Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, el Art. 19°, Inc. f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM, cuyo Art. 145°, precisa que en la clasificacion de servicios personalisimos se encuentran expresamente incluidos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; que es el presente caso; Que, el Art. 20° del Texto Unico Ordenado y los Arts. 146° y 147° del Reglamento de la Ley citada, indican que en el caso de Exoneracion de MORDAZA de seleccion se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y el informe que las sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion; adicionalmente deberan publicarse en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, el Art. 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, senala que MORDAZA de convocar a procesos de seleccion, la Entidad debera contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Informe Tecnico Nº 07-OASA-2008 del 01 de diciembre de 2008, con cuyo sustento solicita se apruebe la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la "Contratacion en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2008-II de la Universidad Nacional del Callao (Radios: Moda 97.3 y La Nueva Q 107.1, Diarios: El Trome, El Callao y El Comercio)", por un valor referencial de S/. 77,251.82 (setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 82/100 nuevos soles), incluido IGV; Que, el Art. 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respecto al procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, tambien establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; asimismo, la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad; la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; Estando a lo glosado; al Informe Tecnico Nº 07OASA-2008 de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de fecha 01 de diciembre de 2008; al Informe N° 900-2008-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 05 de diciembre de 2008; al Informe Nº 2406-2008UPEP/OPLA y Proveido Nº 1950-2008-OPLA recibidos de la Oficina de Planificacion el 09 de diciembre de 2008; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- APROBAR la EXONERACION Nº 007-2008-UNAC del MORDAZA de seleccion por la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva para la "Contratacion en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2008-II de la Universidad Nacional del Callao (Radios: Moda 97.3 y La Nueva Q 107.1, Diarios: El Trome, El Callao y El Comercio)", por un valor referencial total de S/. 77,251.82 (setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 82/100 nuevos soles), incluido el IGV.

2º.- DISPONER que el plazo de exoneracion para la difusion en cada medio de comunicacion sea: 15 (quince) dias de publicidad radial en Radio Moda 97.3, 10 (diez) dias de publicidad radial en Radio La Nueva Q 107.1, tres (03) dias de publicidad escrita en el diario El Trome, un (01) dia de publicidad escrita en el diario El Callao y un (01) dia de publicidad escrita en el diario El Comercio. 3º.- AUTORIZAR a la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares para que lleve a cabo la mencionada contratacion en forma directa, mediante acciones inmediatas, lo cual debe sujetarse a lo prescrito en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y demas normatividad vigente; y, procedan a la contratacion de los referidos servicios de publicidad, por el monto total de hasta S/. 77,251.82 (setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 82/100 nuevos soles), incluido el IGV. 4º.- DISPONER, que a traves de la Oficina General de Administracion el egreso que origine la presente Resolucion se afecte al Programa 029: "Educacion Superior", Sub programa 0076: "Superior Universitaria", Actividad 1000199: "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3000498: "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 68: "Publicidad", con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central. 5º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion al CONSUCODE, SEACE, Vicerrectores, Facultades, Escuela de Posgrado, Organo de Control Institucional, Oficina de Planificacion, Oficina de Asesoria Legal; Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General de Administracion, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, ADUNAC, e interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MEREA MORDAZA Rector 296252-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Modifican entrada en vigencia del Acuerdo PROINVERSION Nº 156-052006 y disponen acciones que deberan realizar las empresas conformantes del Grupo Distriluz
ACUERDO PROINVERSION N° 261-01-2008 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSION en su Sesion N° 261 de fecha 05 de diciembre de 2008 "De acuerdo con lo solicitado por el Presidente del Grupo Distriluz mediante comunicacion N° PD-304-08 de fecha 28 de noviembre de 2008 y lo dispuesto en el Informe Legal N° 1041-2008-OAJ-LHP de fecha 03 de diciembre de 2008, se decide: 1.- Modificar la entrada en vigencia del Acuerdo PROINVERSION N° 156-05-2006 de fecha 18 de octubre de 2006, prorrogado mediante Acuerdo PROINVERSION N° 161-04-2006 de fecha 19 de diciembre de 2006, Acuerdo PROINVERSION N° 212-01-2007 de fecha 18 de diciembre de 2007 y Acuerdo PROINVERSION N°

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