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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373518 Directoral Nº 184-2002-CTAR PIURA-DIREPE-DR, se otorgó permiso de pesca al armador Edwin Wilmer Periche Eche, para operar la embarcación pesquera de madera de nombre “MARILU” con matrícula CO-4208-CM, de arqueo neto 21.35 y 89.32 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobilógico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que mediante escritos del visto, el señor JUAN VITE MORALES, en virtud del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y al haber adquirido mediante contrato de compra venta la propiedad de la embarcación pesquera de madera “MARILU” de matrícula CO-4208-CM, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral N° 112-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR, modifi cada por la Resolución Directoral N° 184-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR, y asimismo solicita el cambio de nombre de dicha embarcación por el actual “ROSA y LEONEL”; Que la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca y nombre de la embarcación pesquera “MARILU”, actualmente denominada “ROSA Y LEONEL” ha sido admitida de conformidad con el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, que establece que las transferencias de permiso de pesca de embarcaciones bajo el régimen de la Ley Nº 26920, se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, modifi cada por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos 6 y 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas complementarias; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 005-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor JUAN VITE MORALES, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MARILU” de matrícula CO- 4208-CM, otorgado por Resolución Directoral Nº 112-2002- CTAR PIURA/DIREPE-DR. Asimismo la modifi cación de la Resolución Autoritativa en lo referente al nombre actual de “ROSA Y LEONEL”, manteniendo inalterable las demás características técnicas de la referida embarcación. Artículo 2º.- El acceso a los recursos sardina, jurel y caballa será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que estos recursos serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado al señor EDWIN WILMER PERICHE ECHE, mediante Resolución Directoral Nº 112-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR, modifi cada por Resolución Directoral Nº 184-2002.CTAR PIURA/DIREPE-DR., para operar la embarcación pesquera de madera denominada “MARILU”. Artículo 4º.- Incorporar al señor JUAN VITE MORALES, como titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 112-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR, modifi cada por Resolución Directoral Nº 184-2002- CTAR PIURA/DIREPE-DR., para operar la embarcación pesquera de madera denominada “ROSA Y LEONEL”, de matrícula CO-4208-CM; así como la presente resolución al Anexo I, Literal B de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo al señor EDWIN WILMER PERICHE ECHE.Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíqueseJORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 208899-5 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca reconocido por R.VM. Nº 015-2007-PRODUCE/DVP a favor de Pesquera Santis S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 177-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 3 de abril de 2008 Visto el escrito de Registro Nº 00068571 de fecha 5 de octubre del 2007, presentado por la empresa PESQUERA SANTIS S.A.C. CONSIDERANDO :Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demás normas modifi catorias, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que por Resolución Vice-Ministerial Nº 015-2007- PRODUCE/DVP del 3 de abril del 2007, se reconoció a favor del señor ORLANDO SANTISTEBAN BANCES, permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera de madera denominada “MONITOR HUASCAR 1” de matrícula Nº PL-23047-PM y 103.90 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando cajas con hielo como medio de preservación y redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente, según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco ( 5 ) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98- PE, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece, entre otros, que la transferencia del permiso de pesca otorgado al amparo de la Ley Nº 26920, se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que por Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 12 de noviembre de 2007, se dispuso caducar permisos de pesca a embarcaciones pesqueras únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, consignándose en el Anexo que forma parte de la citada resolución y en el Régimen de la Ley Nº 26920, la embarcación “MONITOR HUASCAR 1” de matrícula Nº PL-23047-PM; Que mediante el escrito del visto, PESQUERA SANTIS S.A.C. solicita a su favor el cambio de titular del permiso de Descargado desde www.elperuano.com.pe