Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2008 (01/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 1 de agosto de 2008

publicos y otros, asi como los originados por acciones complementarias efectuadas y por donaciones y legados, para el cumplimiento del PSL. c) Distribuir en forma equitativa entre todos los establecimientos de salud de la CLAS, los recursos financieros y otros obtenidos por diversas MORDAZA, favoreciendo a la poblacion mas necesitada. d) Desarrollar y ejecutar el plan anual de mantenimiento adecuado de la infraestructura, vehiculos y equipos existentes en el establecimiento asignado a las CLAS. e) Brindar los medios para cumplir con otras responsabilidades vinculadas con las necesidades sanitarias locales y que seran acordadas por las partes en el Convenio de Cogestion. f) Colocar a disposicion de las autoridades de salud local y/o regional los recursos disponibles que MORDAZA necesarios para su mitigacion, por situaciones de emergencias o desastres. g) Otras responsabilidades vinculadas con las necesidades sanitarias locales y acordadas por las partes en el convenio de cogestion. Articulo 82º.- Solucion de con ictos En el MORDAZA de lo establecido por el articulo 15º de la Ley, la DIRESA tomara conocimiento del conflicto y se avocara al caso conformando una Comision Especial conformada entre otros, por el responsable del area de Asesoria Juridica y el responsable de la Cogestion CLAS de la DIRESA, para que en un plazo de siete dias habiles resuelva; su resolucion podra ser recurrida ante el Gobierno Regional dentro de los siete dias habiles de conocida la resolucion. El Gobierno Regional nombrara una Comision Especial que se avocara al conocimiento y emitira resolucion en un plazo no mayor a 5 dias habiles. Las partes podran recurrir ante el fuero comun en ejercicio de su derecho de defensa. Articulo 83º.- Resolucion. El Convenio de Cogestion queda resuelto por consenso entre las partes, previa evaluacion y acta aprobatoria por la Asamblea General, bajo las siguientes causales: a) Incumplimiento de las responsabilidades descritas en la Ley, el presente Reglamento y el Convenio de Cogestion. b) Cuando en la verificacion administrativa y/o contable, se concluye que la CLAS, sin autorizacion de la DIRESA y sin sustento tecnico, ha destinado los recursos que se le ha trasferido en administracion a un fin distinto a lo establecido en el PSL. c) Cuando la CLAS incumpla en forma reiterada con lo estipulado en los documentos normativos para la atencion integral de salud, despues que se comprueba que han recibido todos los recursos necesarios. d) Por incumplimiento de los plazos estipulados en el convenio para la rendicion de cuentas a la Asamblea General. e) Las partes comunican este hecho al Gobierno Regional, adjuntando MORDAZA del documento por el cual consta el acuerdo de resolucion del Convenio de Cogestion; el Gobierno Regional en un plazo MORDAZA de siete dias habiles bajo responsabilidad, emite el documento que lo declara resuelto. Articulo 84º.- Procedimiento posterior a la Resolucion El Gobierno Regional, a traves de sus unidades ejecutoras existentes en el ambito de la CLAS, administra transitoriamente los recursos asignados a la CLAS en base a un plan de ejecucion, bajo responsabilidad funcional a favor de los establecimientos de salud que conforman la CLAS, hasta que se suscriba un MORDAZA convenio, en un plazo no mayor a seis meses en coordinacion con las tres partes involucradas. Los bienes de las CLAS son administrados en el periodo transitorio por el Gobierno Regional. TITULO VII DEL PLAN DE SALUD LOCAL Articulo 85º.- De nicion Es el documento de gestion participativa y concertada de vigencia anual, su MORDAZA de elaboracion es conducido

por la CLAS y los jefes de sus establecimientos de salud, de conformidad con las normas tecnicas del MINSA; orienta las intervenciones sanitarias hacia la solucion de las necesidades de salud locales priorizadas y se vincula con los Planes Concertados de Desarrollo Local, asi como con la Politica Nacional de Salud, involucrando intervenciones comunitarias de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion de la salud. Articulo 86º.- Aspectos metodologicos para la elaboracion participativa y concertada del PSL El PSL se desarrolla segun la MORDAZA tecnica emitida por el Gobierno Regional adaptada en base a los lineamientos metodologicos del MINSA, MORDAZA en el cual, el Gobierno Regional brinda asistencia tecnica especializada a las CLAS para la elaboracion del PSL. Las instancias del Gobierno Regional y Local garantizan el desarrollo del MORDAZA de planeamiento participativo en salud en forma oportuna, para su articulacion tecnica y financiera con los otros procesos de planeamiento regional y local, como el Presupuesto Participativo y los Planes de Desarrollo Concertados. La articulacion del PSL a los programas o proyectos funcionales se efectuara considerando el Presupuesto por Resultados. Articulo 87º.- Fases del MORDAZA de formulacion del PSL El Plan de Salud Local, tiene dos fases: a) Fase de Planeamiento Estrategico Participativo de Salud, que se realiza en base al Analisis de Situacion de Salud Local - MORDAZA Local, que a su vez se formula en base a la normatividad del MINSA. En esta fase se establecen las prioridades y las intervenciones sanitarias locales, es conducida por Asamblea General de la CLAS, se formula cada 3 anos y es objeto de monitoreo y evaluacion por las partes firmantes del Convenio de Cogestion. El Planeamiento Estrategico Participativo, se articula con el Plan de Desarrollo Concertado Local y con los Presupuestos Participativos regionales y locales. b) Fase de Programacion de Salud Local, donde se programan las actividades que deben ejecutarse anualmente, en concordancia con los objetivos del Planeamiento estrategico Participativo de Salud; es responsabilidad del Gerente de la CLAS. En esta fase, el PSL se articula con los Planes Operativos Anuales de la Municipalidad, de la red de Salud y de la DIRESA o la que haga sus veces. Articulo 88º.- Aprobacion del PSL Las prioridades e intervenciones sanitarias identificadas en la fase de Planeamiento Estrategico Participativo de Salud, son aprobadas por la Asamblea General de la CLAS, cuyo quorum en primera convocatoria es la totalidad de sus miembros, y en una MORDAZA convocatoria la mitad mas uno. El Consejo Directivo gestiona el Plan Estrategico ante el Gobierno Local y el Gobierno Regional para su incorporacion en los planes correspondientes. TITULO VIII LINEAMIENTOS PARA LA GESTION DE LOS RECURSOS HUMANOS CAPITULO I Regimenes laborales administrados por la CLAS Articulo 89º.- Administracion de recursos humanos en las CLAS Las CLAS en concordancia con las normas tecnicas y administrativas del MINSA y del Gobierno Regional, administran dos tipos de recursos humanos: el personal contratado al MORDAZA de la legislacion laboral aplicable a la actividad privada regulada por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 de acuerdo con su naturaleza juridica, y el personal sujeto a la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de remuneraciones del Sector Publico, normado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento. La CLAS solo podra realizar contratos administrativos de servicios, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 1057 cuando se requiera servicios de personas a tiempo completo no relacionados a actividades asistenciales, aprobadas en Acta de Asamblea General.

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