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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393741 Aceptan donación realizada por empresa minera a favor del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2009 MTC/02 Lima, 26 de marzo de 2009 VISTA: La Nota de Elevación Nº 046-2009-MTC/20 del 17 de marzo de 2009, del Director Ejecutivo de PROVÍAS NACIONAL sobre la donación a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de mayo de 2005, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en lo sucesivo como El MINISTERIO, suscribió con la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A., en adelante BARRICK, el Convenio Nº 005-2005-MTC/02, en adelante EL CONVENIO, mediante el cual se acordaron los términos específi cos del aporte que en calidad de donación efectuará BARRICK hasta por la suma total de S/. 5 150 000,00 para que EL MINISTERIO a través del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional- PROVIAS NACIONAL, desarrolle y ejecute por administración directa las actividades de ensanche de plataforma, colocación de tratamiento superfi cial bicapa de la carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyán y el Acceso a Quiruvilca; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 757-2005- MTC/09 de fecha 27 de octubre de 2005, se aceptó la donación dineraria de BARRICK, por la suma de S/. 1 344 206,75 a favor de EL MINISTERIO, para ser utilizados en la ejecución de las obras indicadas en EL CONVENIO; Que, con fecha 17 de abril de 2007, El MINISTERIO y BARRICK suscribieron la Adenda Nº 001-2007-MTC/02 a EL CONVENIO, cuyo objeto fue incrementar el monto de donación a efectuar por BARRICK hasta por la suma de S/. 2 400 000,00, siendo el nuevo monto de donación la suma de S/. 7 550 000,00; Que, con fecha 13 de julio de 2007, El MINISTERIO y BARRICK suscribieron la Adenda Nº 002-2007-MTC/02 a El CONVENIO, cuyo objeto fue incorporar dentro de los alcances de EL CONVENIO el aporte adicional de BARRICK hasta por la suma de S/. 1 700 000,00; con lo cual se incrementa su aporte en S/. 9 250 000,00; Que, BARRICK mediante Carta S/N recibida por PROVIAS NACIONAL el 11 de diciembre de 2007, señala entre otros, que hasta la fecha ha efectuado aportes por un total de S/. 7 550 000,00 conforme se acredita de las Actas de Entrega y Recepción de donaciones suscritas entre las partes que obran en poder de la citada entidad, habiendo a dicha fecha El MINISTERIO emitido únicamente la Resolución Ministerial Nº 757-2005-MTC/09, aceptando la donación por un monto de S/. 1 344 206,75, quedando pendiente de aceptación la suma de S/. 6 205 793,25, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Numeral 6.13 de EL CONVENIO solicita se emita la Resolución Ministerial que acepte la donación faltante; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Memorándum Nº 027-2008- MTC/20.3 del 19 de febrero de 2008 reitera a las Unidades Gerenciales de Administración y de Conservación que se pronuncien sobre lo manifestado por BARRICK en su Carta recibida el 11 de diciembre de 2007, para la adopción de las acciones correspondientes; Que, la Unidad Gerencial de Conservación alcanza a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal el Memorándum Nº 700-2008-MTC/20.7 del 25 de febrero de 2008, adjuntando el Informe Nº 05-2008-MTC/20.7.4-ECCH del 08 de enero de 2008, recomendando que a efectos de cumplir con lo estipulado en el Numeral 6.13 del Convenio, se inicie la gestión de aceptación de la donación por el saldo pendiente de S/. 6 205 793,25, para lo cual adjunta la relación de las Actas correspondientes; Que, BARRICK mediante Carta Nº AG-032-03/09 recibida por EL MINISTERIO el 12 de marzo de 2009, refi ere que desde el mes de agosto del 2005 hasta la fecha ha aportado la suma de S/. 7 550 000,00 para los trabajos de mejoramiento de la Carretera Tramo desvío Otuzco - desvío Callacuyán, habiéndose emitido únicamente la Resolución Ministerial Nº 757-2005-MTC/09 antes mencionada, estando pendiente de aceptación la suma de S/. 