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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de diciembre de 2009 408087 documentación falsa como parte de su propuesta técnica, consistente en la Declaración Jurada de Experiencia del Postor y las facturas del Nº 0002 al 0008, además de las boletas de venta Nº 003, del 007 al 027 y del 031 al 037. 9. A través del decreto de fecha 11 de julio de 2007, el Tribunal inició procedimiento administrativo sancionador contra los integrantes del Consorcio por su supuesta responsabilidad en la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contratación y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en lo sucesivo el Reglamento, y los emplazó para que formularan sus descargos. 10. Mediante escrito presentado el 21 de agosto de 2007, la Entidad presenta su informe Técnico Legal reiterando los alcances del escrito presentado el 04 de julio y la Resolución Directoral Nº 298/INC-C, de fecha 23 de junio, ambas del mismo año. 11. Mediante escrito presentado el 12 de setiembre de 2007, el señor Pepe Huilcas Lloclla, como representante legal de Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Señor de Huanca de Incahuasi, integrante del Consorcio presentó sus descargos en los siguientes términos: a) Respecto a que su empresa había faltado a la exactitud y veracidad, debido a que en su Declaración Jurada de Experiencia del Postor, manifi esta que su co consorciado le reveló que contaba con capacidad de venta y experiencia de Postor. Sin embargo, al momento de ser verifi cado por el Comité Especial de la Licitación Pública, recién tomó conocimiento de la existencia de documentos adulterados o falsos de su consorciada. b) En consecuencia, no siendo su representada la que proporcionó la documentación materia del presente procedimiento sancionador, solicita que se impute exclusivamente a su consorciada la supuesta infracción y las sanciones a que hubiera lugar. 12. Mediante escrito presentado el 16 de octubre de 2007, el señor Pepe Huilcas Lloclla, como representante legal de Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Señor de Huanca de Incahuasi, integrante del Consorcio, ofreció como medio de prueba la Declaración Jurada de Experiencia de Postor suscrita por su co Consorciado, Manuel Javier Llocclla Pipa y la Declaración Jurada de Experiencia del Postor de su representada, en la que no se declara comprobante de pago alguno. 13. A través del decreto de fecha 11 de octubre de 2007, se hizo efectivo el apercibimiento a la persona natural MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA con negocio MINAS REY DAVID, integrante del Consorcio y se remitió el expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que resolviera. 14. Por escrito presentado el 16 de setiembre de 2008, la Entidad reitera los argumentos esgrimidos en sus escritos anteriores y solicita el uso de la palabra. 15. Mediante decreto de fecha 12 de octubre de 2009, se solicitó a la Entidad que remita copia completa de la propuesta presentada por el CONSORCIO MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA-MINAS REY DAVID Y PEPE HUILLCAS LLOCLLA-SOCIEDAD MINERA SEÑOR DE HUANCA, en el ítem 11 del presente proceso de selección. 16. A través del decreto de fecha 22 de octubre de 2007, se hizo efectivo el apercibimiento a la Entidad. 17. Mediante Carta Nº 013-2009SGA-DOA-INC de fecha 15 de octubre de 2009, presentada el 2 de noviembre de 2009, la Entidad remitió lo solicitado mediante decreto de fecha 12 de octubre de 2009. 18. Mediante decreto de fecha 3 de noviembre de 2009, se solicitó la siguiente información: a) A REDIBRA E.I.R.L. a fi n que indique si la Factura 002 Nº 000002 de fecha 20 de mayo de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. b) A PROGRAMA CORPORACION HISPANO PERUANO a fi n que indique si la Factura 002 Nº 000003 de fecha 5 de agosto de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. c) A COMUNIDAD DE LUCUCHANGA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000024 de fecha 10 de agosto de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. d) A COMUNIDAD DE PISCAYA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000025 de fecha 11 de agosto de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. e) A MARIA ELIZABETH VALDERRAMA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000036 de fecha 19 de febrero de 2006 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. f) A MINA CILINE a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000009 de fecha 10 de mayo de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. g) A MISTI GOLD a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000008 y Boleta de Venta 002 Nº 000035 de fecha 30 de marzo de 2005 y 16 de febrero de 2006, respectivamente, de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjuntan, fueron emitidas a su favor. h) A MUNICIPALIDAD DE CHALHUANCA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000020 de fecha 10 de julio de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. i) A MUNICIPALIDAD DE ABANCAY a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000010 de fecha 18 de mayo de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. j) A MUNICIPALIDAD DE ANDAHUAYLAS a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000018 de fecha 28 de junio de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. k) A MUNICIPALIDAD DE AYRIHUANCA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000037 de fecha 23 de febrero de 2006 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. l) A MUNICIPALIDAD DE CARAHUASI a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000014 de fecha 12 de junio de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. m) A MUNICIPALIDAD DE CHACOCHE a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000022 de fecha 5 de junio de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. n) A MUNICIPALIDAD DE COMBAPATA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000015 de fecha 15 de junio de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. o) A MUNICIPALIDAD DE CURPAHUASI a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000023 de fecha 6 de agosto de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. p) A MUNICIPALIDAD DE GRAU – COTABAMBAS a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000012 de fecha 28 de mayo de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. q) A MUNICIPALIDAD DE HUANIPACA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000026 de fecha 13 de agosto de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. r) A MUNICIPALIDAD DE INCAHUASI a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000034 de fecha 10 de febrero de 2006 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. s) A MUNICIPALIDAD DE PICHIRHUA a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000013 de fecha 8 de junio de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor. t) A MUNICIPALIDAD DE LIMATAMBO a fi n que indique si la Boleta de Venta 002 Nº 000032 de fecha 15 de octubre de 2005 de la empresa MINA REY DAVID DE MANUEL JAVIER LLOCLLA PIPA, que se adjunta, fue emitida a su favor.