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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de junio de 2009 396913 el mencionado Centro Poblado, mediante Resolución Administrativa Nº 041-2000-P-CSJAN/PJ, ha sido posible atender las necesidades de justicia de la referida población; Octavo: Que, siendo así, por el número de habitantes de la comunidad a los que viene benefi ciando el citado Juzgado de Paz, que de hecho viene operando desde que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia designó Juez de Paz en dicha circunscripción, y donde se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; tanto más si conforme aparece del Ofi cio Nº 012- 2009-ONAJUP-CE/PJ, de Jefatura (e) de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y del Informe Nº 044-2004- SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, se concluye que es factible regularizar el funcionamiento del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor Tambo Real de Huancabamba; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear, en vía de regularización y en estricta atención a la naturaleza especial de la justicia de paz, con efectividad desde el 1 de abril de 2000, el Juzgado de Paz en el Centro Poblado Tambo Real de Huancabamba, Distrito de Yauya, Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, Departamento y Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el Informe Nº 044-2004-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Llamar la atención al entonces Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, señor Sergio Sánchez Romero; exhortando asimismo a la Presidencia de dicha sede judicial, a dar debido cumplimiento a la normatividad vigente en materia de justicia de paz. Artículo Cuarto: Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 355829-2 Aprueban la Directiva Nº 003-2009-CE- PJ “Procedimiento para la Prevención y Sanción de los Actos de Hostigamiento, Chantaje y/o Acoso Sexual en el Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 147-2009-CE-PJ Lima, 7 de mayo de 2009 VISTO: El expediente administrativo que contiene la propuesta de Directiva “Procedimiento para la Prevención y Sanción de los Actos de Hostigamiento, Chantaje y/o Acoso Sexual en el Poder Judicial”, presentada por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Ley Nº 27942 se aprobó la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual con el objeto prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea la forma jurídica de esta relación; de igual modo, por Decreto Supremo Nº 010-2003-MIMDES se aprobó su Reglamento; Segundo: Al respecto, y dentro del marco normativo precedentemente señalado, es necesario establecer un procedimiento preventivo interno a efectos de que el trabajador cuente con los mecanismos adecuados para interponer queja en caso sea víctima de hostigamiento sexual, el cual deberá ser puesto a conocimiento del personal de este Poder del Estado, y a quienes ingresen por nuevas contrataciones laborales; En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con los informes de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz y del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2009- CE-PJ sobre “Procedimiento para la Prevención y Sanción de los Actos de Hostigamiento, Chantaje y/o Acoso Sexual en el Poder Judicial”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución; con las atingencias señaladas en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial adopte las medidas necesarias para la implementación y cumplimiento de la presente Directiva. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina de Inspectoría General del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República y a la Gerencia General de la Institución, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 355829-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 330-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 1 de junio del 2009