Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

comunicaciones y vial, riego, de energia electrica, saneamiento, habilitaciones urbanas y otros servicios publicos en zonas declaradas en emergencia; Que, por Decreto Supremo Nº 033-2008-EF, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros - FORSUR, hasta por la suma de S/. 13 576 167,00 (Trece Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles) para el financiamiento de proyectos de rehabilitacion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, priorizados por el Directorio de FORSUR segun los Acuerdos Nos. 031, 032, 033, 034, 035 y 037-06-2008-D-FORSUR; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 093-2008PCM, de fecha 28 de marzo 2008, se aprueba una transferencia financiera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM a favor, entre otros, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por la suma de S/. 6 610 663,93 (Seis Millones Seiscientos Diez Mil Seiscientos Sesenta y Tres y 93/100 Nuevos Soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con la finalidad exclusiva de atender el requerimiento efectuado por el Directorio de FORSUR segun los Acuerdos N°s. 031, 032, 033, 034, 035 y 037-06-2008-D-FORSUR; Que, por Resolucion Ministerial Nº 086-2008-VIVIENDA, de fecha 04 de MORDAZA de 2008, se autoriza la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para el Ano Fiscal 2008 hasta por la suma de S/. 6 610 664,00 (Seis Millones Seiscientos Diez Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), para ser destinados al financiamiento de proyectos de rehabilitacion de infraestructura de saneamiento afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los cuales S/. 2 512 225,33 (Dos Millones Quinientos Doce Mil Doscientos Veinticinco y 33/100 Nuevos Soles) seran destinados a dos (02) proyectos de rehabilitacion de la infraestructura de agua en la MORDAZA de Ica y, S/. 4 098 438,60 (Cuatro Millones Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho y 60/100 Nuevos Soles) seran destinados a siete (7) proyectos de rehabilitacion de infraestructura de saneamiento en la provincia de Canete, los cuales fueron aprobados por el Directorio de FORSUR mediante los Acuerdos Nºs. 032 y 03306-2008-D-FORSUR, respectivamente; Que, con Informe Tecnico Nº 008-2008-VIVIENDA/ VMCS-DNS de fecha 10 de junio de 2008, la Direccion Nacional de Saneamiento, emite opinion favorable para realizar una transferencia financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. ­ EMAPICA S.A., hasta por la suma de S/. 687 460.19 (Seiscientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y 19/100 Nuevos Soles) para el financiamiento del pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, con fecha 10 de setiembre del 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. ­ EMAPICA S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, financieros y de operatividad para la transferencia de recursos destinados a financiar el pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A del citado Convenio, asi como las condiciones que deberian cumplir las partes para efectivizar la transferencia financiera; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4) del articulo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan

suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Con la visacion del Director Nacional de Saneamiento y las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construccion y Saneamiento, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. ­ EMAPICA S.A., hasta por la suma de S/. 687 460.19 (Seiscientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y 19/100 Nuevos Soles); en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para financiar el pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para financiar el pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A, quedando la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. ­ EMAPICA S.A. prohibida de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion se realizara con cargo al presupuesto institucional, del ejercicio fiscal 2008, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora Nº 003: Construccion y Saneamiento, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4) del articulo 9 de la Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el articulo 1 de la presente Resolucion, solo se efectivizaran luego que la Municipalidad Provincial de Castrovirreyna presente a la Direccion Nacional de Saneamiento, el contrato de ejecucion de estudios, obra o supervision del proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otro documento relacionado a componentes aprobados sobre la viabilidad del proyecto detallado en el Anexo A. Articulo 4º.- La transferencia financiera aprobada por la presente Resolucion se sujeta a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Especifico, de fecha 10 de setiembre del ano 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. ­ EMAPICA S.A. Articulo 5º.- La Direccion Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3° de la presente Resolucion, asi como del seguimiento de la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en http://www.vivienda.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

ANEXO A PROYECTO DE REHABILITACION - PROVINCIA DE ICA UNIDAD EJECUTORA: EMAPICA S.A.
Nº PROYECTO Rehabilitacion integral para la recuperacion del abastecimiento de agua potable en el sector MORDAZA y otros en la MORDAZA de Ica MONTO TOTAL MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA MONTO DE TRANSFERENCIA (Nuevos Soles) 687 460.19 687 460.19

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