Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 422-2008-CG
MORDAZA, 21 de octubre de 2008

382063

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 034-2008-CG/GDPC de 17.SET.2008, los Oficios Nos 208-2007-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR/DISREG-OPA-ARE de 03.OCT.2007 y 421-2007DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG. de 09.NOV.2007; el Atestado Nº 207-2007-DIRCOCOR PNP-DIVPACGR/OF.X de 01.OCT.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Provincial de Caraveli - Departamento y Region MORDAZA, y; CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 1217-2007-CG/DC de 16.ABR.2007 la Contraloria General de la Republica designo una Comision, con la finalidad de verificar las denuncias formuladas sobre el presunto uso indebido de fondos cometido por funcionarios de la anterior gestion de la Municipalidad Provincial de Caraveli ­ Departamento y Region MORDAZA, actividad que comprendio la revision del mes de Diciembre de 2006; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2007-CG/ ORAR de 26.JUN.2007, en el cual se han evidenciado las irregularidades siguientes: a) pago a favor de ex autoridad Municipal por concepto de compensacion por tiempo de servicios, sin que tenga derecho a dicho beneficio, con cargo a la partida de Regalia Minera; b) pago de beneficios economicos a personas contratadas bajo la modalidad de servicios No Personales y que ademas fueron realizados afectando a las partidas de Derecho de Vigencia de Minas, Regalia Minera y Canon Minero; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 208-2007DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-ARE de 03.OCT.2007 a la Fiscalia Provincial Mixta de Caraveli - MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision del delito de Peculado; ilicito previsto y sancionado en el articulo 387º del Codigo Penal; Que, asimismo se ha tomado conocimiento que el Juzgado Mixto de Caraveli, mediante Resolucion Nº 01 de 19.NOV.2007, resolvio abrir instruccion en la via ordinaria (Expediente Nº 2007-0207-0-0411-JM-PE-01) por delito de Peculado; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 038-2008CG/GDPC de 29.SET.2008, los Oficios Nos 324-2006DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OF.X de 27.DIC.2006, 009-2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 12.ENE.2007, 078-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/ DISREG-OPA-ARE. de 26.MAR.2008 y 124-2008DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG. de 18.ABR.2008; el Atestado Nº 122-2006-DIRCOCOR PNP-DIVPACGR/ OF.X de 27.DIC.2006 y el Parte Nº 120-2008-DIRCOCOR PNP-DIVPACGR/OF.ARE de 26.MAR.2008, resultantes de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA Sociedad Anonima ­ SEDAPAR S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional ­ OCI de SEDAPAR en el MORDAZA de evaluacion de denuncias inicia una investigacion sobre falsificacion de certificados de factibilidad de la mencionada entidad, que se habrian detectado en algunas Municipalidades; Que, como resultado de dicha labor el Organo de Control de Control Institucional de SEDAPAR S.A.; emitio la Hoja Informativa Nº 002-2006-S-1005-OCI-SEDAPAR S.A. de 06.FEB.2006, identificando las falsificaciones efectuadas en el transcurso del primer semestre del ano 2005, asi como tramites fraudulentos realizados por las diferentes asociaciones para la aprobacion de Habilitaciones Urbanas ante las respectivas Municipalidades, en zonas donde no existe factibilidad de agua potable, siendo uno de los requisitos del expediente adjuntar el Certificado de Factibilidad de Servicios expedido por SEDAPAR S.A., los mismos que fueron emitidos de manera irregular por funcionarios y servidores; Que, debido a las irregularidades que denotaban la existencia de indicios razonables de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, se considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado y Parte de Vistos, los mismos que han sido remitidos por dicha Unidad Tecnica a traves de los Oficios Nos 324-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OF.X de 27.DIC.2006 y 078-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/ DISREG-OPA-ARE. de 26.MAR.2008 a la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de Arequipa; a fin que dicho organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir, Usurpacion de Autoridad, Titulos y MORDAZA, MORDAZA Ilegal, Encubrimiento Real, Fraude Procesal, Falsificacion de Documentos, Uso de Documentos; y, Supresion, Destruccion u Ocultamiento de Documentos, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 317º, 361º, 385º, 405º, 416º, 427º y 430º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata por parte del Procurador Publico; en los casos en que, producto de una verificacion, se encuentre presuncion de ilicito penal; asi como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, incluso interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del

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