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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374687 emisión de las Resoluciones Ministeriales o Decretos supremos, según lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD; comprendiéndose, en dicha norma a todos los procesos de transferencia comprendidos en el ciclo 2007; cuya dirección y conducción corresponde a la Secretaría de Descentralización; Que, sobre la base de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM, antes mencionado, se ampliaron hasta el 31 de diciembre de 2008, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 031-2008-PCM/SD, los plazos de todos los procesos de transferencia que la Secretaría de Descentralización viene ejecutando, comprendidos en el Plan Anual de Transferencia 2007, con efi cacia anticipada al término de los mismos; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Viceministra de Comunicaciones suscribió con el Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, declarado POR POTENCIAR, Adenda al Convenio de Cooperación y Colaboración Interinstitucional , el cual fue remitido a la Secretaría de Descentralización, mediante el Ofi cio Nº 606-2008-MTC/26, con el cual se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, declarándolo APTO para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones; Que, al haber emitido el Informe de Concordancia Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, antes mencionado, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, debe proceder a acreditar al Gobierno Regional de Apurímac declarado APTO para ejercer las funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007, las mismas que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia; mediante la emisión de la norma correspondiente; Que, luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como al Gobierno Regional de Apurímac, para que procedan a la Efectivización de la transferencia de las funciones sectoriales, en la materia antes señalada, así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento y plazos establecidos en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD - “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD y, las medidas dispuestas para identifi car y cuantifi car recursos asociados a las funciones materia de transferencia, aprobadas por Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, en el nuevo plazo señalado por el Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 031-2008-PCM/SD, que vence el 31 de diciembre de 2008; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158; los Decretos Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021-2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 063-2007-PCM, Nº 093-2007-PCM, Nº 001-2008-PCM y Nº 029-2008-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 017-2007-PCM/SD, Nº 023-2007-PCM/SD, Nº 025-2007-PCM/SD, Nº 037-2007-PCM/SD, Nº 051-2007-PCM/SD, Nº 01-2008-PCM/SD y Nº 031-2008-PCM/SD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acreditación de funciones en materia de Telecomunicaciones Certifi car que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de Apurímac, declarado inicialmente POR POTENCIAR para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones, según el Informe de Concordancia Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito la correspondiente Adenda al Convenio de Cooperación y Colaboración Interinstitucional, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se le ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo, el cual forma parte de la presente Resolución.Artículo 2.- Complementación de los Convenios suscritos El Convenio de Cooperación y Colaboración Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional referido en la presente resolución, podrá ser complementado mediante Adendas, de común acuerdo de las partes, con las Acciones de Cooperación, Colaboración y/o Coordinación que sean pertinentes; a efecto de facilitar la implementación de los Gobiernos Regionales con los requisitos específi cos mínimos declarados POR POTENCIAR, en los respectivos Informes Situacionales, según el procedimiento simplifi cado de transferencia, de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD. Artículo 3.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; así como al Gobierno Regional de Apurímac, el cual ha acreditado la transferencia de funciones en materia de Telecomunicaciones, para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, prevista en la etapa de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución y su Anexo, deberán ser publicados en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, el Informe de Concordancia Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, así como el Convenio correspondiente, referido en la presente resolución, deberán ser publicados en la página Web de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización ANEXO GOBIERNO REGIONAL ACREDITADO PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES, EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES, COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 57º DE LA LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES Proceso de Transferencia 2007 Gobierno RegionalFunciones Sectoriales en materia de Telecomunicaciones Apurímac a, b, c, d, e, 216837-1 AGRICULTURA Renuevan reserva de agua prorrogada por D.S. N° 028-2006-AG DECRETO SUPREMO N° 015-2008-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, según el inciso a) del artículo 7° de la Ley General de Aguas, dada por Decreto Ley N° 17752, el Poder Ejecutivo podrá reservar aguas para cualquier fi nalidad de interés público; Que, el artículo 9° de la citada Ley declara de necesidad y utilidad pública el conservar, preservar e incrementar los recursos hídricos, regularizar el régimen de las aguas para obtener una racional, efi ciente, económica y múltiple utilización de los recursos hídricos; promover, fi nanciar y realizar las investigaciones, estudios y obras necesarias para tales fi nes;Descargado desde www.elperuano.com.pe