Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2009 (03/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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ACTO

NORMAS LEGALES
Fecha MORDAZA de MORDAZA

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2009

RESUELVE: Articulo 1º.- De las Comunicaciones Toda modificacion de los datos consignados por la Persona Natural o Juridica inscrita en el Registro del Agente Inmobiliario a que alude el articulo 6 del Decreto Supremo Nº 004-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29080, debe ser comunicada por escrito a la Direccion Nacional de Vivienda, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en un plazo no mayor de 30 dias habiles, de ocurrida la modificacion. Articulo 2º.- De las Instituciones de Educacion Superior que brindan capacitacion especializada en temas de intermediacion inmobiliaria. Precisase que las Instituciones de Educacion Superior que brindan capacitacion especializada en temas de intermediacion inmobiliaria, a las que hace referencia el articulo 18 del Reglamento de la Ley Nº 29080, Ley de Creacion del Registro del Agente Inmobiliario, son las Universidades Publicas y Privadas e Institutos Educativos de Nivel Superior. Articulo 3º.- De las convalidaciones Precisase que las convalidaciones de estudios o de experiencia laboral comprobada, para el Curso de Especializacion del Agente Inmobiliario se realizaran de conformidad con las normas especificas sobre la materia de las Instituciones de Educacion Superior. Registrese, comuniquese y publiquese.

Primera renovacion o contratacion de nueva poliza 12 de agosto del 2009 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 12 de agosto del 2010 Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 12 de agosto del 2011 12 de agosto del 2012 12 de agosto del 2013

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 326884-1

VIVIENDA
Dictan medidas complementarias que precisen la aplicacion del Reglamento de la Ley Nº 29080, Ley de Creacion del Registro del Agente Inmobiliario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2009-VIVIENDA MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29080, se creo el Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con la finalidad de regular la actividad que realiza el Agente Inmobiliario ante la adquisicion, administracion, arrendamiento, comercializacion, asesoramiento, consultoria, transferencia, venta, cesion, uso, usufructo, permuta u otra operacion inmobiliaria a titulo oneroso de inmuebles o sobre los derechos que recaigan en ellos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2008VIVIENDA, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29080, Ley de Creacion del Registro del Agente Inmobiliario, estableciendo en su Unica Disposicion Complementaria Final que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento dictara las normas que se requieran para la mejor aplicacion del Reglamento; Que, el articulo 51 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, considera como Instituciones de Educacion Superior, a las instituciones universitarias, asi como los institutos, escuelas y otros centros que imparten Educacion Superior, pudiendo ser publicos o privados, los cuales se rigen por ley especifica; Que, los estudios y/o experiencia laboral vinculados al ejercicio de Agente Inmobiliario, podran ser convalidados por las Universidades Publicas y Privadas, asi como por las instituciones que dicten el Curso de Especializacion del Agente Inmobiliario, en observancia a la normativa sobre la materia de las citadas Instituciones de Educacion Superior; Que, de lo expuesto es necesario dictar medidas complementarias que precisen la aplicacion del Reglamento de la Ley Nº 29080, Ley de Creacion del Registro del Agente Inmobiliario; De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento 332432-1

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de mensajeria para la Sede Regional y Establecimientos Penitenciarios de la ORNO San MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 206-2009-INPE/P MORDAZA, 23 de marzo de 2009 VISTO, el Oficio Nº 155-2009-INPE/21 de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, recibido por la Oficina de Asesoria Juridica el 23 de marzo de 2009, por el cual adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 004-2009-INPE/21.04 de fecha 16 de marzo de 2009, de la Unidad de Administracion y el Asesor Juridico, relacionado a la declaracion de situacion de desabastecimiento inminente del "Servicio de mensajeria para la Sede Regional y Establecimientos Penitenciarios de la ORNO San Martin", e Informe Nº 061-2009-INPE/08 de fecha 23 de marzo de 2009 de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA informa que el 30 de MORDAZA de 2008 suscribio el Contrato Nº 008-2008INPE/21 para la "Contratacion de servicios de mensajeria para los Establecimientos Penitenciarios y Sede Regional de la ORNO San Martin", por el plazo de doce (12) meses, el cual, por el monto adjudicado culmino el 24 de noviembre de 2008. Asimismo informa que mediante Resolucion Presidencial Nº 686-2008-INPE/P de fecha 25 de noviembre de 2008, se declaro en situacion de desabastecimiento inminente dicho servicio, suscribiendose el Contrato Nº 032-2008-INPE/21, por el plazo de cincuenta y nueve (59) dias calendario, sin embargo, al no haberse iniciado el respectivo MORDAZA de

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