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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2008 366000 el nuevo contrato de servicios, como consecuencia del proceso de adquisición que se tramita, fi jándose un monto contractual máximo de hasta S/.2’047,283.71 (Dos Millones Cuarenta y Siete Mil Doscientos Ochenta y Tres y 71/100 Nuevos Soles), egreso que se afectará con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logística de la realización del proceso de selección correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar la contratación del Servicio de Vigilancia en la Zona Lima y Callao, mediante una acción inmediata, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones mínimas requeridas en las Bases, dejando constancia que si antes del plazo de 180 días, se logra suscribir el nuevo contrato de servicio, la situación de Desabastecimiento inminente concluirá en dicha oportunidad. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones correspondientes al deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme a lo dispuesto en los artículos 21º, segundo párrafo y 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer se efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el SEACE, remitiéndose copia de la misma y de los informes pertinentes, a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logística, Finanzas y Ofi cina de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 161023-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. la conversión y apertura de oficina y agencias en los departamentos de Lambayeque y Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 154-2008 Lima, 25 de enero de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., para que se le autorice la conversión de su Ofi cina Especial en Agencia, ubicada en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente que justifi ca la autorización solicitada; Que mediante Resolución SBS Nº 533-98 del 29.5.1998 se autorizó a la CMAC Piura la apertura de dos (2) Ofi cinas Especiales, una de las cuales, materia de conversión, está ubicada en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B”, mediante el Informe Nº 006-2008-DEM “B”; y, De conformidad con la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en la Circular Nº CM-0334-2005 y sus modifi catorias y en virtud de las facultades delegadas por las Resoluciones SBS Nº 1096-2005 y Nº 1162-2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. la conversión de su Ofi cina Especial en Agencia ubicada en la Av. José Balta Nº 1615 y 1623, del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas (e) 160048-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 155-2008 Lima, 25 de enero de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (en adelante Caja Municipal de Piura) para que se le autorice la apertura de una agencia en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B” mediante el Informe Nº 009-2008-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº CM-0334-2005, y en virtud de las facultades delegadas por las Resoluciones SBS Nº 1096-2005 y Nº 1162-2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Piura la apertura de una oficina en modalidad de agencia ubicada en el Centro Comercial Real Plaza con Nº CF-04 con frente a la Av. Miguel de Cervantes, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas (e) 160048-2 RESOLUCIÓN SBS Nº 156-2008 Lima, 25 de enero de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS