Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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382065

MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Abuso de Autoridad y Negociacion Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 376º y 399º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

presentadas por un postor en ambos procesos; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsificacion de Documentos, previstos y penados en los articulos 397º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico, la tipificacion efectuada de los delitos no limita la competencia asignada al Ministerio Publico en su calidad de Titular de la accion penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

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Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de las Municipalidades Provinciales de Cangallo y San MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 425-2008-CG
MORDAZA, 21 de octubre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 255-2008-CG/ORICEE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Cangallo, departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido del 01.Ene.2003 al 30.Jun.2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial en la Municipalidad Provincial de Cangallo, con el objetivo de verificar las denuncias presentadas sobre supuestas irregularidades en la ejecucion del gasto, asi como la correcta utilizacion de los recursos asignados a la entidad, de acuerdo a la normativa aplicable; Que, como resultado de la accion de control realizada, la Comision Auditora ha establecido que, en dos Adjudicaciones Directas Selectivas llevadas a cabo el ano 2003 para la adquisicion de materiales de construccion destinados a la obra "Construccion del Palacio Municipal", las fechas consignadas en los MORDAZA Comparativos de Cotizaciones, las Actas de Otorgamiento y las Solicitudes de Cotizacion presentan enmendaduras para que coincidan con las fechas de pago al postor que obtuvo la buena pro, a quien se le cancelo S/. 53 106,80 y S/. 164 391,28 respectivamente sin que entregara los bienes, los que fueron entregados con posterioridad; asimismo se ha evidenciado la falta de autenticidad de las cotizaciones

268463-5 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 428-2008-CG
MORDAZA, 21 de octubre de 2008 VISTO, El Informe Especial Nº 258-2008-CG/ORCAEE, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, MORDAZA, periodo ENE.-DIC.2004, el cual fue MORDAZA a periodos anteriores y posteriores; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, MORDAZA, teniendo como objetivos, entre otros, determinar si la ejecucion de los recursos del Fondo de Compensacion Municipal, Canon Minero y Derecho de Vigencia de Minas, la adquisicion de bienes y contratacion de servicios, asi como la ejecucion de obras publicas, se ejecutaron de acuerdo a la normativa aplicable; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la comision auditora ha determinado que durante el periodo 2003-2005, la entidad realizo procesos de seleccion para la adquisicion de combustible, otorgando la buena pro a una empresa que no cumplio con los requisitos establecidos en la bases, siendo esta de propiedad del hermano de un Regidor de la Municipalidad, la cual presento declaraciones con contenido falso respecto a la ausencia de impedimento para contratar con la entidad, habiendose efectuado desembolsos, sin haberse verificado la entrega del combustible adquirido, ocasionando un perjuicio economico ascendente a S/.26 734,21; hechos que constituyen indicios razonables de la comision de los delitos de Aprovechamiento Indebido de Cargo, Falsa

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