Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2009 (18/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de diciembre de 2009

responsabilidad en la no suscripcion injustificada del contrato derivado de los items 1 y 2 de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 016-2008-SBN-CE, infraccion tipificada en el literal a) del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y tengase por rectificada la Resolucion Nº 1845/2009.TC-S4, por los fundamentos expuestos. 2. Archivar el expediente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA CORNEJO. ZUMAETA GIUDICHI. LATORRE BOZA. 436135-1

Declaran no ha lugar la aplicacion de sancion contra persona natural por supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 036-2007-A-MPC
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 2688-2009-TC-S4 Sumilla: La MORDAZA de documentos falsos o inexactos debe ser fehacientemente probada. MORDAZA, 15 de diciembre de 2009 Visto, en sesion de fecha 15 de diciembre de 2009 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente 1572.2009/TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 036-2007-A-MPC convocada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 1 de junio de 2009, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA, en lo sucesivo la Entidad, comunico al Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON presento documentacion falsa en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 036-2007-A-MPC. La Entidad acompano MORDAZA del Contrato de Elaboracion de Proyecto suscrito entre la Sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON para la elaboracion del proyecto de habilitacion MORDAZA del predio denominado "El Molino de la Hualanga", del distrito de Banos del MORDAZA, de propiedad de la Sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Chavez. Asimismo, obra el Oficio Nº 0016-2008-MDBI/DCCU remitido por el Jefe de la Division de Catastro y Control MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los Banos del MORDAZA, indicando que no se encuentra registrado expediente alguno mediante el cual el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON o la Sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA solicitado la aprobacion del proyecto de habilitacion MORDAZA del predio denominado "El Molino de la Hualanga". 2. El 2 de junio de 2009, el Tribunal decreto el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON por haber presentado documentacion supuestamente falsa en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 036-2007-A-MPC, solicitandose sus descargos. 3. El 24 de junio de 2009, la empresa encargada de realizar las notificaciones devolvio la Cedula de Notificacion Nº28412/2009.TC, debido a que en la direccion consignada se informo que el denunciado ya no radicaba en dicho domicilio.

4. El 30 de junio de 2009, el Tribunal sobrecarto la Cedula de Notificacion Nº28412/2009.TC al domicilio que el denunciado consigno en la SUNAT. 5. El 14 de MORDAZA de 2009, la empresa encargada de realizar las notificaciones devolvio la mencionada Cedula de Notificacion, ya que esta fue rechaza debido a que en el MORDAZA domicilio se desconocia al denunciado. 6. El 17 de MORDAZA de 2009, el Tribunal dispuso que el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON se notifique mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 7. El 30 de MORDAZA de 2009, se notifico mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el denunciado. 8. El 18 de agosto de 2009, se remitio el expediente a la Cuarta Sala del Tribunal sin que el denunciado MORDAZA efectuado sus descargos. 9. El 24 de septiembre de 2009, el Tribunal requirio informacion a la Sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para que confirme la veracidad del contrato de la elaboracion del proyecto de habilitacion MORDAZA del predio denominado "El Molino de la Hualanga" ubicado en el distrito de Banos del MORDAZA en Cajamarca. 10. Hasta la fecha la Sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA no ha cumplido con remitir informacion alguna en relacion al parrafo anterior. FUNDAMENTACION: 1. El presente caso esta referido a la supuesta responsabilidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos durante la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 036-2007-A-MPC, infraccion tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, MORDAZA vigente durante la ocurrencia de los hechos imputados. 2. En ese sentido, debe analizarse si los hechos expuestos por la Entidad en el presente caso se encuentran comprendidos en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento que tipifica como infraccion susceptible de sancion los supuestos en los cuales los proveedores, postores o contratistas presenten documentos falsos o inexactos a las Entidades o al CONSUCODE, hoy OSCE. Dicha infraccion se configura con la sola MORDAZA del documento falso o inexacto, sin que la MORDAZA exija otros factores adicionales. 3. Para la configuracion de los supuestos de hecho de la MORDAZA que contiene la infraccion senalada se requiere acreditar la falsedad o inexactitud del documento cuestionado; es decir, que este no MORDAZA sido expedido por el organo emisor correspondiente, o que siendo validamente expedido, MORDAZA sido adulterado en su contenido, produciendo un falseamiento de la realidad, a traves del quebrantamiento de los Principios de Moralidad y Presuncion de Veracidad, de conformidad con lo establecido en el inciso 1) del articulo 3 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, en lo sucesivo la Ley, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1.7 del Articulo IV del Titulo Preliminar y el numeral 42.1 del articulo 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. 4. En el caso que nos ocupa, la imputacion contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARANON se refiere a la supuesta falsedad del contrato de elaboracion del proyecto de habilitacion MORDAZA del predio denominado "El Molino de la Hualanga", que formo parte de su propuesta tecnica en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0362007-A-MPC. 5. Al respecto, la Entidad sostiene que el contrato seria falso debido a que la Division de Catastro y Control MORDAZA de la Municipalidad Distrital de los Banos del MORDAZA informo que no habia encontrado registrado expediente administrativo alguno relacionado con algun proyecto de habilitacion MORDAZA en el predio denominado "El Molino de la Hualanga". 6. En torno a ello, cabe destacar que el Tribunal efectuo la verificacion posterior del documento cuestionado, sin que hasta el momento MORDAZA obtenido respuesta de la Sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA respecto de la veracidad del contrato de elaboracion del proyecto de habilitacion MORDAZA del predio denominado "El Molino de la Hualanga".

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