 1 de Agosto de 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Julio, continuada el 01 de Agosto de 2007 el Informe No 127-2007-0PPR/MDI de fecha 12 de junio de 2007 emitido por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización e Informe No 027- 2007-GM/MDI sobre Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley No 27680 - “Ley de Reforma Constitucional”, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley No 27783 - “Ley de Bases de la Descentralización” en su artículo 17.1 dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo, Presupuestos y en la Gestión Pública; Que, la Ley No 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, en su artículo 53º establece que las municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción;