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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2009 (08/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387890 y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado.”; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29053, es necesario elegir al Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para el período anual 2009; y, Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión de Clausura del período anual de Sesiones del 2008, celebrada el día 29 de diciembre del 2008, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680, y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Elegir, de conformidad con la Ley Nº 29053, al Sr. Pedro Estrada Severino, Consejero Regional por la provincia de Talara, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para el Período Anual 2009. Artículo Segundo.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional 297071-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno para el año 2009 ACUERDO REGIONAL Nº 113-2008-CR PUNO Puno, 31 de diciembre de 2008 VISTO: El Acta de Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, de fecha 30 de diciembre del 2008, ha tratado, debatido, y aprobado por mayoría el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional; artículo 15º literal a) de la norma señalada, es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; artículo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad a la Ley Nº 28968 que modifi ca Undécima de Disposiciones Transitorias Complementarias y Finales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala “Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional; lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría simple”; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; ACUERDA: Artículo Primero.- SE ELIGE al Consejero por la provincia de San Antonio de Putina MVZ. ABDIAS ZELIO PONCE, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, para el período del año 2009, quien convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional; lo representa y tramita sus acuerdos. Artículo Segundo.- APROBAR que los Acuerdos del Consejo Regional, correspondiente al año 2009, es fi rmado por el Consejero Delegado electo. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN SACACHIPANA SACACHIPANA Consejero Delegado del Consejo Regional Puno 297985-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban el Plan de Desarrollo Ganadero para la Región San Martín 2007-2016 y constituyen Directorio Regional de Desarrollo Ganadero de San Martín ORDENANZA REGIONAL Nº 036-2008-GRSM/CR Moyobamba, 26 de noviembre de 2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el inciso a), del artículo 51º de la Ley antes mencionada, establece las funciones en materia agraria: “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales.”; Que, con Resolución Ministerial Nº 0490-2005-AG se constituyó la Comisión Técnica encargada de elaborar un Plan Ganadero Nacional, de acuerdo con las políticas del