Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- ATLAS AIR, INC., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de ATLAS AIR, INC.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- ATLAS AIR, INC., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- ATLAS AIR, INC. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- ATLAS AIR, INC. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º - ATLAS AIR, INC. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a ATLAS AIR, INC., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil

como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes a una licencia de conducir de las clases y categorias profesionales, en su local sito en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 621 - Lince. Que, el Reglamento de Escuela de Conductores aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-MTC, regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, con la finalidad que las mismas cumplan con su objetivo de brindar conocimientos teoricos y practicos a los postulantes para obtener una licencia de conducir en la clase A, categoria II Profesional y III Profesional Especializado, establecidas en el Reglamento de Licencias de Conducir para vehiculos motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-94-MTC, para garantizar la conduccion MORDAZA y responsable de los vehiculos que circulan dentro del territorio nacional. Que, con Informe Nº 063-2008-MTC/15.03.rmg, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que el TOURING ESCUELA SA, ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 621 - Lince, cumple con presentar los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 005-2008-MTC, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; en consecuencia, procede emitir el acto administrativo correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 005-2008-MTC, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar al TOURING ESCUELA SA, autorizacion como Escuela de Conductores Integrales, para impartir los conocimientos teoricos ­ practicos y las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes a una licencia de conducir de las clases y categorias profesionales; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuela de Conductores, en los siguientes terminos:
Denominacion de la Escuela Clase de Escuela Ubicacion del Establecimiento Plazo de Autorizacion : : : : TOURING ESCUELA SA Escuela de Conductores Integrales MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 621 ­ Lince Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. : XO-6669 (Categoria A-II Profesional) VG-8357 (Categoria A-III Profesional Especializado) : De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 23:00 p.m. y los sabados y domingos de 8:00 a.m. a 20:00 horas.

Flota Vehicular

Horario De Atencion

Cursos que se dictaran: CURSOS GENERALES: a) Ensenanza de las normas del Reglamento Nacional de Transito. b) Tecnicas de conduccion a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conduccion de un vehiculo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como clima, MORDAZA de MORDAZA, geografia, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehiculo motorizado que corresponda a la respectiva clasificacion de licencia de conducir. d) Sensibilizacion sobre accidentes de MORDAZA, que debe de incluir la informacion estadistica sobre accidentalidad, los danos que estos ocasionan y la forma de prevenirlos asi como la proyeccion filmica o documental de casos sobre accidentes de MORDAZA y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuacion en casos de accidente de transito. f) Mecanica automotriz basica g) Normas sobre limites maximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehiculos. CURSOS ESPECIFICOS PARA REALIZAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS Los cursos especificos para realizar el servicio de transporte de personas, adicionales a los cursos generales MORDAZA indicados, son los siguientes:

265952-1

Otorgan a Touring Escuela S.A. autorizacion como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 10734-2008-MTC/15
MORDAZA, 17 de octubre de 2008 VISTOS, los Expedientes Nºs. 097888, 2008-0028653 y 2008-0028892. CONSIDERANDO: Que, con los expedientes indicados en vistos, el TOURING ESCUELA SA, ha solicitado autorizacion como Escuela de Conductores Integrales, para impartir los conocimientos teoricos ­ practicos y las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi

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