Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2008 (06/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual nivel en la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de Arequipa. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 160903-4

cedulas de notificacion a las personas naturales domiciliadas en las Provincias de Chincha, Ica y Pisco. Articulo Segundo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y a la Corte Superior de Justicia de Ica, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 160903-1

Exoneran de la obligacion de pago de aranceles y de cedulas de notificacion a las personas naturales domiciliadas en las provincias de Chincha, Ica y MORDAZA hasta el 30 de junio
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 016-2008-CE-PJ MORDAZA, 24 de enero del 2008 VISTO: El Oficio Nº 026-2008-LAMN-CE/PJ, cursado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el dia 15 de agosto del 2007 se produjo un terremoto con epicentro localizado en el mar de la MORDAZA de MORDAZA, que ocasiono la perdida de vidas humanas, numero considerable de heridos, serios danos a la infraestructura de viviendas y locales de dependencias publicas y privadas, entre otros; Segundo: Que, a fin de contribuir a aliviar la situacion de emergencia presentada, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolucion Administrativa Nº 2162005-CE-PJ, de fecha 04 de setiembre del ano proximo pasado, dispuso la exoneracion del pago de aranceles judiciales y de cedulas de notificacion a las personas naturales domiciliadas en las zonas declaradas en Estado de Emergencia, a que se refiere los Decretos Supremos Nros. 068- 2007-PCM, 071-2005-PCM y 075-2007-PCM, beneficio que se mantuvo hasta el 31 de diciembre ultimo; Tercero: Que, las condiciones que determinaron la concesiondelaexoneracionaunsubsisten,fundamentalmente en las Provincias de Chincha, MORDAZA e Ica; y, en tanto puedan ser superadas tal situacion de emergencia, resulta necesario adoptar medidas de profundo contenido social y de caracter transitorio, con la finalidad de facilitar el acceso al servicio de administracion de justicia a la poblacion afectada por el fenomeno natural; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en el articulo 82°, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, sin la intervencion de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz por encontrarse de licencia, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar hasta el 30 de junio del ano en curso de la obligacion del pago de aranceles judiciales y de

Disponen que cuando la Primera Sala Especializada Penal para procesos con reos en carcel de MORDAZA expida auto de enjuiciamiento en el Expediente Nº 2005, asuma a exclusividad la tramitacion del referido MORDAZA penal
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 018-2008-CE-PJ MORDAZA, 24 de enero del 2008 VISTO: El Oficio N° 66-2008-P-CSJLI/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitiendo la propuesta presentada por la Presidenta de la Primera Sala Especializada Penal para procesos con reos en carcel de Lima; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Oficio N° 20-05-1°SPRCL, la Presidenta de la Primera Sala Especializada Penal para procesos con reos en carcel de MORDAZA, informa a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que ante el mencionado organo jurisdiccional se viene tramitando el Expediente N° 20-2005, seguido contra Antauro MORDAZA Humala Tasso y otros, MORDAZA con caracter complejo que consta de 173 procesados, 59 tomos y 27,394 folios; por ello, solicita que se gestione ante este Organo de Gobierno la remision del referido expediente a una Sala Especial que tenga las condiciones necesarias tanto de recursos humanos como de infraestructura, para el normal desarrollo de las actuaciones jurisdiccionales; Segundo: Que, el articulo 18° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que por necesidad del servicio y en razon a la carga procesal, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puede encomendar a los magistrados procesos de materias afines a su especialidad; en consecuencia, por la naturaleza compleja del aludido MORDAZA penal, resulta necesario impartir las medidas pertinentes para brindar un servicio de administracion de justicia oportuno; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervencion de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz por encontrarse de licencia, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero: Disponer que cuando la Primera Sala Especializada Penal para procesos con reos en carcel de MORDAZA expida auto de enjuiciamiento en el Expediente N° 20-05, seguido contra Antauro MORDAZA Humala Tasso y otros por delito de Homicidio calificado

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