Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES
I. MORDAZA

413659

Supremo Nº 057-2006-RE, publicado el 26 de agosto de 2006 en el diario oficial El Peruano, que fue enmendado mediante el Decreto Supremo Nº 052-2008-RE, publicado el 21 de noviembre de 2008 en el diario oficial El Peruano y que entro en vigencia a partir del 1 de marzo de 2009, mediante Decreto Supremo Nº 10-2009-MINCETUR, expedido el 21 de febrero de 2009 y publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de febrero de 2009. MORDAZA GOTELLI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por MORDAZA Ordonez MORDAZA y otros congresistas, que en conjunto superan el 25% del numero legal de congresistas, contra el Acuerdo de Libre Comercio celebrado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA, que modifica y sustituye el ACE Nº 38, sus Anexos, Apendices, Protocolos y demas instrumentos que hayan sido suscritos a su MORDAZA, ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU-CHILE, que fue ratificado por el Presidente de la Republica por Decreto Supremo Nº 057-2006-RE, publicado el 26 de agosto de 2006 en el diario oficial El Peruano, que fue enmendado mediante el Decreto Supremo Nº 052-2008-RE, publicado el 21 de noviembre de 2008 en el diario oficial El Peruano, y que entro en vigencia a partir del 1 de marzo de 2009, mediante Decreto Supremo Nº 10-2009-MINCETUR, expedido el 21 de febrero de 2009 y publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de febrero de 2009. II. DATOS GENERALES MORDAZA de proceso: MORDAZA Inconstitucionalidad de

SUMARIO I. II. III. MORDAZA DATOS GENERALES ANTECEDENTES 1. Demanda 2. Contestacion de la demanda IV. MATERIAS RELEVANTES CONSTITUCIONALMENTE

Demandante

MORDAZA Ordonez MORDAZA y otros.

Precision del petitorio de la demanda Competencia del Tribunal Constitucional Analisis de constitucionalidad del ALC PERUCHILE 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. Soberania del Estado peruano Integridad territorial del Estado peruano Inalienabilidad e inviolabilidad maritima Expropiacion por seguridad nacional Mecanismos de solucion de controversias Obligaciones financieras y servicios financieros Supuesta aplicacion retroactiva del Acuerdo Peru-Chile e inversiones cubiertas Procedimiento de devolucion de pago de aranceles Potestad sancionadora del MINCETUR y certificados de origen Procedimiento de despacho rapido de mercancias Las materias competentes de los Tratados

11.a) Tratados aprobados por el Congreso de la Republica 11.b) Tratados aprobados por el Poder Ejecutivo V. VI. FUNDAMENTOS FALLO

MORDAZA sometida a control: Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por MORDAZA Ordonez MORDAZA y otros congresistas, contra el Acuerdo de Libre Comercio entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA, que modifica y sustituye el ACE Nº 38, sus Anexos, Apendices, Protocolos y demas instrumentos que hayan sido suscritos a su MORDAZA, ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU-CHILE, que fue ratificado por el Presidente de la Republica por Decreto Supremo Nº 0572006-RE, publicado el 26 de agosto de 2006 en el diario oficial El Peruano, que fue enmendado mediante el Decreto Supremo Nº 052-2008RE, publicado el 21 de noviembre de 2008 en el diario oficial El Peruano y que entro en vigencia a partir del 1 de marzo de 2009, mediante Decreto Supremo Nº 10-2009MINCETUR, expedido el 21 de febrero de 2009 y publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de febrero de 2009. Normas constitucionales cuya vulneracion se alega: Articulos 51º, 54º, 56º, 102º y 138º de la Constitucion Politica. Petitorio: Se declare la inconstitucionalidad planteada en la demanda de inconstitucionalidad, interpuesta por MORDAZA Ordonez MORDAZA y otros congresistas, contra el Acuerdo de Libre Comercio entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de

Expediente Nº 00002-2009-PI/TC MORDAZA 40 CONGRESISTAS DE LA REPUBLICA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a los 5 dias del mes de febrero de 2010, el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados MORDAZA Gotelli, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Hayen y MORDAZA MORDAZA, pronuncia la siguiente sentencia, con el fundamento de MORDAZA del magistrado Eto MORDAZA que se adjunta.

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