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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (15/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de octubre de 2009 404513 la intervención de los señores Javier Villa Stein y Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Anexo Huancapuquio, Distrito de Chocos, Provincia de Yauyos, Departamento de Lima, Distrito Judicial de Cañete; con competencia además en los Anexos de Huayabo y Pueblo Nuevo, del mismo distrito. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete y a la Gerencia General de Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 409592-1 Disponen que la Primera Sala Penal Liquidadora de San Román, con sede en Juliaca, Distrito Judicial de Puno, se constituya en Sala Penal de Apelaciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 326-2009-CE-PJ Lima, 28 de setiembre de 2009 VISTA: La solicitud presentada por el Presidente de la Asociación de Abogados de la Provincia de San Román; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, en aplicación del segundo párrafo del numeral 202.2 del artículo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con la Ley Nº 28994 y el numeral 18.3 del artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 958, norma que regula el Proceso de Implementación y Transitoriedad del Nuevo Código Procesal Penal, este Órgano de Gobierno se encuentra facultado para hacer un nuevo análisis sobre el contenido de cualquiera de sus pronunciamientos respecto de dicha implementación normativa; en tal sentido, estando a los fundamentos expuestos por la Asociación de Abogados de la Provincia de San Román, de ofi cio es procedente revisar el contenido de la Resolución Administrativa Nº 189-2009-CE-PJ en el extremo que establece las funciones y competencias de la Primera y Segunda Salas Penales Liquidadoras con competencia en las Provincias del Departamento de Puno, excepto las Provincias de Puno, El Collao, Chucuito y Yunguyo; Segundo: Que, mediante la mencionada resolución administrativa se dispuso convertir, a partir del primero de octubre próximo, la Primera y Segunda Salas Especializadas en lo Penal de San Román, con sede en Juliaca, como Primera y Segunda Salas Penales Liquidadoras con competencia en las Provincias del Departamento de Puno, excepto las Provincias de Puno, El Collao, Chucuito y Yunguyo; no obstante ello, con la fi nalidad de brindar facilidades a litigantes y abogados y de esa manera coadyuvar a un mejor acceso al servicio de justicia, resulta conveniente adoptar las medidas pertinentes para ese fi n; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Darío Palacios Dextre, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que a partir del 1º de octubre de 2009, la Primera Sala Penal Liquidadora de San Román, con sede en Juliaca, Distrito Judicial de Puno, se constituya en adición a sus funciones, en Sala Penal de Apelaciones, con competencia en las Provincias de Azángaro, Huancané, Melgar, Carabaya, Sandia, Lampa, San Antonio de Putina, San Pedro de Moho y San Román; quedando modifi cado en este extremo el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 189-2009-CE-PJ, de fecha 25 de junio del año en curso. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno a tomar las acciones administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, al Ministerio de Justicia, al Ministerio del Interior, al Ministerio Público, al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal a la Academia de la Magistratura, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 409592-2 Convierten el Segundo Juzgado Mixto de Tambopata en el Juzgado de la Investigación Preparatoria de Puerto Maldonado, provincia de Tambopata RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 327-2009-CE-PJ Lima, 28 de setiembre de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 1523 y 1581-2009-P-CSJMD/PJ cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, para que se convierta el Segundo Juzgado Mixto de Tambopata en el Juzgado de la Investigación Preparatoria de dicha provincia, y; se disponga el retorno del Juzgado Mixto de Iberia a su sede originaria; y,