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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de junio de 2009 396895 de la Comisión Evaluadora de Gestión de los Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 299-2007/ MINSA, se designó al médico cirujano Fernando Nicanor Carballo Ordóñez, en el cargo de Director General del Hospital Nacional “Dos de Mayo” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, para un período adicional de tres (3) años; Que el artículo 27º del Reglamento de Concurso para Cargos de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-SA, señala las causales de conclusión o interrupción del desempeño de los cargos de Directores concursados; Que el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 227- 2009-MINSA, precisa las causales por la cuales se dan por concluida la designación de los Directores Generales que accedieron a sus cargos durante la vigencia del Decreto Supremo Nº 003-2006-SA”; Que el artículo 2º de la mencionada norma aprueba la Directiva Administrativa Nº 146-2009/MINSA-V.01. “Directiva para la evaluación de la Gestión de los Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Ministerio de Salud”; Que el artículo 3º de la norma precitada conforma la Comisión Evaluadora de los Directores que accedieron a dichos cargos por concurso; Que estando a lo informado en el documento de visto, resulta necesario dar por concluida la designación del Director General del Hospital Nacional Dos de Mayo y designar en su reemplazo al profesional propuesto; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 227-2009-MINSA, artículo 27º del Reglamento de Concurso para Cargos de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-SA y el inciso l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano FERNANDO NICANOR CARBALLO ORDOÑEZ, en el cargo de Director General, Nivel F-5, del Hospital Nacional “Dos de Mayo” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Designar al médico cirujano ROBERTO CARLOS MUÑOZ ALDANA, en el cargo de Director General, Nivel F-5, del Hospital Nacional “Dos de Mayo” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 355536-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Venezuela, España y Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 026-2009-MTC Lima, 2 de junio de 2009 VISTOS: El Informe No. 246-2009-MTC/12 del 30 de abril de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 176-2009-MTC/12.04 del 24 de abril de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley No. 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del articulo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en su artículo 14 establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante el Informe No. 176-2009-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley No. 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 829-2009-MTC/12.04, 830-2009-MTC/12.04, 831-2009-MTC/12.04 y 832-2009-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 22 de abril de 2009, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario No. 04214-2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 29289, la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de los señores Pedro Rafael Chung