6 205 793,25; Que, la Unidad Gerencial de Conservación a través del Memorándum Nº 948-2009-MTC/20.7 del 16 de marzo de 2009, señala que conforme a lo manifestado en su Memorándum Nº 700-2009-MTC/20.7, los importes proporcionados por la empresa BARRICK en mérito a EL CONVENIO y a su Adenda Nº 01, correspondiendo S/. 1 344 206,75 al pago de planillas, cuya donación fue aceptada con Resolución Ministerial Nº 757-2005- MTC/09, mientras que los S/. 6 205 793,25 restantes, corresponden a los bienes y servicios proporcionados mediante Actas de Entrega y Recepción, cuyo importe viene siendo reclamado por BARRICK en su Carta AC- 032-03/09 del 11 de marzo de 2009, asimismo indica que respecto al monto de la Adenda Nº 02 se encuentra pendiente de acreditación; Que, la Unidad Gerencial de Administración con Memorándum Nº 698-2009-MTC/20.2 del 17 de marzo de 2009, alcanza el Informe Administrativo Contable Nº 004- 2009-MTC/20.2.2 del 17 de marzo de 2009 del Jefe de la Unidad de Contabilidad, señalando se prosiga el trámite de emisión de la resolución de aceptación de donación por el monto de S/. 4 963 668,61, de los cuales, S/. 335 133,99 corresponden a dinero en efectivo (planillas de jornales) S/. 3 431 780,20 a bienes y S/. 1 196 754,42 a servicios, habiendo sido observada la suma de S/. 1 178 232,36 por cuanto las Actas que contienen carecen de sustento de copias de facturas, las mismas que pueden ser subsanables; asimismo, el monto de S/. 63 892,28 ha sido considerado como observable, sin opción a reconocimiento; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Memorándum Nº 825-2009-MTC/20.3 del 17 de marzo de 2009 hace suyo el Informe Nº 024-2009- MTC/20.3.ERV.EFO de la misma fecha, señalando que EL CONVENIO en su Cláusula Quinta establece que BARRICK podía efectuar diferentes modalidades de aportes, sea mediante la entrega de dinero o la prestación de los servicios y/o la entrega de los bienes necesarios para la obra, según lo requiriera PROVIAS NACIONAL y a criterio de BARRICK, precisándose que tratándose de dinero en efectivo el mismo sería depositado en la cuenta bancaria que para dicho efecto abriría PROVIAS NACIONAL, debiendo su entrega o uso constar en Actas, suscritas por los representantes designados por ambas partes, en razón de lo cual han sido suscritas 413 de las mismas, por donación en las modalidades de dinero en efectivo, bienes y servicios correspondientes a El CONVENIO y a su Adenda Nº 01, de los cuales el monto S/. 4 963 668,61 se encuentra debidamente acreditado por el cual corresponde se expida la Resolución Ministerial de aceptación de donación, y el monto de S/. 1 242 124,64 no cuenta con el sustento correspondiente, por lo que la Unidad Gerencial de Administración ha solicitado se requiera a BARRICK sustente dicho monto para los fi nes pertinentes, encontrándose pendiente asimismo de acreditación por BARRICK el monto adicional de donación consignado en la Adenda Nº 02, ascendente a la suma de S/. 1 700 000,00, el mismo que será tramitado en su oportunidad; Estando a lo informado por las Unidades Gerenciales de Conservación, de Administración y de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Nº 005-2005-MTC/02 y su Adenda Nº 01, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Directiva Nº 009-2002/SBN y en mérito a lo establecido en la Ley Nº 27791 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007 -MTC; SE RESUELVE. Artículo Único.- Aceptar la donación realizada por la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A., con Registro Único de Contribuyente Nº 20209133394, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 61/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 963 668,61), de los cuales, TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 99/100 NUEVOS SOLES (SI. 335 133,99) corresponden a dinero en efectivo, TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 431 780,20) a bienes, y UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 42/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 196 754,42) a servicios, en el marco del Convenio Nº 005-2005 MTC/02