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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (17/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2008 366833 En el plazo de 30 días naturales siguientes, el Comité evaluará las propuestas presentadas, debiendo en la fecha prevista realizar el acto público de otorgamiento de la Buena Pro. Artículo 29º.- Para la presente sección es de aplicación supletoria las normas contenidas en la sección primera del presente capítulo. CAPÍTULO TERCERO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Artículo 30º.- La convocatoria a Licitación Pública Especial deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro diario de amplia circulación del lugar donde se efectúe la convocatoria, por dos (02) días consecutivos y en la página web de la entidad, mientras dure el proceso de promoción. Cuando se trate de una Licitación Pública Especial Internacional, la convocatoria podrá publicarse en los diarios de los países en los cuales, a juicio del Comité, existan eventualmente interesados en el proceso de promoción. Artículo 31º.- La convocatoria indicará: a) ESSALUD como organismo promotor. b) La descripción de la obra o del servicio. c) El lugar, la oportunidad y el precio al que pueden ser adquiridas las bases. d) El plazo para la presentación de las propuestas, el cual no podrá ser menor a cuarenta y cinco (45) días naturales, contado a partir de la fecha en que se realizó la segunda publicación de la convocatoria, plazo que podrá ser prorrogado a consideración del Comité. e) El lugar, la fecha y hora del Acto de Recepción de Propuestas; y, f) El lugar y la fecha límite para la presentación y absolución de consultas de los postores. Artículo 32º.- Las bases de la Licitación Pública Especial contendrán los aspectos que a continuación se indican: a) Calendario proceso de promoción. b) Las condiciones contractuales, técnicas y económicas. c) La especifi cación de la obra y los servicios, con los requerimientos técnicos mínimos para su diseño y ejecución, o ejecución y explotación, según corresponda. d) La ubicación geográfi ca y el área de infl uencia de la obra. e) Los antecedentes que deben acompañar los postores en sus propuestas. f) La fecha límite para la presentación de las propuestas. g) Los plazos para que los postores efectúen consultas o soliciten aclaraciones sobre las bases. h) El sistema de evaluación para determinar la propuesta más conveniente, en base a criterios objetivos. i) La necesidad de presentar un estudio de impacto ambiental que la obra pudiera ocasionar, cuando corresponda de acuerdo a la legislación vigente. j) Proyecto de contrato. k) El régimen de garantías.l) El monto de los gastos incurridos en la elaboración de la iniciativa, de ser el caso. m) El plazo máximo de ejecución de la obra y/o servicio; y, n) Las estipulaciones relativas a los plazos de inicio y término de la obra y el cronograma general de su ejecución y explotación del proyecto. Las bases y su modifi catoria mediante circular, de ser el caso, deberán estar publicadas en la página web de la entidad. Artículo 33º.- Las consultas o aclaraciones que sobre las bases formulen los postores deberán ser absueltas en forma escrita por el Comité y puestas a disposición de todos los postores a más tardar cinco (05) días hábiles anteriores a la fecha del acto de recepción de las propuestas. La absolución de consultas o aclaraciones será publicada en la página web de la entidad dentro de las 24 horas de emitida.Las respuestas a las consultas formuladas también forman parte de las Bases. Artículo 34º.- Excepcionalmente, el Comité podrá postergar la fecha del Acto de Recepción de Propuestas indicado en la convocatoria. En este caso, el aviso de nueva fecha se realizará por los mismos medios utilizados para la convocatoria. Artículo 35º.- En el lugar, día y hora fi jados en la convocatoria se realizará el Acto de Recepción de Propuestas ante Notario Público quien certifi cará la documentación presentada y dará fe del acto. Artículo 36º.- El Órgano de Control Interno de ESSALUD podrá acreditar a un representante para asistir al Acto de Recepción de Propuestas. Artículo 37º.- Las propuestas se presentarán a la mano, en sobres cerrados y serán leídas públicamente. A la hora indicada en la convocatoria, se abrirá el primer sobre. A partir de ese momento no se recibirá propuesta alguna. El Comité rechazará en el acto las propuestas con enmendaduras, borraduras o correcciones, así como aquellas que no incluyan todos los requisitos exigidos por las Bases. Durante el Acto de Recepción de Propuestas, los postores podrán formular observaciones. En el mismo acto, el Comité resolverá las observaciones y tomará decisión fundamentada sobre ellas. Artículo 38º.- Terminado el Acto de Recepción de Propuestas se levantará un acta que será fi rmada por todos los miembros del Comité, el Notario Público y el representante del Órgano de Control Interno, de haberlo solicitado; así como los asistentes que deseen hacerlo. Artículo 39º.- En el acta constará: a) El lugar, día y hora de la realización del acto. b) El número y los nombres de las personas que presentaron propuestas. c) Los nombres de las personas que participan del acto. d) Las propuestas presentadas, así como los documentos recibidos. e) Las observaciones formuladas; y , f) Las resoluciones, en su caso. Artículo 40º.- El Comité procederá a evaluar y califi car las propuestas, teniendo en consideración el sistema de evaluación establecido en las Bases y criterios objetivos tales como: a) El nivel tarifario, su estructura, fórmula de reajuste y de revisión; b) El plazo de ejecución y entrega de la obra y/o servicio; c) La oferta fi nanciera; d) Los ingresos garantizados por ESSALUD;e) El compromiso de riesgo asumido por el proponente respecto del costo del proyecto y las situaciones imprevistas durante la ejecución y explotación de la obra; seguros, aportes de capital y otras garantías que conforman el respaldo fi nanciero para afrontar dichos riesgos; f) Los servicios complementarios ofrecidos; g) Los pagos que pudiera realizar el adjudicatario a favor de ESSALUD; y h) Consideraciones de carácter ambiental y ecológico. Artículo 41º.- El Comité deberá pronunciarse dentro de un plazo que no excederá de treinta (30) días naturales. Artículo 42º.- El Comité podrá solicitar a los postores documentos aclaratorios sobre aspectos específi cos de sus propuestas. La aclaración no implicará una modifi cación de la propuesta que conlleve la variación de las condiciones contractuales, técnicas, económicas y fi nancieras del proyecto, bajo sanción de descalifi cación de la propuesta respectiva. Artículo 43º.- La adjudicación se otorgará al titular de la propuesta más conveniente mediante Resolución de Comité que se expedirá dentro del plazo establecido en el artículo 39º del presente Reglamento. La Resolución deberá estar debidamente sustentada y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 44º.- La Resolución de Adjudicación contendrá: a) La individualización del adjudicatario. b) La descripción de la obra que se obliga a ejecutar