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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2009 (24/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de marzo de 2009 393021 a) Plazo de inscripción: 18 de marzo del año en curso, hasta las 18.00 horas. b) Califi cación de expedientes: 19 de marzo del 2009. c) Publicación de instituciones hábiles: 20 de marzo del 2009. d) Elecciones de los representantes al CCR: Sábado 28 de marzo del 2009. e) Instalación del CCR: lunes 30 de marzo del 2009 Segundo: ENCARGAR al Comité Electoral para el Proceso de Elección de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional -CCR conjuntamente con su Secretaría Técnica ejecutar el cronograma señalado en el artículo precedente. Tercero: INVITAR como miembros del Consejo de Coordinación Regional a los alcaldes distritales de Chirinos - San Ignacio, Sallique - Jaén, Querocotillo - Cutervo, Anguia - Chota, Manuel Quiroz - San Marcos, Sorochuco - Celendín, Condebamba - Cajabamba y Hualgayoc. Y como miembros invitados de la sociedad civil a los representantes de la Provincia de San Pablo, San Miguel, Contumazá y Santa Cruz, los cuales serán propuestos por los Consejeros Regionales de cada una de las provincias que van a tener miembros invitados dentro del Consejo de Coordinación Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla LUZMÁN GONZALO SALAS SALAS Consejero Delegado Presidente Consejo Regional 327612-2 Aceptan donación dineraria para el Proyecto de Suministro de Equipos al Centro de Salud Contumazá ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 023-2009-GR.CAJ-CR Cajamarca, 6 de marzo de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 06 de marzo del año 2009; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 002- 2009-GR.CAJ-CR/CODESO, evacuado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, referente a la aceptación de la Donación Dineraria proveniente de la Embajada de Japón en la República del Perú”, por un monto de OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO DIEZ CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 88, 110.00), a favor de la Dirección Regional de Salud Cajamarca para el “Proyecto de Suministro de Equipos al Centro de Salud Contumazá”; con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, artículo 69º, refi ere: “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página Web de la entidad, bajo responsabilidad. Los Gobiernos Locales que carezcan de página Web realizarán la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional; Que, mediante Ofi cio Nº 286-2009-GR.CAJ-GRPPAT- SGP, de fecha 27 de febrero de 2009, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. Wálter Ibáñez Juárez, remite al Gerente General Regional, Ing. Germán Estela Castro, la documentación referida en los Ofi cios N° 231 -2009- GR.CAJ-GRPPAT-SGP y N° 382-2009-GR.CAJ-DRS/ OEPE, a fi n que realice los trámites respectivos ante el Consejo Regional, para que a través de la emisión de un Acuerdo Regional acepte la donación dineraria que ha realizado la “Embajada de Japón en la República del Perú” a la cuenta N° 0761-070010 perteneciente a la Dirección Regional de Salud, por el monto de OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO DIEZ CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 88, 110.00); producto del contrato de donación celebrado entre la Embajada del Japón en la República del Perú y la Dirección antes mencionada, para el “Proyecto de Suministro de Equipos al Centro de Salud Contumazá”; Que, mediante Ofi cio Nº 222-2009-GR-CAJ/GGR, de fecha 27 de febrero de 2009, el Gerente General Regional, remite al Consejero Delegado, Dr. Luzmán Salas Salas, la documentación pertinente, a fi n de que éste sea considerado en la próxima agenda de Sesión de Consejo, para ser aceptada la donación dineraria que ha realizado la Embajada de Japón en la República del Perú por el monto de OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO DIEZ CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 88,110.00); Que, mediante Ofi cio Nº 125-2009-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 03 de marzo de 2009, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina, remite al presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Dr. Luzmán Salas Salas, opinión legal en los siguientes términos: a) En principio, suscribió la opinión emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, contenida en el Ofi cio N° 231 -2009-GR.CAJ-GRPPAT-SGP, de fecha 17 de febrero de 2009, en cuanto a la formalidad que se tiene que seguir para la aprobación de dicha donación dineraria, esto es que debe ser Aprobada por Acuerdo de Consejo Regional, según lo normado en la parte pertinente del artículo 69° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, por ello obvia comentarios al respecto por cuanto dicha donación se ha aceptado y materializado, según se desprende de la copia de los documentos alcanzados; por lo que debe obviarse el Acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales. b) Respecto al Depósito de S/. 274,022.10 en la Cuenta Corriente N° 0761070010 - Dirección Regional de Salud Cajamarca, aprobado por el Programa PPC del Japón (US $ 88,110.00), este monto deberá ser incluido dentro del Marco Presupuestal de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, correspondiente al ejercicio fi scal 2009 y ser destinado exclusivamente para los fi nes específi cos a que se contrae el compromiso entre la Embajada del Japón en la República del Perú y la Dirección Regional de Salud de Cajamarca; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero: ACEPTAR la donación dineraria de OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO DIEZ CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 88,110.00), que ha realizado la “Embajada de Japón en la República del Perú” a la cuenta N° 0761-070010 perteneciente a la Dirección Regional de Salud Cajamarca, producto del contrato de donación celebrado entre la Embajada del