Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2010 (12/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que habiendose evaluado casuistica presentada en la Division de Valoracion y Verificadoras y en las areas de control concurrente se ha estimado conveniente proceder a la elaboracion del Instructivo de Trabajo; Que conforme al articulo 14° del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 08 de MORDAZA de 2010 se publico en el MORDAZA web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT, a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y en la Resolucion de Superintendencia N° 007-2010/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebase el Instructivo de Trabajo "Descripciones Minimas de Productos de las Partidas 6907 y 6908" INTA-IT.01.12 (version 1), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion: I. OBJETIVO Establecer las pautas para una correcta descripcion de la mercancia y determinacion del valor en aduana en la importacion de manufacturas clasificadas en las partidas 6907 y 6908. II. ALCANCE Esta dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y a los operadores del Comercio Exterior que intervienen en los regimenes de Importacion para el Consumo, Admision Temporal para Perfeccionamiento Activo y Admision Temporal para Reexportacion en el mismo estado. III. REFERENCIA Instructivo de Trabajo de la Declaracion Unica de Aduanas (DUA), INTA-IT.00.04. IV. NORMAS GENERALES 1. El presente instructivo es de aplicacion obligatoria en los regimenes de Importacion para el Consumo, Admision Temporal para Perfeccionamiento Activo y Admision Temporal para Reexportacion en el mismo estado, cuando se hayan destinado mercancias que se clasifican en las partidas del sistema armonizado 6907 y 6908; su incumplimiento conllevara a la aplicacion de las sanciones establecidas en la Ley General de Aduanas. 2. Para el presente instructivo se deben considerar los conceptos generales y terminologia contenidas en los anexos del mismo. 3. La clasificacion arancelaria que se consigna en el presente instructivo, es referencial, ya que la clasificacion arancelaria se MORDAZA en las caracteristicas propias o especificas de cada mercancia que se presenta a despacho. V. DESCRIPCION E INSTRUCCIONES: El importador debe consignar la informacion que corresponde a la descripcion en las siguientes casillas del ejemplar B de la Declaracion Unica de Aduanas (DUA): 5.11 Unidad comercial: Se indica la unidad comercial de la mercancia en metros cuadrados (m2). 5.12 Nombre del producto: Se indica el nombre con el cual se conoce a la mercancia segun la Tabla N° 1 del presente instructivo. 5.13 MORDAZA comercial del producto: Se indica la MORDAZA del producto, la cual constituye cualquier signo que sea apto para distinguir productos en el mercado. La MORDAZA es la denominacion que otorga el fabricante, el vendedor o el importador al producto para distinguirlo de los productos de otra persona.

5.14 Modelo: Se indica la denominacion que se da a las mercancias segun sus caracteristicas especificas. Corresponde al nombre o codigo representado por caracteres numericos o alfanumericos (letras y numeros), los cuales identifican a un determinado producto haciendolo distinto de otros. 5.19 Caracteristicas: Se indican en las cuatro filas que contiene esta MORDAZA los siguientes datos: Primera fila: - Acabados: Para todos los productos, considerar los acabados senalados en la Tabla N° 2 del presente instructivo. - Materia Prima: Para todos los productos, considerar la materia prima de la Tabla N° 3 del presente instructivo. MORDAZA fila: - Moldeo: Considerar el moldeo segun lo senalado en la Tabla N° 4 del presente instructivo. - Coccion: Considerar lo senalado segun Tabla N° 5 del presente instructivo. - Uso : Considerar lo senalado en la Tabla N° 6 del presente instructivo. - Colores: Para todos los productos considerar los MORDAZA indicados en la Tabla N° 7 del presente instructivo. Tercera Fila: - Grado de Dimensiones y espesor: Para el caso de los productos indicados en la Tabla N° 1, considerar las dimensiones: largo, ancho en centimetros y el espesor en milimetros. 5.20 Observaciones: En esta MORDAZA se consigna informacion adicional no detallada en las casillas anteriores. Ejemplo 1 Subpartida Nacional 6907900000 Se desea registrar, los productos ceramicos cuyas caracteristicas son las siguientes: "Porcelanato sin esmaltar de MORDAZA ABC modelo 041, de acabado MORDAZA, moldeado por extrusion y posteriormente cocido por monococcion, elaborado de arcilla , de formatos de superficie: 30 x 60 cm, espesor 8 mm, de color MORDAZA, para construccion de pisos de viviendas". El formato impreso del ejemplar B debe considerar las descripciones, tal como se muestra a continuacion:
5.11 Unidad Comercial U 5.19 Caracteristicas 1. Acabado: Porcelanato MORDAZA Materia Prima: de arcilla 2. Moldeo: Extruido Coccion: de monococcion Uso: para piso Color: de color MORDAZA 3. Dimensiones y espesor: Largo y ancho: 30 x 60cm, espesor: 8 mm 5.20 Observaciones Sin observaciones 5.12 Nombre Comercial Porcelanato 5.13 MORDAZA ABC 5.14 Modelo 041

Ejemplo 2 Subpartida Nacional 6908900000 Se desea registrar los productos ceramicos, cuyas caracteristicas son las siguientes:

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