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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2009 (08/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387892 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban priorización de proyectos establecidos en el Proceso Participativo Presupuestal 2009 ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiséis de noviembre del dos mil ocho, en sesión extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, mediante la Ordenanza del Consejo Regional de Tacna Nro. 007-2008-CR/GOB.REG.TACNA, se aprueba el “Reglamento de Conformación del Equipo Técnico para la Formulación, Evaluación y Asesoría en el Proceso de Presupuesto Participativo 2009 del Gobierno Regional de Tacna”; Que, en el Capítulo I, punto 2 del Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo aprobado mediante la Resolución Directoral Nro. 021-2008-EF/76.01, se establece como una de las características del Proceso de Presupuesto Participativo: “2.2.Programación.- los proyectos de inversión que se propongan y prioricen en el proceso del presupuesto participativo deben responder a los objetivos establecidos en los Planes de Desarrollo Concertados”; Que, en el Capítulo I, punto 3 del Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo, prescribe: “Consejo Regional y Concejo Municipal. b. Toman en cuenta en la aprobación y modifi caciones del presupuesto institucional las prioridades de inversión identifi cadas en el proceso de Presupuesto Participativo”; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional, en sesión extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR LA PRIORIZACION DE LOS PROYECTOS (66) ESTABLECIDOS EN EL PROCESO PARTICIPATIVO PRESUPUESTAL - 2009, según Anexo I (folios 04); el cual adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los veintiséis días del mes noviembre del año dos mil ocho. JUAN VARGAS GOMEZ Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 297983-1 Crean y disponen el funcionamiento e implementación de las Sub Regiones de Tarata, Candarave y Jorge Basadre ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de diciembre del dos mil ocho, en sesión ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 2 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, (…)”; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece la finalidad de la descentralización: “La Descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población”; Que, el Consejo Regional de Tacna, mediante Ordenanza Regional Nro.010-2007-CR/GOB.REG. TACNA, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Tacna y el organigrama del Gobierno Regional de Tacna, en el cual se consideran como órganos desconcentrados a las Sub Regiones de Candarave, Tarata y Jorge Basadre; Que, las Sub Regiones de Tarata, Candarave y Jorge Basadre, se constituyen en Órganos de Línea del Gobierno Regional de Tacna, desconcentrados territorialmente, responsables de formular, programar, conducir, coordinar, ejecutar y supervisar programas multisectoriales de desarrollo en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales en concordancia con los Planes de Desarrollo Regional, con el objeto de promover el desarrollo socio-económico del ámbito geográfico que le compete. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional, en sesión ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: CRÉASE Y DISPÓNGASE el funcionamiento e implementación de las Sub Regiones de Tarata, Candarave y Jorge Basadre, la misma que se ejecutará: 1. Primera Etapa, funcionarán como Ofi cinas Desconcentradas en Tarata, Candarave y Jorge Basadre. 2. Segunda Etapa, se implementarán y funcionarán como Ofi cinas Sub Regionales en Tarata, Candarave y Jorge Basadre G.