Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2009 (24/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de marzo de 2009 393025 como el valor del inmueble no supera su base imponible las 50 UIT vigentes al ejercicio. El descuento alcanza a los pensionistas que desarrollen una actividad comercial debidamente autorizada en un área de hasta 15 m2, a nombre propio o del cónyuge en el predio destinado a vivienda de los mismos o utilizando la cochera del inmueble como predio anexo al principal Se encuentran asimismo incluidos los pensionistas que en el Distrito no sean propietarios de inmuebles y que habiten en un predio o conduzcan un negocio no mayor de 15 m2 debidamente autorizado El otorgamiento del benefi cio es automático, mediante la presentación de la declaración jurada y los requisitos establecidos para el benefi cio de la inafectación señalada en el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 156-2004-EF y el Texto Único de Procedimientos Administrativos; requisitos que no es exigirán a los pensionista que se encuentren registrados como inafectos al Impuesto Predial, los cuales sólo presentarán como único requisito la última boleta de pago. La aplicación de este benefi cio excluye y no es acumulativo con el benefi cio otorgado en el artículo 1º de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- Establecer un descuento adicional del 20% para los pensionistas señalados en el artículo anterior, que cumplan con el pronto pago de sus Arbitrios del año 2009 en los plazos establecidos, y que se encuentren al día en el pago de sus Arbitrios hasta el año 2008, incluyéndose los fraccionamientos de pago sin cuotas vencidas. Artículo 5º.- Exoneración hasta del 100 % de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, a solicitud expresa y por un año, para los casos de indigencia y/o precariedad económica debidamente demostrada y comprobada por la Dirección de Servicios Sociales, quien deberá elaborar la reglamentación respectiva que será aprobada mediante Decreto de Alcaldía Artículo 6º.- Delegar en el Despacho de Alcaldía la facultad de dictar las medidas reglamentarias necesarias para la mejor aplicación de los benefi cios concedidos en la presente Ordenanza Municipal. Artículo 7º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Dirección de Administración Tributaria y Rentas, Dirección de Bienestar Social y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 327115-1 Prorrogan plazos para pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2009 así como de beneficio previsto en la Ordenanza Nº 001-2009-CDB ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2009-CDB Bellavista, 12 de marzo de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Prorrogar el vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial 2009, hasta el 30 de abril del presente año. Artículo 2º.- Prorrogar el vencimiento del pago de arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes a los meses de enero y febrero de 2009, hasta el 30 de abril de 2009. Artículo 3º.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2009 el benefi cio previsto en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 001-2009-CDB, por el pronto pago de arbitrios 2009. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal y a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 327116-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN PEDRO DE PUTINA PUNCO Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa para la ejecución de la Obra “Construcción del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de las Localidades de San Pedro de Putina Punco” ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2009-MDSPPP San Pedro Putina Punco, 16 de marzo del 2009 VISTOS: El acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 009-2009-MDSPPP de fecha 16 de marzo y el informe Nº 013-2009./OI/MDPPP, por el que el Ingeniero Daniel Callata Vilca Jefe encargado de la Ofi cina de Infraestructura de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son entes de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades tienen facultades para ejercer actos de gobierno y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, por acuerdo de Sesión Ordinaria de Consejo Municipal Nº 009-2009-MDSPPP, de fecha 16 de marzo del 2009, se acordó por unanimidad, EXONERAR el proceso de selección la contratación de la Empresa que se encargará de la ejecución de la obra denominada “Construcción del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de las Localidades de San Pedro de Putina Punco”, ascendente a la suma de dos millones doscientos setenta y tres mil doscientos setenta y cuatro con 00/100 nuevos soles (S/. 2 273,274.00), obra se encuentra registrada con Código SNIP Nº 66962. Que, el Ingeniero Daniel Callata Vilca en su condición de Jefe encargado de la Ofi cina de Infraestructura de la