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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (24/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382046 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 192-2004-MTC/01, del 15 de marzo de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que los órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que a continuación se detallan, implementen el horario de atención al público administrado y usuario, adicional al horario habitual, los días sábados y domingo, de 09:00 a 14.00 horas, en la Sede Central y en los locales zonales, para los siguientes trámites: -OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESTIÓN DOCUMENTAL: Orientación e información general de servicios prestados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre el estado de trámites y procedimientos; recepción de solicitudes y documentos correspondientes a trámites ante la Dirección General de Transporte Terrestre y la Ofi cina de Personal; solicitudes de internamiento de equipos y aparatos de telecomunicaciones correspondientes al subsector comunicaciones, así como aquellas referidas al acceso a la información pública; y entrega de preliquidaciones para el pago del canon anual, tasa por explotación comercial y derechos derivados de la prestación de servicios y actividades de telecomunicaciones. -OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN: Caja- cobros de unidades ejecutoras (previa preliquidación); fi rma de planillas judiciales; y pago a proveedores. -DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES EN COMUNICACIONES: Entrega de permisos de internamiento de equipos y aparatos de telecomunicaciones. -DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE: a) Sede Central: Entrega de certifi cados de habilitación vehicular, constancias de inscripción y tarjetas únicas de circulación. b) Ofi cinas Zonales: - Sede Conchán, Km. 21-22 Panamericana Sur, local del Touring y Automóvil Club del Perú: Obtención de licencias de conducir por primera vez y recategorización. - Jr. Antenor Orrego N° 1923 Chacra Rios, Cercado de Lima, altura cuadra 20 de la Av. Venezuela: Canje, duplicado y revalidación de licencias de conducir (todas las categorías). - Av. César Vallejo N° 603, Lince, local del Touring y Automóvil Club del Perú: Duplicado y revalidación de licencias de conducir para uso particular. Artículo 3º.- El horario de atención a los administrados y usuarios establecido en el artículo anterior, no forma parte del horario de funcionamiento habitual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y sólo se entiende para los trámites y gestiones indicadas en dicho artículo, por lo que no se computa para el cálculo de los plazos establecidos en los procedimientos administrativos ni para el cumplimiento de actos a cargo de la Administración. Artículo 4º.- La implementación de lo establecido en la presente Resolución no irrogará gastos adicionales al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 5º.- La Ofi cina de Personal implementará las acciones de personal que correspondan en atención a la medida dictada a través de la presente Resolución, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 276, Decreto Supremo N° 005-90-PCM y demás normas vigentes sobre la materia. Artículo 6º.- Excepcionalmente, se podrá disponer, de acuerdo a las necesidades del servicio, la ampliación del horario de atención establecido por la presente Resolución, así como que cualquier órgano del Ministerio de Transportes y Comunicaciones atienda al público administrado, conforme a lo señalado en la presente Resolución. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese,VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 268277-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe