Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM y el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico y asimismo indican que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; por lo cual procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde a la contratacion que se requiere; Que, asimismo segun lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion; dicha Resolucion debe ser publicada en el diario oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision y en el SEACE; asimismo, una MORDAZA de la mencionada Resolucion y de los informes que la sustentan deberan ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa PRICEWATERHOUSECOOPERS S. CIVIL DE R.L., para la adquisicion y contratacion del servicio de soporte de licencias del software TeamMate, por la causal de bienes o servicios que no admiten sustitutos y proveedor unico, prevista en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo valor referencial asciende a la suma de US$ 156,330.30 (Ciento Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta y 30/100 Dolares Americanos), incluido todo concepto, gasto y tributo. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los mencionados servicios mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y publique la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision, asi como en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 296268-1

UNIVERSIDADES

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2008-II de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 1320-2008-R Callao, 16 de diciembre de 2008 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

Visto el Oficio N° 1109-2008-OASA (Expediente Nº 132029) recibido el 01 de diciembre de 2008, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita se autorice la Exoneracion Nº 007-2008-UNAC, del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva para la "Contratacion en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2008-II de la Universidad Nacional del Callao (Radios: Moda 97.3 y La Nueva Q 107.1, Diarios: El Trome, El Callao y El Comercio)", por un valor referencial de S/. 77,251.82 (setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 82/100 nuevos soles), incluido IGV. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por Resolucion N° 044-2008R de fecha 25 de enero de 2008 se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2008, habiendose considerado en el mismo la "Contratacion en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2008-II de la Universidad Nacional del Callao (Radios: Moda 97.3 y La Nueva Q 107.1, Diarios: El Trome, El Callao y El Comercio)", mediante un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, el numeral 2) de la VI) Disposicion Especifica de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE aprobado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE de fecha 29 de diciembre 2003, establece que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones debera contener, obligatoriamente, las Licitaciones y Concursos Publicos, asi como las Adjudicaciones Directas Publicas y Selectivas que se convocaran en el ano fiscal, aun cuando se trata de una MORDAZA Convocatoria o una posterior; Que, el Art. 13º, numeral 13.1 Inc. b) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley N° 29142, senala los montos para la determinacion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion de Servicios, indicando Adjudicacion Directa si el monto referencial es inferior a sesenta (60) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/. 210.000.00 (doscientos diez mil nuevos soles); Que, los Arts. 14º y 16° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordantes con el Art. 77° Inc. 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006EF, establecen que el MORDAZA de seleccion por la modalidad de Adjudicacion Directa se convoca para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras, conforme a los margenes establecidos por las normas presupuestarias; indicando Adjudicacion Directa Selectiva cuando el monto de la adquisicion o contratacion es igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso;

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