Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

Declaracion en Procedimiento Administrativo y Peculado, previstos y penados en los articulos 397º, 399º, 411º y 387º del Codigo Penal; respectivamente, vigentes en el periodo de ocurrencia de los hechos; Que, asimismo, se ha determinado el uso de maquinaria de propiedad de la Municipalidad Provincial durante los meses de agosto -- octubre 1999, en la construccion de una trocha carrozable en terreno de propiedad privada, por el cual la entidad no recibio ingreso alguno, habiendo cargado los gastos del operador de la maquinaria a la ejecucion de otras obras que no se han ejecutado, hechos que constituyen indicios razonables de la comision del delito de Aprovechamiento Indebido de Cargo, previsto y penado en el articulo 397º del Codigo Penal; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, la tipificacion de los delitos efectuada no limita la competencia asignada al Ministerio Publico en su calidad de Titular de la accion penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del Articulo 22º, de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

irregularidades en la eleccion de los productos para el Programa del Vaso de Leche correspondientes al ano 2006, debido a que no se considero un producto elegido por los beneficiarios y se sustituyo por otro; asimismo, en el MORDAZA de seleccion se elaboraron bases conteniendo caracteristicas especificas del producto que limitaban la participacion de postores, otorgandose la buena pro a la unica empresa que se presento y que incluyo en su propuesta un documento adulterado relativo a las especificaciones tecnicas del producto ofrecido, el mismo que no cumplia con los valores minimos nutricionales establecidos por la normativa vigente; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Aprovechamiento Indebido de Cargo, previstos y penados en los articulos 377º y 399º del Codigo Penal, respectivamente; Que, asimismo, se ha podido evidenciar que una autoridad municipal permitio que un tercero ajeno a la entidad conduzca y ocasione dos accidentes de MORDAZA con un vehiculo de propiedad de la Municipalidad, producto de los cuales se desembolso el costo de reparacion del vehiculo municipal y de dos mototaxis de terceros, y gastos por atencion medica del chofer de una de ellas que sufrio lesiones; monto que fue indebidamente cargado a la ejecucion de dos obras que la entidad ejecuto; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Peculado Doloso y Peculado de Uso, previstos y penados en los articulos 387º y 388º del Codigo Penal, respectivamente; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, la tipificacion de los delitos efectuada no limita la competencia asignada al Ministerio Publico en su calidad de Titular de la accion penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

268463-8

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de La MORDAZA, Punchana y MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 426-2008-CG
MORDAZA, 21 de octubre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 256-2008-CG/ ORCH-EE, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, por el periodo Ene-Dic.2005, habiendose MORDAZA a los ejercicios 2003, 2004 y 2006, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, con la finalidad de verificar las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organismo Superior de Control, y sugerir a las instancias correspondientes la adopcion de las medidas correctivas pertinentes; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision de Auditoria ha evidenciado

268463-6 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 427-2008-CG
MORDAZA, 21 de octubre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 257-2008-CG/ORIQEE, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Punchana, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, por el periodo 2003 y 2004, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la realizacion de una accion de control a la Municipalidad

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