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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (21/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 367025 En la sesión ordinaria de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DEL 10% DE DESCUENTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 (ANUAL) A LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN CANCELADO SUS TRIBUTOS MUNICIPALES POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES HASTA EL AÑO 2007 Artículo Primero.- OTORGAR excepcionalmente, el benefi cio tributario del 10% de descuento en el monto anual total, sin considerar el derecho de emisión mecanizada respectivo, de los Arbitrios Municipales 2008, a todos los Contribuyentes del distrito que hayan cumplido con cancelar hasta el 31 de diciembre del 2007 todas sus obligaciones tributarias por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de todos los años, hasta el 2007. Precisar que el Derecho de Emisión mecanizada no está considerado dentro de los alcances de los descuentos indicados, siendo con cargo a ser cancelado por el respectivo Contribuyente. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo efectuar las acciones técnicas necesarias y sufi cientes con la instancia de Informática, con la fi nalidad de que en la Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales 2008 que es parte constitutiva de la Cuponera de Tributos Municipales del presente año, se registre desde el cálculo y emisión del tributo antes indicado, el benefi cio de descuento señalado en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración que en coordinación con la Ofi cina de Rentas, implemente el procedimiento sufi ciente y necesario que viabilice lo señalado en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- Autorizar al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 166272-1 Aprueban emisión y otorgamiento de la Constancia de Contribuyente Especial de Ancón ORDENANZA Nº 138-2008-MDA Ancón, 16 de enero de 2008En la sesión ordinaria de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA EMISIÒN Y OTORGAMIENTO DE LA CONSTANCIA DE CONTRIBUYENTE ESPECIAL DE ANCÒN Artículo Primero.- APROBAR la emisión del documento ofi cial denominado: CONSTANCIA DE CONTRIBUYENTE ESPECIAL DE ANCÓN, el mismo que deberá ser entregado a todos los Contribuyentes que al 31 de diciembre del 2007, hayan cumplido con cancelar sus tributos municipales por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2007. Artículo Segundo.- Establecer que la condición de Contribuyente Especial de Ancón, otorga al mismo, los siguientes benefi cios: 1. Atención Preferente. 2. Descuento del 10% en los pagos por derechos administrativos como Licencia de Funcionamiento, Licencia por Temporada de Verano 2009 y Anuncios Publicitarios que trámite para si mismo el Contribuyente Especial, ante la Municipalidad Distrital de Ancón. 3. Descuento del 10% en el pago por inscripción en cursos, talleres, seminarios o similares que realice la Municipalidad Distrital de Ancón, y en las que participe el propio Contribuyente Especial o en su defecto, por delegación, un familiar directo del mismo, debidamente acreditado. 4. Descuento por el 10% de descuento por pago AL CONTADO de los Arbitrios Municipales 2008, cancelados hasta el 28 de febrero del presente año. 5. Participación en sorteos a realizar por la Ofi cina de Rentas para incentivar el pago oportuno de los tributos municipales. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Rentas que en la Emisión de tributos municipales 2008 adjunte la CONSTANCIA DE CONTRIBUYENTE ESPECIAL DE ANCÓN, para efectos de su entrega al Interesado. Previamente, la Ofi cina de Rentas debe verifi car en su Base de Datos la condición de contribuyente que ha cumplido, hasta el 31 de diciembre del 2007, con cancelar sus tributos municipales por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de todos los años, incluyendo el 2007. Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina de Administración que a través del sistema informático, proceda con la implementación de la emisión de la Constancia señalada en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 166273-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Disponen otorgamiento de facilidades para el trámite de regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas y el beneficio de exoneración de multas y sanciones en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 140-A/MDC Carabayllo, 12 de febrero de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú en su artículo 194º establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley son órganos del Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, según lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con el artículo 200º de la Constitución Política del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna;