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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de diciembre de 2009 408084 distribución eléctrica, expresado en miles de nuevos soles (miles s/.) al 30 de junio de 2008) de la Resolución OSINERGMIN Nº 180-2009-OS/CD, en lo correspondiente a HIDRANDINA, conforme se desarrolla en el numeral 4 del informe técnico N° 552-2009-GART y de acuerdo al detalle contenido en el Anexo N° 1 de dicho informe. Que, fi nalmente, se han expedido, el Informe Nº 552- 2009-GART elaborado por la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaría (“GART”) y el Informe Nº 551-2009-GART de la Asesoría Legal de la GART, que complementa la motivación que sustenta la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, Numeral 4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; y, en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como, en sus respectivas normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el Anexo 2 (Fijación del valor nuevo de reemplazo de las instalaciones de distribución eléctrica, expresado en miles de nuevos soles (miles s/.) al 30 de junio de 2008) de la Resolución OSINERGMIN Nº 180-2009-OS/ CD, en lo correspondiente al recalculo del VNR de la empresa HIDRANDINA, conforme se detalla a continuación: Empresa VNR miles S/. Hidrandina 592 787 Artículo 2º.- Incorpórese los Informes Nº 551-2009- GART y 552-2009-GART como Anexo y parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, y junto con los informes respectivos serán consignados en la página WEB de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 437034-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 233-2009-OS/CD Mediante Ofi cio Nº 197-2009-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN Nº 233-2009-OS/CD, publicada en nuestra edición del día 11 de diciembre de 2009. . En el Artículo 40º, numeral 40.1.2.; DICE: “El funcionario autorizado notifi cará la medida en el momento de ejecutar la misma y procederá según lo establecido en el Artículo 37° del presente Reglamento.” DEBE DECIR: “El funcionario autorizado notifi cará la medida en el momento de ejecutar la misma y procederá según lo establecido en los Artículos 37°, 38° ó 39º del presente Reglamento, según corresponda.” 436891-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Disponen publicación del proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en el portal institucional RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 064-2009-OEFA/PCD Lima, 15 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA ha emitido el proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador con la fi nalidad de establecer el procedimiento a seguir por dicha Entidad para la imposición de sanciones, medidas cautelares y correctivas a los administrados, en el marco de su competencia; Que, el literal b) del artículo 28º del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, prevé la participación ciudadana en el diseño y aplicación de políticas, normas e instrumentos de la gestión ambiental, entre otros, disponiendo el artículo 39º del mismo, que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles; Que, atendiendo a que el proyecto en mención regula asuntos con efectos ambientales, se considera necesario disponer su publicación en el portal institucional del OEFA, a efectos de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad a lo establecido el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-MINAM; y la Resolución Suprema Nº 017-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador, el cual como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Resolución, en el portal institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa. gob.pe), a efectos de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, por el plazo de diez (10) días útiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución de Presidencia del Consejo Directivo. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OEFA la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten en el plazo señalado en el artículo precedente, en el local institucional del OEFA sito en la Avenida Salaverry Nº 3051, San Isidro y/o en la dirección electrónica infolegal@oefa.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER V. GARCÍA ARATA Presidente Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 436816-1