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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (24/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382068 Municipales en diversas circunscripciones de la República, para el día domingo 07 de diciembre del presente año; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 83° de la Ley Nº 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, la habilitación y entrega del presupuesto - por parte del Ministerio de Economía y Finanzas - se efectúa en un plazo máximo de siete (7) días calendario contado a partir de la convocatoria; Que, con Decreto Supremo N° 109-2008-EF, publicado el 11 de septiembre de 2008, se autorizó la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, por la suma de Treinta y Dos Millones Novecientos Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 32 970 000.00), a favor de los organismos electorales, en el marco de lo establecido por el artículo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, la transferencia extemporánea del presupuesto y el desconocimiento del monto asignado por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, impidieron realizar con anticipación los actos de administración preparatorios requeridos para las contrataciones de bienes y servicios destinados al proceso electoral convocado; Que, mediante Resolución Jefatural N° 110-2008- J/ONPE, del 12 de septiembre de 2008, se aprobó la incorporación al presupuesto institucional de la entidad, la transferencia presupuestal señalada precedentemente, así como el respectivo desagregado de los recursos por actividades y metas, ascendente a la suma de Veintiún Millones Ochocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21 800 000.00); Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM (en adelante, el TUO), es requisito para convocar a un proceso de selección, bajo sanción de nulidad, que éste se encuentre incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, salvo las excepciones que establece la Ley, y que además se cuente con el expediente debidamente aprobado, el mismo que incluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 040-2008-SG/ONPE se aprobó la respectiva modifi cación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad, en la cual se ha incorporado la contratación del Servicio de Courier para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008; Que, luego de realizada la indagación de mercado en mérito a los Pedidos de Servicio N°s 00886 de la Gerencia de Información y Educación Electoral, 00909 de la Gerencia de Gestión Electoral, 00903 de la Gerencia de Capacitación, Investigación y Asistencia Técnica Electoral, 00919 de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional y 00914 de la Secretaría General, para la contratación del Servicio de Courier, se determinó como valor referencial la suma de S/.112,649.56 (Ciento Doce Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve con 56/100 nuevos soles), aprobándose el expediente de contratación con fecha 16 de octubre de 2008 en respuesta al Informe Nº 1005-2008-OL-OGA/ONPE de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración, el mismo que cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal expresada en el Informe N° 990-2008-OL-OGA/ONPE de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración; Que, mediante el Memorando Nº 296-2008-GGE/ ONPE e Informe Nº 175-2008-SGOE-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; los Informes Nºs. 109-2008-GCIATE/ONPE, 318-2008-SGCIE-GCIATE/ONPE y 109-2008-JACE-SGCIE-GCIATE/ONPE de la Gerencia de Capacitación, Investigación y Asistencia Técnica Electoral; el Informe Nº 012-2008-SGCAA-SG/ONPE de la Subgerencia de Coordinación y Apoyo Administrativo de la Secretaría General remitida por tal unidad orgánica mediante Hoja de Ruta Nº SGCAA020080000020; el Informe Nº 400-2008-SGPPE-GOECOR/ONPE de la Subgerencia de Programación de Procesos Electorales de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional remitido por tal gerencia mediante Hoja de Ruta Nº SGPPE020080000723, las citadas unidades orgánicas usuarias manifi estan que el servicio se realice a más tardar el 28 de octubre próximo; asimismo, mediante el Memorando Nº 355-2008-GIEE/ONPE la Gerencia de Información y Educación Electoral señala que requiere el servicio a más tardar el 03 de noviembre próximo; a efectos de que puedan cumplir con los plazos establecidos en el cronograma electoral del proceso de Consulta Popular de Revocatorias del Mandato de Autoridades Municipales 2008; Que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 83° de la Ley Orgánica de Elecciones – Ley N° 26859, corresponde la contratación del servicio antes mencionado a través de un proceso de menor cuantía, cuya ejecución tomaría veinticinco (25) días hábiles, conforme se señala en el Informe Técnico N° 061-2008-JAAC-OL-OGA/ONPE del Área de Adquisiciones y Contrataciones de la Ofi cina de Logística y el Informe N° 1041-2008-OL-OGA/ONPE de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración; Que, siendo la fecha del acto electoral el día 07 de diciembre de 2008 y que se requiere que el servicio mencionado esté disponible a más tardar entre el 28 de octubre y 03 de noviembre del año en curso, los plazos del proceso de selección a emplear resultarían muy amplios para que la citada ejecución ocurra oportunamente; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 21° del T.U.O., se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, de acuerdo a la citada normativa, la situación de desabastecimiento inminente faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras requeridos, sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver tal situación; siendo innecesario para el presente caso la ejecución de un proceso de selección posterior, por cuanto con la contratación derivada de la presente exoneración se satisface la necesidad de abastecimiento de las unidades orgánicas usuarias, puesto que la misma se restringe al proceso electoral antes señalado; Que, a su vez, en el artículo 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, se establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19° y el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, los artículos 141° y 148° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2008-PCM; y la Directiva N° 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución N° 118-2001-CONSUCODE/PRE; Estando a lo dispuesto en el 13° de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487 y el literal aa) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 099-2007-J/ONPE, 007 y 058-2008-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero. - Declarar en situación de desabastecimiento inminente la contratación del Servicio de Courier para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008. Artículo Segundo .- Exonerar a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales del proceso de selección para la contratación del Servicio de Courier para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008. Artículo Tercero .- Autorizar a la Ofi cina General de Administración, la contratación del servicio antes descrito, mediante acciones inmediatas, por un valor referencial de S/. 112,649.56 (Ciento Doce Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve con 56/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo Cuarto .- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución será afectado a la Actividad 1.000355: Organizar y ejecutar los procesos Descargado desde www.elperuano.com.pe