Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2010 (09/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

PROYECTO

421963

a los Usuarios de Energia Electrica", aprobada por Resolucion Ministerial N° 346-96-EM/VME, establece a las empresas de distribucion electrica una serie de obligaciones complementarias a las ya establecidas en la Ley, entre otras, las relacionadas a las modalidades, plazos e intereses de la devolucion de las contribuciones reembolsables. Considerando lo expuesto, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 182-2007-OS/CD este Organismo aprobo el "Procedimiento para la Supervision del Cumplimiento de la Normatividad sobre Contribuciones Reembolsables en el Servicio Publico de Electricidad", que establecio la metodologia de supervision de las contribuciones reembolsables en el sector electrico. No obstante, desde la entrada en vigencia del citado procedimiento hasta la actualidad, se han detectado aspectos que podrian ser mejorados y detallados, a fin de realizar una mejor labor de supervision y fiscalizacion del cumplimiento de la normativa de Contribuciones Reembolsables. Considerando dichos aspectos, es conveniente elaborar un MORDAZA procedimiento que incluya estas mejoras. En ese sentido, en uso de la facultad normativa de este Organismo, otorgada por el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en concordancia con el articulo 3° de la Ley N° 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, se ha elaborado el presente proyecto. Este procedimiento mantiene la metodologia de supervision a traves de indicadores que garanticen la devolucion de las contribuciones reembolsables en la forma, plazos y modo establecidos en las normas legales vigentes. Asimismo, se ha actualizado las definiciones y precisado algunas partes del procedimiento original. Ademas, se ha detallado mejor la informacion que deben proporcionar las concesionarias de distribucion, sobre las contribuciones que los usuarios le han aportado, la forma en que estas han sido devueltas, las modalidades y los plazos en que se han utilizado. Ademas, se establecen cuales son las infracciones que seran sancionadas. PROYECTO PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOBRE CONTRIBUCIONES REEMBOLSABLES EN EL SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD I. OBJETIVO Establecer el procedimiento para la supervision del MORDAZA de Contribuciones Reembolsables en el Servicio Publico de Electricidad. II. ALCANCE El presente procedimiento regira para todas las empresas concesionarias de distribucion que atiendan el Servicio Publico de Electricidad dentro de su MORDAZA de responsabilidad. III. BASE LEGAL - Decreto Ley Nº 25844: Ley de Concesiones Electricas y modificatorias. - Decreto Supremo N° 009-93-EM: Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y modificatorias. - Resolucion Nº 205­2009-OS/CD: Reglamento de Supervision de las Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN o la que la sustituya. - Resolucion Ministerial N° 346-96-EM/VME (Directiva N° 001-96-EM/DGE): Contribuciones Reembolsables y su devolucion a usuarios de energia electrica o la que la sustituya. - Resolucion N° 329-2004-OS/CD: Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica o la que la sustituya. - Resolucion Directoral Nº 018-2002-EM/DGE: Procedimientos para la Elaboracion de Proyectos y

Ejecucion de Obras en Sistemas de Distribucion y Sistemas de Utilizacion en Media Tension en Zonas de Concesion de Distribucion o la que la sustituya. - Resolucion N° 423-2007-OS/CD: Valores Maximos de Presupuesto de Conexion y del Cargo Mensual de Reposicion y Mantenimiento de Conexion Aplicables a Usuarios Finales del Servicio Publico de Electricidad o la que la sustituya. - Decreto Supremo Nº 020-97-EM: MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos (NTCSE) y modificatorias. - Resolucion Nº 286-2009-OS/CD ­ Anexo Nº 15 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. - Otras Normas Tecnicas y Administrativas aplicables. I. TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Glosario de terminos Cuando en el presente procedimiento se utilicen los siguientes terminos, se debera entender por: LCE RLCE : Ley de Concesiones Electricas. : Reglamento de la Ley Concesiones Electricas. de

Directiva de CR: Directiva N° 001-96-EM/DGE, "Contribuciones Reembolsables y su Devolucion a los Usuarios de Energia Electrica". OSINERGMIN : Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria.

Concesionaria : Entidad que presta el Servicio Publico de Electricidad por contar con una concesion de distribucion otorgada por el Ministerio de Energia y Minas. Usuario : Persona natural o juridica que se encuentra en posesion de un predio, y esta en posibilidad de hacer uso legal del suministro electrico correspondiente. : Persona natural o juridica debidamente identificada, que solicita la dotacion del suministro de energia electrica para un predio o conjunto de predios. Asimismo, es el que financia o construye instalaciones electricas bajo el concepto de Contribuciones Reembolsables, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.

Interesado

Tasa de interes: De acuerdo al articulo 176° del RLCE, es equivalente al promedio de los promedios ponderados de las tasas activas y pasivas, en moneda nacional, vigentes en el momento de su aplicacion. De acuerdo con el articulo 92º de la LCE, es una tasa nominal, simple y no capitalizable. VNR : Valor MORDAZA de Reemplazo que representa el costo de renovar las obras y bienes fisicos destinados a prestar el mismo servicio con la tecnologia y precios vigentes.

1.2 MORDAZA de supervision 1.2.1 La concesionaria debera cumplir permanentemente las disposiciones establecidas en la normativa vigente referida al MORDAZA de Contribucion Reembolsable en el Servicio Publico de Electricidad, en todo el ambito de su responsabilidad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.