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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de junio de 2009 396898 Que, el Proyecto del PAF - 2009, contempla como línea de base para la delimitación de las intervenciones de cooperación internacional no reembolsable pasibles de ser fi scalizadas, a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y a las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX) que ejecutaron recursos provenientes de fuentes ofi ciales de cooperación durante el año 2008, así como aquellas que habiendo ejecutado durante el mismo período recursos de cooperación provenientes de fuentes privadas del exterior, se acogieron a los privilegios y/o benefi cios tributarios que confi ere la inscripción en los registros de esta Agencia; Que, asimismo, el Proyecto del PAF - 2009 ha considerado la aplicación del criterio técnico de gestión, que en base al empleo de la variable de montos de recursos de cooperación ejecutados, permiten agrupar por categorías el número de ONGD y ENIEX que serán sujetas a fi scalización durante el presente período; Que, adicionalmente, se ha aplicado una ponderación basada en la combinación de las variables de ubicación territorial y temática, permitiendo identifi car proporcionalmente las intervenciones de cooperación internacional no reembolsable que serán objeto de fi scalización durante el presente período, considerando la ejecución de las intervenciones en las áreas de mayor incidencia de pobreza, que corresponden a las materias identifi cadas como áreas estratégicas de la cooperación internacional no reembolsable previstas en la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por el Decreto Supremo Nº 044-2007-RE, y en el Plan Anual de Cooperación Internacional No Reembolsable - 2009, aprobado por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 037-2009/APCI-DE; Que, en relación a la fi scalización de las entidades objeto de donaciones de ropa y calzados usados, el Proyecto del PAF - 2009 ha previsto, a partir de la cantidad de conformidades de ingreso al país de ropa y calzado usados expedidos por la APCI, aplicar la ponderación y los criterios técnicos de gestión, para establecer el porcentaje de entidades que serán objeto de fi scalización, poniéndose énfasis en aquellas donaciones destinadas a las áreas de mayores carencias económicas; Que, en consecuencia, la aplicación de los criterios técnicos de gestión y la ponderación efectuada permitirán la identifi cación de una muestra representativa del universo de intervenciones de cooperación internacional que serán fi scalizadas, particularmente a aquellas que responden a los ejes temáticos y geográfi cos concordantes con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, aprobado por el Decreto Supremo Nº 044-2007-RE, y con el Plan Anual de Cooperación Internacional No Reembolsable - 2009, aprobado por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 037-2009/APCI-DE; Que, por lo antes expuesto, es necesario que la APCI cuente con un Plan Anual de Fiscalización, con el propósito de cumplir con las funciones que le han sido encomendadas por ley; Con los visados de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Administración; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus normas modifi catorias Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925; la Ley Nº 28154, Ley que prohíbe la importación de ropa y calzados usados; el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI; el Decreto Supremo Nº 024- 2005-PRODUCE, que establece los mecanismos de coordinación intersectorial para control y fi scalización de donaciones de ropa y calzado usados; en concordancia con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 044-2007- RE, que aprueba la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, y con el Plan Anual de Cooperación Internacional No Reembolsable - 2009, aprobado por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 037-2009/APCI-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR el Plan Anual de Fiscalización - 2009 (PAF-2009), el mismo que en Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano y, conjuntamente con el Plan Anual de Fiscalización - 2009, en el portal institucional de la APCI: www.apci.gob.pe Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina General de Administración notifi que la presente Resolución Directoral Ejecutiva a las unidades orgánicas de la APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SÁNCHEZ Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional 355493-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Ica RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 367-2009-INPE/P Lima, 1 de junio de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 667-2009-INPE/18-04 de la Ofi cina Regional Lima, recibido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica el 01 de junio de 2009, al que se adjunta el Informe Técnico Nº 018-2009-INPE/18.04-EL de fecha 29 de mayo de 2009, emitido por el Subdirector de la Unidad de Administración y el Jefe de Equipo de Logística, Informe Legal Nº 029-2009-INPE/18.03 de fecha 01 de junio de 2009, emitido por el Subdirector de la Subdirección de Asesoría Jurídica, relacionado a la declaración de situación de desabastecimiento inminente del suministro de raciones de alimentos preparados para internos, niños, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Ica, e Informe Nº 169-2009-INPE/08-CVP de fecha 01 de junio de 2009 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 071-2009- INPE/18 de fecha 16 de enero de 2009, la Ofi cina Regional Lima aprueba el Plan Anual de Contratación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, dentro del cual se encuentra aprobado el proceso de selección de Licitación Pública “SUMINISTRO DE RACIONES DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA LOS E.P. HUARAZ, CHIMBOTE, HUACHO, HUARAL, ICA Y CAÑETE DE LA ORL DEL INPE”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 313-2009- INPE/18 de fecha 16 de marzo de 2009, se aprobaron las Bases de la Licitación Pública Nº 003-2009-INPE/18 “SUMINISTRO DE RACIONES DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA LOS E.P. HUARAZ, CHIMBOTE, HUACHO, HUARAL, ICA Y CAÑETE DE LA ORL DEL INPE” por el valor referencial de OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTISIETE CON 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 962 027,50); Que mediante Informe Técnico Nº 018-2009- INPE/18.04-EL de fecha 29 de mayo de 2009 e Informe Legal Nº 029-2009-INPE/18.03 de fecha 01 de junio de 2009, el Subdirector de la Unidad de Administración, el Jefe de Equipo de Logística y el Subdirector de la Subdirección de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Regional Lima, respectivamente, señalan que el 25 de mayo de 2009 se otorgó la buena pro del referido proceso de selección, encontrándose a la espera del consentimiento y posterior suscripción del correspondiente contrato; Que, de otro lado, también informan que a partir del 13 de abril de 2009, comenzó a regir el Contrato Nº 009- 2009-INPE/18, Adjudicación por Exoneración, para el suministro de raciones de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Ica, por el período de cincuenta y tres (53) días calendario, el mismo que estaría culminando el 01 de junio de 2009, según ha comunicado