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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (22/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2007 351944 Emergencia: Toda situación generada por la ocurrencia de un evento, que requiere una movilización de recursos. Una Emergencia puede ser causada por un incidente, un accidente, un siniestro o un desastre. Empresa Autorizada: Persona natural o jurídica autorizada para realizar Actividades de Hidrocarburos, en calidad de Contratista, Concesionario u operador. Enfermedad Profesional (Enfermedades Ocupacionales): Alteración de la salud que evoluciona en forma aguda o crónica, ocasionada como consecuencia del trabajo desempeñado o por agentes físicos, químicos o biológicos presentes en el ambiente de trabajo, de acuerdo con la relación de Enfermedades Profesionales señaladas en la legislación vigente. Estudio de Riesgos: Aquél que cubre aspectos de Seguridad en las Instalaciones de Hidrocarburos y en su área de in fl uencia, con el propósito de determinar las condiciones existentes en el medio, así como prever los efectos y las consecuencias de la instalación y su operación, indicando los procedimientos, medidas y controles que deberán aplicarse con el objeto de eliminar condiciones y actos inseguros que podrían suscitarse. Explosión de nubes de vapor no con fi nadas (Uncon fi ned Cloud Vapor Explosion - UCVE): Defl agración explosiva de una nube de gas in fl amable que se halla en un espacio amplio, cuya onda de presión alcanza una sobrepresión máxima del orden de 1 bar en la zona de ignición. Higiene Ocupacional : Es la prevención y control de los factores ambientales que surgen en el lugar de trabajo y que pueden propiciar enfermedades, incapacidad y/o inefi ciencia de los trabajadores. Incidente: Es el suceso eventual e inesperado que no ocasiona lesión alguna a los trabajadores, ni daños a equipos, instalaciones o al ambiente. Su investigación permitirá identi fi car situaciones de riesgos desconocidas o infravaloradas hasta ese momento e implantar medidas correctivas para su control. Instalación de Hidrocarburos: Planta, local, estructura, equipo o embarcación, utilizados para buscar, extraer, producir, re fi nar, procesar, almacenar, transportar, distribuir y comercializar Hidrocarburos. Dentro de las Instalaciones de Hidrocarburos se comprende a los emplazamientos en super fi cie y en subsuelo, en el zócalo continental o mar adentro. Listado: Equipos o materiales incluidos en una lista publicada por una organización aceptada por la Autoridad Competente y relacionada con la evaluación del producto y/o conjuntos, que ejerce inspección periódica de la producción del equipo o materiales Listados y que se encuentran en niveles apropiados o han sido examinados y encontrados adecuados para ser utilizados. Materiales Peligrosos: Compuestos gaseosos, líquidos o sólidos que podrían ocasionar incendios, explosiones y/o daños al Personal, al público en general o al ambiente. Permiso de Trabajo: Es un documento escrito por el cual se autoriza a desarrollar actividades como inspección, mantenimiento, reparación, instalación o construcción, entre otros; bajo ciertas condiciones de seguridad, en un período de tiempo de fi nido y sin el cual no se podrán empezar los trabajos. Esta autorización estará predeterminada en el tiempo y el área en donde se desarrollarán los trabajos, indicando en el documento la constancia de las medidas de seguridad a realizarse para la ejecución de los trabajos. Personal: Persona natural vinculada con la Empresa Autorizada, a través de un contrato de trabajo o de servicios. Plan de Contingencia: Instrumento de gestión elaborado para actuar en caso de derrames de Hidrocarburos, sus derivados o Material Peligroso y otras Emergencias tales como incendios, Accidentes, explosiones y desastres naturales. Asimismo, se considera la de fi nición establecida en la Ley Nº 28551, Ley que establece la obligación de elaborar y presentar Planes de Contingencia. Primeros Auxilios: Cuidados y medidas inmediatas que se deben brindar a una persona accidentada o enferma, hasta que ésta reciba atención médica profesional, si fuese necesario. El primer auxilio comprende también las técnicas de estabilización de los accidentados para proceder con su rescate y/o traslado a un Centro Médico. Procedimiento de Trabajo y Per fi l de Seguridad: Documento que establece la secuencia de acciones, forma correcta de ejecución, equipo de seguridad requerido y demás información necesaria para realizar cada trabajo especí fi co de manera segura (per fi l de seguridad), protegiendo la salud de los trabajadores y al medio ambiente. Programa Anual de Actividades de Seguridad (PAAS): Es un documento de periodicidad anual, que contiene los objetivos y actividades a desarrollarse, conducentes al logro y mantenimiento de las condiciones óptimas de Seguridad. El PAAS comprende como mínimo la capacitación del RISI y el Plan de Contingencia. Rebosamiento: Fenómeno físico-químico que ocurre durante un incendio. Existen tres mecanismos de rebosamiento de los líquidos combustibles dependiendo de ciertas causas y circunstancias: a.Rebosamiento por ebullición o sobre ebullición. (Boilover): Expulsión violenta y repentina de una porción o de todo el Hidrocarburo Líquido en el tanque, debido a la ebullición. b.Rebosamiento espumoso o sobre espumeo (Frothover) : Espumar constante y lento sobre el borde de un tanque sin la acción violenta y repentina que ocurre en el Boilover. c.Rebosamiento super ficial o sobre derrame (Slopover): Derrame brusco y de corta duración de espuma sobre el borde del tanque, generalmente de poca intensidad, lo que lo distingue del largo, lento y continuo Frothover . Reglamento Interno de Seguridad Integral (RISI): Documento desarrollado por la propia Empresa Autorizada que contiene las normas y disposiciones propias de cada actividad especí fi ca de Hidrocarburos destinadas a regular el curso del trabajo, a fi n de que éste se desarrolle en óptimas condiciones de Seguridad, de acuerdo con la realidad de la zona. Seguridad: Las disciplinas y el conjunto de Normas Técnicas, estándares y disposiciones nacionales y/o internacionales aplicables y buenas prácticas tendientes a prevenir, eliminar y/o controlar las posibles causas de Accidentes, daños al ambiente, riesgos industriales y/o Enfermedades Profesionales a las que está expuesto el Personal y las Instalaciones de Hidrocarburos en las Actividades de Hidrocarburos. Servicio de Protección Contra Incendio: Organización o servicio que cuenta con Personal capacitado para operar equipos de control de incendios y otras Emergencias. Siniestro: Para efectos del presente Reglamento, se considera siniestro al evento inesperado que causa severo daño al Personal, equipo, instalaciones, ambiente y/o pérdidas en el proceso extractivo, productivo, de almacenamiento, entre otros. Entre los principales siniestros reportables, se tendrán en cuenta los siguientes: - Incendios. - Explosiones.- Sismos.