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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (06/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373519 pesca reconocido por Resolución Vice-Ministerial Nº 015-2007- PRODUCE/DVP de fecha 3 de abril del 2007, para operar la embarcación “MONITOR HUASCAR 1” de matrícula Nº PL-23047-PM, acreditando la propiedad de la citada embarcación pesquera con el Certifi cado Compendioso de Dominio, emitido por la Zona Registral Nº II – Sede Chiclayo; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la empresa peticionaria ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias, deviniendo en procedente en el extremo de la solicitud referido a la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, e improcedente en el extremo de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo considerando lo dispuesto por la Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante los Informes Nº 545-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y Nº 087-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demás normas modifi catorias, el procedimiento administrativo Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas complementarias, la Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar a favor de PESQUERA SANTIS S.A.C. el cambio del titular del permiso de pesca reconocido por Resolución Vice- Ministerial Nº 015-2007-PRODUCE/DVP, para operar la embarcación pesquera “MONITOR HUASCAR 1” de matrícula Nº PL-23047-PM y 103.90 m3 de volumen de bodega, en la extracción de los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo. Artículo 2°.- Declarar improcedente el extremo de la solicitud referido a la extracción de los recursos jurel y caballa, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolución esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 4°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue reconocido a favor del señor ORLANDO SANTISTEBAN BANCES, a través de la Resolución Vice-Ministerial Nº 015-2007-PRODUCE/DVP, para operar la embarcación pesquera “MONITOR HUASCAR 1” de matrícula Nº PL-23047-PM. Artículo 5°.- Incorporar a PESQUERA SANTIS S.A.C. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “MONITOR HUASCAR 1”, de matrícula Nº PL-23047-PM así como la presente Resolución al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo al señor ORLANDO SANTISTEBAN BANCES y a la Resolución Vice-Ministerial Nº 015-2007-PRODUCE/DVP, del indicado anexo con respecto a la citada embarcación. Artículo 6°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 208899-6Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de persona natural para operar embarcación pesquera de bandera nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 178-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 3 de abril del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00077832, del 13 de noviembre del 2007, 24 de enero y 12 de febrero del 2008, presentados por el señor CARLOS TEQUE CURO; CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia, la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; asimismo, establece que no procede la autorización de cambio de titular de permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007- PRODUCE, establece que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el régimen de la Ley Nº 26920, se efectuarán conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que por Resolución Directoral Nº 066-98-CTAR- PIURA-DIREPE-DR, del 28 de setiembre de 1998, se otorgó permiso de pesca artesanal al señor FRANCISCO JAVIER FIESTAS PURIZACA para operar la embarcación “ROSA MERCEDES” de matrícula PT-2757-BM y con 30.56 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel, caballa, lisa y machete para el consumo humano directo; Que por Resolución Directoral Nº 051-2003-GOB. REG.-PIURA/DIREPE-DR del 13 de febrero del 2003, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador FRANCISCO JAVIER FIESTAS PURIZACA para operar la embarcación pesquera “ROSA MERCEDES” de matrícula Nº PT-2757-CM con arqueo neto de 8.51 y de 36.79 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco millas marinas adyacentes a la costa para el caso de la anchoveta y sardina y fuera de las 10 millas para el caso del jurel y caballa; Que por Resolución Directoral Nº 482-2007-PRODUCE/ DGEPP del 30 de octubre del 2007, la embarcación es incorporada en el literal “L” del listado de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, con acceso a los recursos anchoveta, jurel y caballa; Que mediante los escritos del visto el señor CARLOS TEQUE CURO, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación “ROSA MERCEDES”, de matrícula Nº PT-2757-CM, de 36.79 m3 de capacidad de bodega, otorgado por Resolución Directoral Nº 051-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR; al haber adquirido la propiedad de la referida embarcación, sustentando con el Certifi cado Compendioso de Dominio del 25 de octubre del 2007 emitido por la SUNARP de Piura, Zona Registral Nº 1; Que con escrito del visto del 12 de febrero del 2008 el administrado remitió copia de la Resolución Directoral Nº 023-2008-GOB-.REG.PIURA-DIREPRO-DR que da por cancelada la Resolución Directoral Nº 066-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR, que otorgó permiso de pesca artesanal para operar la precitada embarcación; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos del Descargado desde www.elperuano.com.pe