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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (24/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382052 comunicaciones y vial, riego, de energía eléctrica, saneamiento, habilitaciones urbanas y otros servicios públicos en zonas declaradas en emergencia; Que, por Decreto Supremo Nº 033-2008-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros - FORSUR, hasta por la suma de S/. 13 576 167,00 (Trece Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles) para el fi nanciamiento de proyectos de rehabilitación de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, priorizados por el Directorio de FORSUR según los Acuerdos Nos. 031, 032, 033, 034, 035 y 037-06-2008-D-FORSUR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 093-2008- PCM, de fecha 28 de marzo 2008, se aprueba una transferencia fi nanciera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM a favor, entre otros, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/. 6 610 663,93 (Seis Millones Seiscientos Diez Mil Seiscientos Sesenta y Tres y 93/100 Nuevos Soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con la fi nalidad exclusiva de atender el requerimiento efectuado por el Directorio de FORSUR según los Acuerdos N°s. 031, 032, 033, 034, 035 y 037-06-2008-D-FORSUR; Que, por Resolución Ministerial Nº 086-2008-VIVIENDA, de fecha 04 de abril de 2008, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el Año Fiscal 2008 hasta por la suma de S/. 6 610 664,00 (Seis Millones Seiscientos Diez Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de rehabilitación de infraestructura de saneamiento afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los cuales S/. 2 512 225,33 (Dos Millones Quinientos Doce Mil Doscientos Veinticinco y 33/100 Nuevos Soles) serán destinados a dos (02) proyectos de rehabilitación de la infraestructura de agua en la ciudad de Ica y, S/. 4 098 438,60 (Cuatro Millones Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho y 60/100 Nuevos Soles) serán destinados a siete (7) proyectos de rehabilitación de infraestructura de saneamiento en la provincia de Cañete, los cuales fueron aprobados por el Directorio de FORSUR mediante los Acuerdos Nºs. 032 y 033-06-2008-D-FORSUR, respectivamente; Que, con Informe Técnico Nº 008-2008-VIVIENDA/ VMCS-DNS de fecha 10 de junio de 2008, la Dirección Nacional de Saneamiento, emite opinión favorable para realizar una transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A., hasta por la suma de S/. 687 460.19 (Seiscientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y 19/100 Nuevos Soles) para el fi nanciamiento del pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, con fecha 10 de setiembre del 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, fi nancieros y de operatividad para la transferencia de recursos destinados a fi nanciar el pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A del citado Convenio, así como las condiciones que deberían cumplir las partes para efectivizar la transferencia fi nanciera; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4) del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Con la visación del Director Nacional de Saneamiento y las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A., hasta por la suma de S/. 687 460.19 (Seiscientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y 19/100 Nuevos Soles); en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para fi nanciar el pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar el pago de los impuestos del proyecto detallado en el Anexo A, quedando la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A. prohibida de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto institucional, del ejercicio fi scal 2008, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora Nº 003: Construcción y Saneamiento, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º. - De conformidad con el numeral 9.4) del artículo 9 de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Provincial de Castrovirreyna presente a la Dirección Nacional de Saneamiento, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados sobre la viabilidad del proyecto detallado en el Anexo A. Artículo 4º. - La transferencia fi nanciera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co, de fecha 10 de setiembre del año 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 3° de la presente Resolución, así como del seguimiento de la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolución. Artículo 6º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en http://www.vivienda.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE REHABILITACIÓN - PROVINCIA DE ICA UNIDAD EJECUTORA: EMAPICA S.A. Nº PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAMONTO DE TRANSFERENCIA (Nuevos Soles) 1Rehabilitación integral para la recuperación del abastecimiento de agua potable en el sector Manzanilla y otros en la ciudad de IcaINDIRECTA 687 460.19 MONTO TOTAL 687 460.19 268646-1Descargado desde www.elperuano.com.pe